{"id":1108111,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"CASTILLA-LA MANCHA","nivel3":"VICECONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTES"},"sedeElectronica":"www.jccm.es","codigoBDNS":"906550","fechaRecepcion":"2026-05-19","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":450000,"mrr":false,"descripcion":"AYUDAS A INVESTIGACIÓN DEL PATRIMONIO 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"},{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO","codigo":"S"}],"regiones":[{"descripcion":"ES42 - CASTILLA LA MANCHA"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"Orden de 13/07/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la financiación de Proyectos de investigación del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de Castilla-La Mancha.","urlBasesReguladoras":"https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2016/07/21/pdf/2016_7804.pdf&tipo=rutaDocm","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de CLM.","textFin":"Diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1457216,"descripcion":"Extracto BDNS convocatoria","nombreFic":"EXTRACTO BDNS CONVOCATORIA 2026_122922.PDF","long":211401,"datMod":"2026-05-19","datPublicacion":"2026-05-19"},{"id":1457215,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"CONVOCATORIA 2026 PARA FIRMA_122816.PDF","long":231955,"datMod":"2026-05-19","datPublicacion":"2026-05-19"}],"anuncios":[{"numAnuncio":212194,"titulo":"Extracto de la Resolución de 18/05/2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan las subvenciones para la realización de Proyectos de Investigación del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de Castilla – La Mancha para el año 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p></p><p> Primero. Beneficiarios</p><p> a) Las universidades españolas.</p><p> b) Las fundaciones de universidades españolas que, entre sus fines y actividades, desarrollen</p><p> investigación en materia de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural.</p><p> c) Los organismos públicos de investigación reconocidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.</p><p> d) Los ayuntamientos y las entidades de ámbito local menor para la realización de proyectos de</p><p> investigación en bienes del Patrimonio Cultural ubicados en su término municipal.</p><p> Los requisitos de los beneficiarios son los siguientes:</p><p> a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la autonómica, y con la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución en la forma determinada en cada momento por la normativa aplicable.</p><p> b) No podrán obtener la condición de personas beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente orden, aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p> c) No estar incursa la persona física que ostente la representación legal de las personas jurídicas beneficiarias, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como no ser receptoras de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, o en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la citada Ley 11/2003, de 25 de septiembre, durante el plazo de dos años desde el cese, de conformidad todo ello con lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.\"</p><p> d) Tratándose de entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, con forme a lo dispuesto en el artículo 17.1.b) de la Ley 10/2010, de 21 de octubre, de promoción de la seguridad y salud en el trabajo en Castilla-La Mancha.</p><p> e) No haber sido sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme por haber llevado a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. El órgano competente en materia de igualdad deberá dar su conformidad a dichas medidas.</p><p> f) No haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, en materia de protección del Patrimonio Cultural.</p><p> g) Cofinanciar, con recursos propios o ajenos, el proyecto, al menos en un 10 % del presupuesto presentado.</p><p> h) Autorización del propietario de los terrenos en donde se va a desarrollar el proyecto, en caso de intervenciones en propiedad privada.</p><p> i) Autorización conforme al artículo 34 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha, en el caso de que se requiera la salida de material arqueológico o paleontológico de una institución museística de Castilla-La Mancha.</p><p> Segundo. Objeto</p><p> La financiación de proyectos de investigación del patrimonio arqueológico y paleontológico en Castilla – La Mancha.</p><p> Los proyectos de investigación subvencionados podrán ser de dos tipos:</p><p> a) Intervenciones arqueológicas o paleontológicas en bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha.</p><p> b) La realización de estudios de materiales referidos a yacimientos arqueológicos o paleontológicos de Castilla – La Mancha.</p><p> </p><p> Tercero. Bases reguladoras</p><p> Orden de 13/07/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la financiación de Proyectos de investigación del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de Castilla-La Mancha. Diario Oficial de Castilla – La Mancha núm. 142, de 21 de julio de 2016) y su modificación por Orden 51/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.</p><p> </p><p> Cuarto. Cuantías</p><p> El presupuesto total estimado para la presente convocatoria atiende al desglose que se expone a continuación, quedando condicionada la concesión de las subvenciones a la existencia de crédito presupuestario, adecuado y suficiente en el año 2027:</p><p> </p><p> Aplicación presupuestaria Importe</p><p> 1808/458A/42200 260.000 €</p><p> 1808/458A/43000 80.000€</p><p> 1808/458A/46425 85.000€</p><p> 1808/458A/48425 25.000 €</p><p> Total 450.000 €</p><p> </p><p> El importe máximo individual por proyecto para el año 2026 será de hasta un  90 % del total del proyecto presentado, con un límite máximo de 30.000 euros por proyecto.</p><p> Quinto. Plazo de presentación de solicitudes</p><p> El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.</p><p> Sexto. Otros datos</p><p> La solicitud deberá ir acompañada de la memoria del proyecto, según el modelo que consta como Anexo I de la resolución de convocatoria, firmada por el Investigador Principal.</p><p> No se prevén pagos anticipados.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2026/05/25/pdf/2026_3904.pdf&tipo=rutaDocm","cve":null,"desDiarioOficial":"DOCM. D.O. DE CASTILLA-LA MANCHA","datPublicacion":"2026-05-25"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. 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