{"id":1109046,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"COMUNIDAD DE MADRID","nivel3":"CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"907485","fechaRecepcion":"2026-05-22","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":44000,"mrr":false,"descripcion":"DGBCE/26 PREMIOS EXTRAORD. FORMACION PROFESIONAL GRADO MEDIO 2025-2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento","codigo":"93"},{"descripcion":"Educación","codigo":"85"}],"regiones":[{"descripcion":"ES30 - COMUNIDAD DE MADRID"}],"descripcionFinalidad":"Educación","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN 2136/2025, DE 26 DE JUNIO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS PARA LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO BÁSICO Y MEDIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO D","urlBasesReguladoras":"https://www.comunidad.madrid/transparencia/sites/default/files/orden_2136_bocm_09.07.2025.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-06-23","fechaFinSolicitud":"2026-07-01","textInicio":"DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM.","textFin":"A LOS 7 DÍAS HÁBILES A CONTAR DESDE EL INICIO.","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1484283,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Texto Convocatoria BDNS.pdf","long":2283351,"datMod":"2026-06-30","datPublicacion":"2026-06-30"},{"id":1484284,"descripcion":"Otros documentos  BOCM PLAN ESTRATEGICO","nombreFic":"Otros documentos  BOCM PLAN ESTRATEGICO.pdf","long":884260,"datMod":"2026-06-30","datPublicacion":"2026-06-30"},{"id":1484287,"descripcion":"Anexos  3759FR2_26","nombreFic":"Anexos  3759FR2_26.pdf","long":85098,"datMod":"2026-06-30","datPublicacion":"2026-06-30"},{"id":1484286,"descripcion":"Anexos  3759FR1_26","nombreFic":"Anexos  3759FR1_26.pdf","long":85090,"datMod":"2026-06-30","datPublicacion":"2026-06-30"},{"id":1484285,"descripcion":"Anexos  3759F1_26","nombreFic":"Anexos  3759F1_26.pdf","long":134256,"datMod":"2026-06-30","datPublicacion":"2026-06-30"}],"anuncios":[{"numAnuncio":212543,"titulo":"EXTRACTO DE LA ORDEN 1973/2026, DE 18 DE MAYO, DE LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS PARA LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO BÁSICO Y MEDIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID CORRESPONDIENTES AL AÑO ACADÉMICO 2025-2026 (PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE GRADO MEDIO)","tituloLeng":null,"texto":"<p>BDNS (Identif.): XXXXXX</p><p></p><p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17</p><p>de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo</p><p>texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones</p><p>(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web institucional de la</p><p>Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid</p><p></p><p>Primero</p><p>Beneficiarios</p><p>Alumnos que hayan cursado en centros docentes españoles, en las modalidades presencial,</p><p>semipresencial o virtual, tanto en régimen general como intensivo, un ciclo formativo de</p><p>grado medio incluido en el catálogo de títulos vigentes de Formación</p><p>Profesional; lo hayan finalizado en un centro docente público, privado concertado o</p><p>privado de la Comunidad de Madrid en el curso escolar 2025-2026 y hayan obtenido una</p><p>calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50 puntos.</p><p>Segundo</p><p>Objeto</p><p>Convocar los premios extraordinarios para los ciclos formativos de grado medio de</p><p>Formación Profesional de la Comunidad de Madrid correspondientes al curso 2025-2026.</p><p>Tercero</p><p>Bases reguladoras</p><p></p><p>La Orden 2136/2025, de 26 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y</p><p>Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios extraordinarios</p><p>para los ciclos formativos de grado básico y medio de Formación Profesional en el ámbito</p><p>de la Comunidad de Madrid.</p><p>Cuarto</p><p>Cuantía</p><p></p><p>El número máximo de premios extraordinarios a conceder será de 22, correspondientes a cada</p><p>una de las familias profesionales cuyos títulos se impartan en centros docentes de la</p><p>Comunidad de Madrid en el grado medio. Cada premio estará dotado con una cuantía económica</p><p>de 2.000 euros.</p><p>Quinto</p><p>Propuesta de adjudicación de premios</p><p>1.\tEl jurado seleccionará y considerará como candidatos solamente a aquellos</p><p>aspirantes que hayan presentado su solicitud y el resto de documentación conforme con lo</p><p>determinado en el dispongo sexto de la orden de convocatoria; los agrupará por familias</p><p>profesionales y los ordenará teniendo en cuenta únicamente la calificación final del ciclo</p><p>formativo superado, que se calculará de acuerdo con lo descrito en el punto 2 del dispongo</p><p>tercero de la citada orden. Los 22 premios se repartirán entre las 22 familias y se</p><p>concederán a los candidatos de cada familia que tengan mayor calificación final.</p><p>2.\tEn caso de empate en la calificación final entre participantes de la misma familia,</p><p>se aplicarán, de forma consecutiva y hasta que se produzca el desempate, los criterios que</p><p>se detallan a continuación:</p><p>a)\tEl logro de matrícula de honor en la calificación final del ciclo formativo.</p><p>b)\tEl mayor número promedio de menciones honoríficas que consten en el expediente</p><p>académico. Para ello, se dividirá el número total de menciones honoríficas otorgadas en</p><p>los módulos que componen el Plan de estudios de la Comunidad de Madrid del ciclo, entre el</p><p>número total de los módulos que componen el mencionado Plan.</p><p>c)\tEl mayor valor de la media ponderada de las calificaciones obtenidas en los módulos</p><p>profesionales del Plan de estudios arriba mencionado. Esta media ponderada se calculará</p><p>sumando los productos obtenidos al multiplicar la nota numérica de cada módulo profesional</p><p>por el número de horas curriculares de dicho módulo y dividiendo este resultado por la</p><p>suma de las horas curriculares de los módulos que intervienen en el cálculo.</p><p>d)\tMayor puntuación en otros méritos académicos debidamente justi¿cados que puedan</p><p>ser relevantes para la adjudicación del premio, puntuados de acuerdo con el baremo que se</p><p>establece en las bases reguladoras.</p><p>3.\tEn caso de que, después de aplicar todos los criterios anteriores, no se</p><p>consiguiera el desempate en alguna familia profesional, se procederá a desempatar mediante</p><p>la celebración de un sorteo público en lugar y fechas señalados en la página web:</p><p>www.comunidad.madrid. Para ello, se procederá a la ordenación aleatoria de los admitidos</p><p>empatados, asignando números correlativos según dicha ordenación. A continuación, se</p><p>realizará el sorteo para la extracción de un número comprendido entre uno y el número</p><p>máximo adjudicado a los aspirantes empatados y se dirimirán ordenando a los afectados a</p><p>partir de este número.</p><p>4.\tCuando en alguno de los Grados, alguna familia no tenga aspirantes con la</p><p>calificación mínima exigida, el jurado declarará desierto el premio correspondiente a</p><p>dicha familia profesional, y propondrá su adjudicación a candidatos de otras familias</p><p>profesionales del mismo Grado. Para ello, reordenará, sin agrupar por familias y</p><p>atendiendo únicamente a la calificación final del ciclo cursado, a los candidatos que no</p><p>hayan obtenido premio en su familia y concederá los premios desiertos, por estricto orden</p><p>de puntuación, a los candidatos de este grupo que tengan mayor calificación final. En caso</p><p>de empate se aplicarán los criterios establecidos en el punto dos de este apartado.</p><p>Sexto</p><p>Plazo de presentación de las solicitudes</p><p>El período para realizar la inscripción comprenderá siete días hábiles contados a partir</p><p>del día siguiente a la fecha en la que se publique el extracto de la presente convocatoria</p><p>en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/22/BOCM-20260622-20.PDF","cve":null,"desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-06-22"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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