{"id":1108829,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE TERUEL","nivel3":"DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"907268","fechaRecepcion":"2026-05-21","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":90000,"mrr":false,"descripcion":"Convocatoria de concesión de subvenciones para el programa de cooperación al desarrollo 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES","codigo":"R"}],"regiones":[{"descripcion":"ES242 - Teruel"}],"descripcionFinalidad":"Cooperación internacional para el desarrollo y cultural","descripcionBasesReguladoras":"Ordenanza general de subvenciones por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Teruel.","urlBasesReguladoras":"https://236ws.dpteruel.es/estatico/boletines/2024/29mayo.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2025-09-01","fechaFinSolicitud":"2026-08-31","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1489356,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"DECRETO 2026-2508 Aprobación Convocatoria Subv. Cooperación al Desarrollo 2026.pdf","long":575845,"datMod":"2026-07-07","datPublicacion":"2026-07-07"}],"anuncios":[{"numAnuncio":216093,"titulo":"Convocatoria de concesión de subvenciones para el programa de cooperación al desarrollo 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>EXTRACTO del Decreto núm. 2026-2508, de fecha 01 de julio de 2026, de la Presidencia, por la que aprueba la “Convocatoria de concesión de subvenciones para el programa de cooperación al desarrollo 2026”.</p><p>Primero.- Objeto.</p><p>Las subvenciones de este programa tienen como objeto ayudar al desarrollo de proyectos de intervención social que, sustentados en el principio de solidaridad, contribuyan al desarrollo y atención de las necesidades básicas de la población en los países más desfavorecidos.</p><p>Segundo.- Líneas de subvención:    • Proyectos de Cooperación para el Desarrollo, en sentido amplio, que pretendan satisfacer las necesidades básicas y promover el desarrollo local, humano, igualitario y sostenible, en zonas más necesitadas de los países menos adelantados (PMA). Se excluyen aquellos que tengan por objeto la ayuda humanitaria o de emergencia.    • Sensibilización para crear en la provincia de Teruel una conciencia solidaria y generar cambios personales y sociales que posibiliten unas relaciones internacionales justas.    • Promoción del comercio justo.    • Educación para el desarrollo: programas que promuevan en la provincia de Teruel una ciudadanía global generadora de una cultura de solidaridad comprometida en la lucha contra la pobreza y la exclusión.    • Formación del voluntariado.    • Acogida temporal de menores procedentes de países menos adelantados, en la provincia de Teruel.    • Codesarrollo: realizar acciones de codesarrollo  que, partiendo de los colectivos y asociaciones de personas inmigrantes con sede en la provincia de Teruel, realicen acciones de desarrollo en sus países de origen.Las subvenciones tendrán como finalidad ayudar al desarrollo de proyectos de intervención social que, sustentados en el principio de solidaridad, contribuyan al desarrollo y atención de las necesidades básicas de la población en los países menos adelantados. A los efectos de esta convocatoria, se entiende como proyecto una actuación o conjunto de actuaciones independientes o que puedan independizarse en forma de fases, aunque estén englobadas en un ámbito mayor.Se entienden como necesidades básicas de la población las relacionadas prioritariamente con los objetivos de erradicación de la pobreza, la alimentación, la vivienda, la salud, la educación, a través de realización de actividades. Las actividades previstas en los proyectos responderán fundamentalmente a acciones de carácter permanente y/o estable, no siendo preferente, a efectos de esta convocatoria, los proyectos cuyo contenido sea coyuntural y/o transitorio.Los proyectos no podrán contener en su formulación ningún tipo de discriminación y/o exclusión, pudiendo ser sus destinatarios la población en general o bien grupos específicos de la misma con especiales carencias y necesidades. En el supuesto de que la entidad solicitante tenga un socio local colaborador en el país donde se desarrolle el proyecto objeto de subvención, deberá presentar el convenio formalizado al respecto, detallando asimismo los gastos que soporta cada una de ellos.</p><p>Quinto.- Periodo de ejecución.El período de ejecución de los proyectos y actividades objeto de la presente convocatoria, abarcará desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026.</p><p>Sexto.- Requisitos de los beneficiarios.Las subvenciones se concederán a las entidades de ayuda al desarrollo y solidaridad, legalmente reconocidos en las que concurran las siguientes condiciones:    • Estar constituidas e inscritas formalmente con anterioridad al 31 de diciembre de 2025, en el registro correspondiente.     • Disponer de sede social o delegación permanente en la provincia de Teruel.     • Reflejar en sus estatutos que entre sus finalidades se encuentra la realización de actividades y proyectos orientados a la cooperación, solidaridad y desarrollo humano en las áreas geográficas reflejadas en esta convocatoria.    • Contar con los recursos humanos y técnicos, en el país de la ejecución del proyecto que resulten necesarios y suficientes para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto indicando cuáles y cuántos son.    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social así como con la Hacienda Provincial.</p><p>Séptimo.- Presentación de solicitudes y documentación.Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel.En la petición constará la siguiente documentación:    • Instancia del/la representante legal  de la Entidad, dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, ajustada al modelo publicado en esta convocatoria.    • Si el beneficiario  es una  entidad  jurídica de derecho privado, deberá adjuntar copia de la escritura o documento de constitución, los estatutos  o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su caso en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, NIF, así como acreditación del poder de representación y el IBAN.    • Si la documentación citada ya obrase en poder de la Diputación Provincial de Teruel, podrán indicarlo en la solicitud (Anexo A), quedando exentos de su presentación.    • Memoria detallada, suscrita por quien ostente la representación legal, con indicación de las actividades que se van a realizar, describiéndose los objetivos y el cumplimiento de la finalidad que se pretende con la subvención, conforme al presupuesto previsto.    • Presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de la subvención solicitada a la Diputación Provincial de Teruel, el importe obtenido a través de otras subvenciones y el de financiación de la propia entidad solicitante, en su caso.    • Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de las obligaciones con la Hacienda Provincial derivadas de cualquier ingreso de derecho público.     • La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.    • Declaración responsable de que la entidad y su representación legal no están incursos en causa de incapacidad para ser beneficiarios de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el art. 13.2 y 3 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y art. 9 del Decreto Legislativo 2/2023 de 3 de mayo del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. Este apartado se acreditará rellenando la casilla correspondiente del Anexo A.    • Acreditación de los extremos objeto de puntuación relacionados en el apartado sexto. Este apartado se acreditará rellenado la casilla correspondiente del Anexo A.    • Declaración de las subvenciones u otros ingresos tanto públicos como privados obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la Diputación Provincial de Teruel las que se obtengan en el futuro. Esta apartado se acreditará rellenando la casilla correspondiente del Anexo A.    • En virtud de lo preceptuado en el Art. 9 del Decreto Legislativo 2/2023 de 3 de mayo del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, todos los beneficiarios vendrán obligados a:    1. Comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.    2. Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por alguno de los sujetos comprendidos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de dicho Decreto, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto. Este apartado se acreditará rellenado la casilla correspondiente del Anexo A.    3. Cuando el beneficiario de una subvención sea una entidad local, esta debe acreditar estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, debe haber adoptado medidas de racionalización del gasto y debe haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.</p><p>Octavo.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia.</p><p>Noveno.- Cuantía de la subvención. El crédito disponible para la financiación de la presente convocatoria es de 90.000,00 €, con cargo a la aplicación 2310-48011 del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Teruel para el ejercicio 2026, quedando condicionado dicho importe a la existencia de crédito suficiente en dicha partida. Esta cuantía es susceptible de modificación por una cantidad adicional, sin necesidad de tramitación de una nueva convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el art. 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.El importe máximo a aprobar por entidad solicitante será de 15.000,00 €. Dicho importe, a tenor de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Teruel, ha sido concretado en virtud de la experiencia acumulada de la convocatoria anteriormente efectuada de la misma, así como el objetivo de que la consignación presupuestaria pueda beneficiar a todas las entidades participantes en la misma, evitando, en la medida de lo posible que a algún/algunos solicitante/s pudieren corresponderles cuantías muy elevadas, cuestión que iría en detrimento de los demás.Además de la cuantía inicialmente prevista, la financiación de las subvenciones podrá incrementarse en una cuantía adicional máxima de 100.000,00 euros cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 del R.D. 887/2006 de 21 de julio , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias señaladas en el mencionado artículo y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.</p>","textoLeng":null,"url":"https://236ws.dpteruel.es/DPT/bopt.nsf/Redireccion?OpenPage&dia=20260707","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE TERUEL","datPublicacion":"2026-07-07"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}