{"id":1107560,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA","nivel3":"DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"905999","fechaRecepcion":"2026-05-15","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":9000,"mrr":false,"descripcion":"Acuerdo de Junta de Gobierno de 29 de abril de 2026, punto 1.2.3., de aprobación de la Convocatoria de concesión del III Premio al emprendimiento de personas jóvenes a través del relevo generacional de la Diputación de Málaga. Anualidad 2026.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS","codigo":"N"},{"descripcion":"COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR","codigo":"G"},{"descripcion":"HOSTELERÍA","codigo":"I"},{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"}],"regiones":[{"descripcion":"ES617 - Málaga"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Acuerdo de Pleno de 27 de mayo de 2025, punto 9.2, Anexo V.3.3, de aprobación de las Bases reguladoras de la Diputación Provincial de Málaga para la concesión del Premio al emprendimiento de personas jóvenes a través del relevo generacional","urlBasesReguladoras":"https://www.bopmalaga.es/edicto.php?edicto=20251007-03901-2025-01","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-05-22","fechaFinSolicitud":"2026-07-02","textInicio":"Al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPMA","textFin":"Veinte días hábiles tras la publicación de la Convocatoria en el BOPMA","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1474674,"descripcion":"Ampliación plazo presentación solicitudes","nombreFic":"20260612 Ampliación plazo presentación solicitudes Convocatoria III Premio Relevo Generacional 2026.pdf","long":247751,"datMod":"2026-06-12","datPublicacion":"2026-06-12"},{"id":1455577,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"20260429 Convocatoria Premio Emprendimiento a través del relevo generacional 2026.pdf","long":430964,"datMod":"2026-05-15","datPublicacion":"2026-05-15"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214438,"titulo":"Extracto del Decreto de Presidencia 2026/4282 de 12 de junio, referente a: Ampliación del plazo de solicitud de la Convocatoria de concesión del III Premio al emprendimiento de personas jóvenes a través del Relevo Generacional de la Diputación Provincial de Málaga","tituloLeng":null,"texto":"<p>Visto que por Acuerdo de Junta de Gobierno de 29 de abril de 2026, en su punto núm. 1.2.3, se aprueba la convocatoria de concesión del III Premio al emprendimiento de personas jóvenes a través del Relevo Generacional de la Diputación de Málaga, anualidad 2026, publicado su extracto en el BOPMA nº 96, de 21 de mayo de 2026.</p><p>Visto el artículo 5 de la convocatoria, relativo al plazo de solicitud y lugar de presentación, se establece que el plazo de presentación de solicitudes a la candidaturas del III Premio Relevo Generacional será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, finalizando el día 18 de junio de 2026.</p><p>Visto que el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la Administración, salvo precepto en contrario, bien de oficio o a instancia de parte, podrá conceder una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derecho de terceros.</p><p>Visto que las personas potencialmente participantes en esta convocatoria están teniendo dificultades para llevar a cabo todas aquellas actuaciones necesarias para formular sus candidaturas al premio Relevo Generacional de forma adecuada, y visto que las circunstancias lo aconsejan y no se perjudican derechos de terceros, resulta procedente ampliar el plazo de presentación de candidaturas la mitad del tiempo establecido inicialmente, 10 días hábiles, finalizando el 2 de julio de 2026, inclusive.</p><p>Visto que la presente ampliación de plazo requiere su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), así como la aprobación por Junta de Gobierno en virtud del Decreto nº 2025/9930 de 31 de octubre, referente a “Delegación de atribuciones de la Presidencia en la Junta de Gobierno”, y dado que el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece que en ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido, resulta necesario para su aprobación avocar, puntualmente, la adopción de la presente Resolución.</p><p>Visto el procedimiento tramitado y la documentación e informes que se incorporan al expediente, así como el Informe favorable de la Jefatura de Servicio formulado para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 172 del ROF, y visto el dispositivo primero, punto 3.1, del Decreto nº 2025/9930 de 31 de octubre, referente a la “Delegación de atribuciones del Presidente a la Junta de Gobierno”, dado que no está sujeta a fiscalización previa al no estar incluido el expediente en ninguno de los supuestos del art. 9 del Reglamento de Control Interno de la Diputación Provincial de Málaga, Organismo Autónomo y Entidad Mercantil dependiente, publicado en el BOPMA de fecha 3 de diciembre de 2020, al carecer de repercusión presupuestaria, no aprobándose o comprometiéndose gasto alguno o reconociéndose derecho y no siendo necesario dictamen previo de la Comisión Informativa, esta Presidencia RESUELVE:</p><p>Primero. AVOCAR puntualmente y para la adopción de la presente Resolución, la competencia Delegada por esta Presidencia mediante Decreto nº 2025/9930 de 31 de octubre, de delegación de atribuciones de la Presidencia en la Junta de Gobierno, en virtud de la cual se acordaba delegar por tiempo indefinido en la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Málaga las atribuciones de la Presidencia que se relacionan y entre las que, en el dispositivo primero, se contempla en el punto 3.1, la delegación de la aprobación de las bases reguladoras y convocatorias tanto de las subvenciones a otorgar en régimen de concurrencia competitiva y no competitiva, como de los concursos, certámenes, exposiciones, premios y becas; haciendo constar, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 10.1 (segundo párrafo) y 10.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que la AVOCACIÓN puntual de la competencia que mediante la presente se acuerda se fundamenta en las razones de urgencia que se ponen de manifiesto en la parte expositiva de la presente Resolución.</p><p>Ampliar el plazo de presentación de candidaturas al III Premio al emprendimiento de personas jóvenes a través del Relevo Generacional de la Diputación de Málaga, anualidad 2026, hasta el 2 de julio de 2026, inclusive.</p><p>Lo que se somete a información pública para general conocimiento de cuantos estén interesados.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopmalaga.es/edicto.php?edicto=20260618-02380-2026-01","cve":"20260618-02380-2026","desDiarioOficial":"B.O.P. DE MÁLAGA","datPublicacion":"2026-06-18"},{"numAnuncio":211956,"titulo":"Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de  29 de abril de 2026, punto, 1.2.3, relativo a la Convocatoria de concesión del III Premio al emprendimiento de personas jóvenes a través del relevo generacional de la Diputación Provincial de Málaga","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primera. Norma reguladora.</p><p>Las Bases Reguladoras de la Diputación Provincial de Málaga para la concesión del Premio al emprendimiento de personas jóvenes a través del relevo generacional, aprobadas por el Pleno de la Diputación Provincial de Málaga, en sesión ordinaria celebrada día 27 de mayo de 2025, al punto 9.2, Anexo V.3.3, de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga, publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Málaga nº 191(suplemento 1), de 7 de octubre de 2025.</p><p>En su defecto, será de aplicación lo dispuesto en los preceptos de la citada ordenanza, así como lo dispuesto en la ley 38/2003 de 17 de noviembre, y en el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.</p><p> </p><p>Segundo. Objeto.</p><p>La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión del III Premio al emprendimiento de personas jóvenes a través del relevo generacional de la Diputación Provincial de Málaga, en régimen de concurrencia competitiva, con el objeto de promover, reconocer y apoyar el emprendimiento de personas jóvenes menores de 35 años, que desarrollen actividades económicas en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, a través del relevo generacional.</p><p> </p><p>Tercero. Requisitos de las personas participantes.</p><p>Podrán participar en el III Premio Relevo generacional de la Diputación Provincial de Málaga, jóvenes menores de 35 años, que realicen actividades económicas que den continuidad al empleo a través del relevo generacional en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga y que, además, no estén incursos en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.</p><p>Se considerará relevo generacional, la transmisión de todos o algunos elementos de un negocio, de una persona propietaria a una persona emprendedora o empresaria, manteniendo el conjunto ordenado del elementos que permitan la continuidad del ejercicio de una actividad profesional.</p><p>En el marco de la presente convocatoria serán premiados, como relevo generacional:</p><p>1. El traspaso, arrendamiento, venta, donación y herencia durante 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026, de una actividad económica dada de alta por una persona inscrita en el RETA a otra persona (joven menor de 35 años) igualmente inscrita en el RETA, manteniendo el negocio en el mismo lugar.</p><p>2. También se considerará relevo generacional si la actividad económica puesta en marcha sustituyera a una actividad de características similares, siempre que no hayan transcurrido más de 12 meses desde el cierre de la actividad económica y el alta del nuevo titular del negocio (joven menor de 35 años) en el mismo municipio y en el periodo  2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.</p><p>Solo se concederá un premio por actividad objeto de relevo generacional.</p><p> </p><p>Cuarto. Solicitud, plazo y forma de presentación.</p><p>Las personas jóvenes menores de 35 años, que realicen actividades económicas que den continuidad al empleo a través del relevo generacional en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga y estén interesadas en participar en la convocatoria, deberán rellenar la correspondiente solicitud y presentarla por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañando la documentación indicada en el artículo 6 de la presente convocatoria.</p><p>La solicitud deberá estar debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada por persona interesada o su representante que, en su caso, cuente con poder de representación suficiente para ello, según modelo normalizado.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes, con un máximo de una por solicitante, será de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOPMA), si bien en el supuesto de que el último día de plazo fuese inhábil, se trasladará la finalización al inmediato día hábil siguiente.</p><p>La presentación de solicitudes, con la documentación prevista en el artículo 6  de la presente convocatoria, se efectuará por cualquier de los medios siguientes, en atención a que las personas interesadas estén o no obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p>1) Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:</p><p>         a) En el Registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica en el vínculo https://sede.malaga.es/registro-electronico/</p><p>         b) En el Registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do seleccionando después de iniciar el trámite, a través del buscador, la unidad correspondiente a la que, de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, debe dirigirse, dentro de la Diputación Provincial, la documentación.</p><p> </p><p>2) Para los restantes interesados:</p><p>         a) En algunos de los medios anteriormente señalados en el punto 1 del presente artículo.</p><p>         b) En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto.</p><p>         c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.</p><p>         d) En la oficina de asistencia en materia de Registros de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las Comunidades Autónomas, o Entidades que integran la Administración Local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector publico institucional.</p><p>Cuando la solicitud se presente en un Registro distinto del de Diputación de Málaga, además de figurar en la misma la fecha de presentación, el solicitante deberá simultáneamente remitir aviso de presentación por correo a empleo@malaga.es.</p><p>El formulario/anexo se encuentra disponible en la página web https://www.malaga.es/empleo/1418/planes-programas.</p><p>La presentación de solicitudes implica la aceptación de las Bases reguladoras y de los términos de la presente convocatoria y se ajustarán al modelo oficial que se apruebe en la presente convocatoria.</p><p>Los datos personales se incorporarán a la actividad de tratamiento “Premios y Actividades de Promoción” del Registro de Actividades de Tratamiento de la Diputación, con la finalidad de tramitar y resolver el premio convocado por la Diputación Provincial de Málaga así como aquellas actuaciones cuya competencia tenga atribuida el Servicio de Empleo de la Diputación Provincial de Málaga en relación al fomento del emprendimiento y la empleabilidad. Su contenido, base jurídica, régimen  de  cesiones  y  plazo  de  conservación  pueden  ser  consultados  en  el siguiente enlace https://www.malaga.es/gobierno/7278/com1_os-Todas%20las%20Unidades/com1_md1_cd-13288/premios-y-actividades-de-promocion.</p><p>Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando proceda, dirigiéndose al responsable del tratamiento de datos según se indica en el enlace https://www.malaga.es/diputacion/739/aviso-legal, o ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos, en el teléfono 952 133 624 o la dirección de correo electrónico protecciondedatos@malaga.es. También puede presentar directamente una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía en https://www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos/reclamaciones-ante-el-consejo-por-vulneracion-la-normativa-proteccion-datos-personales.</p><p> </p><p>Quinto. Documentación a aportar.</p><p>1. Solicitud en modelo normalizado, debidamente cumplimentada y firmada. (Anexo I)</p><p>2. Copia del DNI/NIF o TIE (Tarjeta de identidad de extranjeros) en vigor. En el caso de ciudadanos o ciudadanas comunitarias que no tengan TIE o este no se encuentre en vigor, presentarán fotocopia del Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión y fotocopia del Documento Nacional de Identidad del país de procedencia o pasaporte en vigor.</p><p>3. Resumen del proyecto que consistirá en un documento que, con una extensión máxima de 4 páginas, tipo de letra Arial 11, recoja los principales rasgos del proyecto detallando, en particular, los siguientes puntos:</p><p>         - Trayectoria de la empresa.</p><p>         - Breve historia de la persona relevista.</p><p>         - Descripción de la actividad empresarial.</p><p>         - Importancia de la necesidad que cubre y beneficios que aporta al municipio.</p><p>         - Se reflejarán en el proyecto los aspectos de la actividad empresarial que manifiesten que se cumplen con los criterios de valoración de las candidaturas establecidos en el artículo 9 Criterios de valoración para la concesión del premio de la presente convocatoria.</p><p>4. Declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguno de los supuestos contemplados en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. (Anexo II).</p><p>5. Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, no pudiendo tener una antigüedad superior a 10 días hábiles desde la fecha de la solicitud, el documento que acredite</p><p>         - el alta/baja de la actividad de la persona que da el relevo y el alta en la actividad de la persona relevista</p><p>         - y el municipio en el que se realiza la actividad económica.</p><p>6. Acreditación de la representación, en su caso, y actualización de la misma. (Anexo III)</p><p>7. Autorización a la Diputación Provincial de Málaga para recabar información en procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas. (Anexo IV)</p><p>8. Documentación de la realización del traspaso: contrato de compraventa, arrendamiento, donación, herencia del negocio y/o traspasos de derechos.</p><p>9. Resolución de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el caso de los/las trabajadores/as pertenecientes a un Colegio Profesional con mutualidad alternativa, resolución del alta en la mutua, no pudiendo tener una antigüedad superior a 10 días hábiles desde la fecha de la solicitud, perteneciente tanto a la persona que da el relevo como a la persona relevista.</p><p>10. Certificados de estar al corriente en el pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, con una antigüedad máxima de 10 días hábiles a la fecha de solicitud. Los oportunos certificados deben ser expedidos “a efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas” o bien con carácter general, no siendo admisibles los emitidos a los efectos de contratar con el sector público.</p><p>11. En el supuesto del artículo 4.2 de esta Convocatoria, debe presentar: Informe del Ayuntamiento del municipio que acredite la recuperación de la actividad económica extinguida.</p><p>12. Formulario de alta o modificación de cuentas corrientes (datos terceros), a realizar conforme  a lo indicado en el trámite habilitado en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Málaga (https://sede.malaga.es/catalogo-de-tramites/) en el apartado “Tesorería”, en atención a que las personas interesadas estén o no obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:</p><p>         a) Para las personas interesadas obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, seleccionar “Alta o Modificación datos de Personas Jurídicas”, siguiendo las instrucciones del siguiente enlace https://sede.malaga.es/ied-gestion-terceros-pj-v3/</p><p>         b) Para las restantes personas interesadas, seleccionar “Alta o Modificación datos de Personas Físicas”, siguiendo las instrucciones del siguiente enlace https://sede.malaga.es/ied-gestion-terceros-pf-v3/</p><p>En ambos casos, una vez realizado dicho trámite y dado que el documento de Alta o modificación de cuentas corrientes (datos terceros) se dirige directamente a la Tesorería General de esta Diputación Provincial, deberá aportar Justificante de dicha presentación junto a la documentación que se indica en este artículo, en la forma en que se especifica en el artículo 5 de la convocatoria.</p><p> </p><p>Sexto. Importe del Premio y  aplicación presupuestaria.</p><p>Se concederá el III Premio Relevo generacional de Diputación Provincial de Málaga, dotado económicamente con 9.000,00 €, distribuido de la siguiente forma:</p><p>         1er.    Premio:  4.000 €.</p><p>         2º      Premio:  3.000 €</p><p>         3er.   Premio:  2.000 €</p><p>Estos premios se financiarán con cargo al crédito de la aplicación presupuestaria 2026/1201/2411/48113 de la Diputación Provincial de Málaga.</p><p> </p><p>Séptimo. Criterios de valoración para la concesión del premio.</p><p>Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los criterios de valoración y su ponderación que se establecen a continuación:</p><p>         1. Importancia de la necesidad que cubre y beneficios que aporta al municipio. Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>         2. Viabilidad técnica, comercial y económico financiera de la empresa. Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>         3. La actividad económica que se desarrolla en zonas de despoblamiento según  Informe del Servicio de Atención al Despoblamiento del Territorio de la Diputación Provincial de Málaga relativo a Municipios en riesgo de despoblamiento 2023-2027 de 6 de febrero de 2024.*Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>         4. Municipio de la provincia de Málaga con población inferior a 1000 habitantes en zonas de despoblamiento según  Informe del Servicio de Atención al Despoblamiento del Territorio de la Diputación Provincial de Málaga relativo a Municipios en riesgo de despoblamiento 2023-2027 de 6 de febrero de 2024.* Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>Las solicitudes valoradas podrán alcanzar hasta un máximo de 40 puntos en función de los criterios indicados.</p><p> </p><p>En el criterio de valoración nº 3 *(Informe 2023-2027 de 6 de febrero de 2024.):</p><p>- Tendrán la consideración de municipios en riesgo de despoblación con prioridad muy alta en los siguientes municipios: Alozaina, Árchez, Benadalid, Benaoján, El Burgo, Cartagena, Cuevas Bajas, Jimera de Líbar, Júzcar, Moclinejo, Serrato, Valle de Abdalajís, Villanueva de Algaidas, Villanueva de Tapia y Yunquera. Puntuación 10 puntos.</p><p>- Tendrán la consideración de municipios en riesgo de despoblación con prioridad  elevada en los siguientes municipios: Alfarnate, Alfarnatejo, Almargen, Alpandeire, Benalauría, Benarrabá, El Borge, Cañete la Real, Cómpeta, Cortes de la Frontera, Cuevas del Becerro, Cútar, Faraján, Gaucín, Genalguacil, Pujerra, Salares, Teba y Viñuela. Puntuación 8 puntos.</p><p>- Tendrán la consideración de municipios en riesgo de despoblación con prioridad moderada en los siguientes municipios: Alameda, Archidona, Arriate, Atajate, Carratraca, Campillos, Igualeja, Jubrique, Montejaque, Parauta, y Ronda. Puntuación 6 puntos.</p><p> </p><p>En el criterio de valoración nº 4 *(Informe 2023-2027 de 6 de febrero de 2024.): </p><p>- Municipios de  500 o menos habitantes en zonas de despoblamiento: Alfarnatejo, Alpandeire, Árchez, Atajate, Benaladid, Benalauría, Benarrabá, Cartajima, Faraján, Genalguacil, Jimera de Líbar, Júzcar, Parauta, Pujerra, Salares y Serrato. Puntuación  10 puntos.</p><p>- Municipios de entre 501 y 999 habitantes en zonas de despoblamiento: El Borge, Carratraca, Cútar, Igualeja, Jubrique y Montejaque. Puntuación 5 puntos.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopmalaga.es/edicto.php?edicto=20260521-01958-2026-01","cve":"20260521-01958-2026","desDiarioOficial":"B.O.P. DE MÁLAGA","datPublicacion":"2026-05-21"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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