{"id":1108458,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"VILAMARXANT","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE VILAMARXANT"},"sedeElectronica":"www.vilamarxant.es","codigoBDNS":"906897","fechaRecepcion":"2026-05-20","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concesión directa - canónica","presupuestoTotal":17000,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA DE AYUDAS SOCIALES INDIVIDUALIZADAS EN MATERIA DE AYUDAS DE POBREZA ENERGÉTICA (SUMINISTROS BÁSICOS)","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES","codigo":"R"}],"regiones":[{"descripcion":"ES523 - Valencia / València"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE VILAMARXANT","urlBasesReguladoras":"https://bop.dival.es/bop/downloads?anuncioNumReg=2017/19355&lang=va","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Desde la publicación de la convocatoria en el BOP","textFin":"15/12/2026","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1458502,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Resolución N 602 de 06_05_2026 _DECRETO - APROBACIÓN BASES Y CONVOCATORIA AES EFICIENCIA ENERGETICA_ - SEGRA 1150178.pdf","long":994791,"datMod":"2026-05-20","datPublicacion":"2026-05-21"}],"anuncios":[{"numAnuncio":212385,"titulo":"CONVOCATORIA DE AYUDAS SOCIALES INDIVIDUALIZADAS EN MATERIA DE AYUDAS DE POBREZA ENERGÉTICA (SUMINISTROS BÁSICOS)","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios:</p><p>1. Que la persona solicitante esté empadronada y resida de forma habitual en el municipio de Vilamarxant con una antigüedad de, al menos, de 1 año antes de la presentación de solicitud.</p><p> </p><p>2. Ser mayor de edad o estar emancipado legalmente.</p><p> </p><p>3. Que la renta per cápita bruta de los miembros de la unidad de convivencia a la que pertenezca quien formule la solicitud no supere la cuantía que anualmente la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda establece con arreglo a la normativa vigente.</p><p> </p><p>A los efectos de calcular la renta per cápita se considerarán todos los ingresos brutos procedentes de sueldos, rentas de bienes, rendimientos financieros y pensiones de todos los miembros de la unidad de convivencia, así como el importe de las ayudas otorgadas por instituciones públicas o privadas.</p><p> </p><p>Se entiende por unidad de convivencia la integrada por dos o más personas que convivan en el mismo domicilio, ya estén unidas por vínculo matrimonial u otra forma de relación permanente o análoga a la conyugal, o exista relación de parentesco por consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado.</p><p> </p><p>Podrá considerarse que existe unidad de convivencia independiente, aunque la convivencia se produzca en el mismo marco físico que otras personas ajenas a la misma, si los solicitantes se han visto obligados a abandonar la residencia habitual por causas como violencia en el ámbito familiar, violencia de género o desahucio.</p><p> </p><p>4. No disponer de ninguna otra ayudas ni prestación para el mismo fin otorgada por organismo público o entidad privada y que resulte incompatible conforme a la normativa vigente.</p><p> </p><p>5. No tener disposición de bienes inmuebles distintos a la vivienda habitual, sobre los que se posea un derecho de propiedad, usufructo o cualquier otro que sea indicativo de la existencia de medios suficientes para subsistir.</p><p> </p><p>Segundo. Finalidad:</p><p> </p><p>Ayudas de prestaciones económicas individualizadas en materia de “Ayudas de pobreza energética (suministros básicos)”</p><p> </p><p>Tercero. Bases reguladoras:</p><p> </p><p>Ordenanza Reguladora de las Bases específicas de las ayudas sociales concedidas por el Ayuntamiento de Vilamarxant.</p><p> </p><p>Normas de la convocatoria http://www.vilamarxant.sede.dival.es</p><p> </p><p>Cuarto. Importe:</p><p> </p><p>1. Gas: 150,00€ por unidad de convivencia.</p><p>2. Electricidad: 200,00€ por unidad de convivencia.</p><p>3. Agua: 150,00€ por unidad de convivencia.</p><p> </p><p>Quinto. Financiación:</p><p> </p><p>El crédito presupuestario disponible para esta convocatoria se encuentra previsto en la aplicación presupuestaria 16.231.48001 – Ayudas Pobreza Energética del Presupuesto 2026 (prorrogado) del Ayuntamiento de Vilamarxant por importe de 17.000€.</p><p> </p><p>Sexto. Plazo de presentación de solicitudes:</p><p> </p><p>El plazo de presentación de solicitudes serán durante la primera quincena de junio y la primera quincena de octubre, previa publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón Electrónico del Ayuntamiento de Vilamarxant.</p>","textoLeng":null,"url":"https://bop.dival.es/bop/downloads?anuncioCSV=BOPV-2026/06363&lang=es","cve":"BOPV-2026/06363","desDiarioOficial":"B.O.P. 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