{"id":1107448,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"ÁGUILAS","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE ÁGUILAS"},"sedeElectronica":"https://www.ayuntamientodeaguilas.org/","codigoBDNS":"905887","fechaRecepcion":"2026-05-15","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":28000,"mrr":false,"descripcion":"AYUDA COMPLEMENTARIA PARA LIBROS O MATERIAL DIDÁCTICO PARA ALUMNOS Y ALUMNAS DE 2.º CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL DEL MUNICIPIO DE ÁGUILAS. 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Curso 2026-2027","tituloLeng":null,"texto":"<p>1.    OBJETO.</p><p>Las presentes Bases regulan la concesión de ayudas complementarias para la adquisición de libros de texto o material didáctico a alumnos y alumnas de segundo ciclo de educación infantil del municipio de Águilas para el curso 2026-2027 de todos los colegios del municipio de Águilas (públicos, privados y concertados). </p><p>La partida presupuestaria destinada para dicha concesión de ayuda complementaria estará dotada de un máximo de VEINTIOCHO MIL EUROS (28.000,00 euros). Consta la consignación adecuada y suficiente en el presupuesto de gastos vigente de la concejalía de Sanidad y Servicios Sociales para ayudas de prestaciones sociales. 2.    GASTOS SUBVENCIONABLES.</p><p>La condición de beneficiario de la ayuda determina el derecho a disfrutar de la misma en los términos que a continuación se indican:1)    La concesión de la ayuda otorgará al beneficiario el derecho a la adquisición, en los establecimientos comerciales determinados, de libros de texto o material escolar. Considerando libros de texto subvencionables aquellos que hayan sido debidamente establecidos y aprobados al inicio de cada curso para ser utilizados, con carácter general, en el desarrollo y aplicación de los respectivos proyectos curriculares, ya sea a través de la adquisición directa en el establecimiento comercial o a través de la gestión y/o adquisición por Asociaciones de padres y madres. </p><p>2)    En aquellos centros que no utilicen libros de texto, la ayuda podrá utilizarse para adquirir material didáctico complementario que sea exigido por el centro, con carácter general, a todos los alumnos/as.</p><p>3)    La convocatoria determinará, en su caso, el límite superior de la cuantía individualizada de cada ayuda.</p><p>3.    REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO.</p><p>Podrán optar a ser beneficiarios de las ayudas que se concedan los alumnos/as que reúnan los siguientes requisitos:</p><p>1)    Estar matriculados en un colegio público o privado concertado del municipio de Águilas.2)    Cursar o iniciar en septiembre del año en curso estudios de Educación Infantil, Segundo Ciclo.3)    Estar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Águilas.4)    Que la Renta de la unidad familiar no supere el umbral 2 de renta establecido, según el nº de miembros de la familia, según lo establecido en el Real Decreto 163/2025, de 4 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar para el curso 2026-2027    La percepción de la ayuda para un curso escolar no genera derecho alguno a la percepción de la misma en futuras convocatorias.</p><p>4.    OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO.</p><p>Los beneficiarios de las ayudas reguladas por estas bases deberán utilizarlas para la finalidad para la que le fueron concedidas.</p><p>5.    CRITERIOS PARA DETERMINAR LA ASIGNACIÓN DE LAS AYUDAS.</p><p>1)    El Ayuntamiento de Águilas otorgará la condición de beneficiarios de las ayudas a los solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos en estas bases, dispongan de una renta familiar que no supere el umbral correspondiente a su núcleo familiar, resultante de la suma de la base imponible general con la base imponible del ahorro y restando la cuota resultante de la autoliquidación. Siendo circunstancias a contemplar:</p><p>&#10625;    Desempleo en uno de los miembros de la unidad familiar.&#10625;    Discapacidad superior al 33% en padre, madre, tutores o hermanos del menor solicitante.&#10625;    Carnet de Familia Numerosa.&#10625;    Otras establecidas en las bases de la convocatoria.</p><p>2)    La renta familiar se obtendrá sobre todos los miembros computables de la unidad familiar, considerándose tales los que convivan en el mismo domicilio.3)    A efectos del estudio de la concesión de la ayuda para el curso 2026-2027 se computará el ejercicio 2025.</p><p>6.    PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.</p><p>El Ayuntamiento difundirá las Bases y la Convocatoria por los medios oportunos, y en todo caso se publicará en el tablón de anuncios electrónico y en el portal de transparencia del Ayuntamiento con objeto de dar la mayor difusión de la convocatoria. </p><p>7.    PLAZO DE SOLICITUD.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes con la documentación para la concesión de ayuda complementaria para libros o material didáctico para alumnos y alumnas de 2º ciclo de educación infantil del municipio de Águilas para el curso 2026-2027, será en las fechas comprendidas del 25 de mayo al 30 de junio del 2026, ambos inclusive.</p><p>Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se dispondrá de diez días hábiles para realizar subsanaciones, siendo este plazo improrrogable.</p><p>A efectos de reclamación, tras la resolución de la concesión de las ayudas, los solicitantes deberán presentar justificación de la presentación de la ayuda solicitada con su número de referencia. </p><p>8.    DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS SOLICITANTES.</p><p>Los solicitantes presentarán el ANEXO I debidamente confeccionado según lo estipulado en las presentes bases y junto con la documentación detallada en el ANEXO II de esta convocatoria, facilitada por el Registro General del Ayuntamiento o descargarla a través de la web del Ayuntamiento, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Águilas.</p><p>El Anexo I, cumplimentado con los datos que figuran en la misma de forma completa, se presentará, junto con la documentación especificada en el Anexo II necesarios para la baremación, en el Registro General del Ayuntamiento, bien presencialmente con cita previa en la estancia habilitada del Ayuntamiento de Águilas o bien telemáticamente a través de instancia general en la sede electrónica del Ayuntamiento quien disponga de los medios para ello.</p><p>Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de diez días, indicándole que si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud.</p><p>Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento a lo largo del procedimiento podrá instarse al solicitante para que cumplimente cualquier otro requisito o trámite omitido, concediendo a tal efecto un plazo de diez días hábiles a partir de la notificación, con expreso apercibimiento de que, de no hacerlo así, se le podrá declarar decaído en el derecho a la tramitación de su solicitud.</p><p>9.    EXAMEN Y EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES.</p><p>1)    La instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas corresponde a la Concejalía de Sanidad y Servicios Sociales.2)    El órgano competente para la instrucción realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.3)    La aportación de los datos por parte de los solicitantes que no se ajusten a la realidad supondrán la exclusión automática, reservándose el Ayuntamiento el derecho de emprender las acciones legales correspondientes para exigir las responsabilidades a que hubiese lugar.4)    Se pedirán cuantos informes se estime necesarios para resolver. En la petición se hará constar, en su caso, el carácter determinante de aquellos informes que sean preceptivos.5)    La convocatoria de la ayuda podrá contemplar la posibilidad de establecer una fase de preevaluación en la que se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la ayuda.6)    La resolución definitiva contendrá la relación de solicitantes a los que se concede la ayuda. Los beneficiarios de las ayudas serán comunicados a través de su centro docente, así como el horario y día que los padres, tutores legales o autorizados recogerán el justificante de la ayuda concedida en el Ayuntamiento de Águilas. Asimismo, la resolución hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, así como la no concesión por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida. La consulta de la resolución definitiva de cada uno de los expedientes se realizará en la Concejalía de Sanidad y Servicios Sociales de modo individualizado para los solicitantes que así lo deseen.7)    En el caso de las ayudas desestimadas se indicará el precepto en que se basa la desestimación.8)    El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.9)    Toda la documentación quedará bajo custodia de la administración por un plazo no superior a cinco años, actuándose conforme a lo dispuesto en la LPDP.</p><p>10.    COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO O MATERIAL DIDÁCTICO COMPLEMENTARIO PARA ALUMNOS Y ALUMNAS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL.</p><p>El órgano encargado de la adjudicación de las ayudas para adquisición de libros de texto o material didáctico complementario para alumnos y alumnas de segundo ciclo de educación infantil del municipio de Águilas es la Junta de Gobierno Local.Examinadas las solicitudes se formulará propuesta de resolución por la concejalía de Sanidad y Servicios Sociales a la Junta de Gobierno Local, que incluirá las solicitudes admitidas, las inadmitidas y la cantidad de la ayuda correspondiente. </p><p>11.    JUSTIFICACIÓN </p><p>Las ayudas objeto de esta convocatoria no requerirán otra justificación que el cumplimiento de la finalidad para la que fueron concedidas.</p><p>12.    CUANTÍA DE LA AYUDA Y ABONO</p><p>La cuantía de la ayuda será de 60 euros, si solo hay un alumno/a preceptor de la ayuda o de 45 euros en el caso de que sean varios los hermanos/as preceptores de la ayuda.</p><p>El abono se realizará a los proveedores de libros y material didáctico, siguiendo el régimen general de tramitación de facturas del Ayuntamiento de Águilas, o a las Asociaciones de Madres y Padres de los colegios en caso de que la gestión de libros se realiza desde el centro escolar.ANEXO ISOLICITUD DE AYUDA DE LIBROS O MATERIAL COMPLEMENTARIO INFANTIL CURSO ESCOLAR 2026/2027(Del 25 de mayo al 30 junio de 2026, ambos inclusive)</p><p>1.- DATOS DEL SOLICITANTE (PADRE, MADRE O TUTOR)Nombre y apellidos:</p><p> </p><p>D.N.I:                            Teléfono:                           EMAIL:         Dirección:</p><p>2.- DATOS DEL ALUMNO PARA EL QUE SOLICITA LA  AYUDANombre y apellidos</p><p> </p><p>Fecha de nacimiento:           /             /                . Curso:</p><p>COLEGIO:                                          </p><p>3.- DATOS DE LA COMPOSICIÓN FAMILIAR Nombre y apellidos    D.N.I./N.I.E./PASAPORTE    Fecha Nacim.    Parentesco    Discapacidad% / Familia Numerosa (Sí o No)</p><p>                    </p><p>                    </p><p>                    </p><p>                    </p><p>                    </p><p>                    </p><p>D/Dña.                                                                            declara que todos los datos y documentación presentados son ciertos y que no ha solicitado o le ha sido concedida otra ayuda o beca para el mismo concepto.                                                                                               Fecha:                                                    Fdo:</p><p> </p><p>SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ÁGUILAS</p><p>ANEXO II</p><p>RELACIÓN DE LAS COPIAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR, OBLIGATORIAMENTE, JUNTO CON LA SOLICITUD, PARA QUE SEA CONSIDERADA:</p><p>1.    Fotocopia D.N.I, N.I.E y/o PASAPORTE de todos los miembros de la unidad familiar que los posean.2.    Fotocopia Libro de familia.3.    Fotocopia de la última declaración de la renta realizada de todos los miembros de la unidad familiar o, en su caso, certificado de no estar obligado a presentarla, expedido por la Agencia Tributaria. Esta documentación es imprescindible para que la solicitud sea considerada a efectos de baremación.  </p><p>EN SU CASO:</p><p>4.     Fotocopia Calificación de discapacidad de aquellos miembros de la unidad familiar que lo tengan reconocido.5.     Fotocopia Documento acreditativo situación desempleo.6.     Fotocopia Familia Numerosa.                                                                                       La concesión de la ayuda será publicada de forma general en la web del Ayuntamiento de Águilas, y también será comunicada a los Centros Educativos correspondientes.</p><p> </p><p> </p><p> </p><p> </p><p> </p><p>Protección de DatosLos datos, que proceden directamente del interesado, serán recogidos bajo la responsabilidad de Ayuntamiento de Águilas, con la finalidad de “Gestión de las ayudas de libros o material complementario infantil”. La base legal que nos permite tratar sus datos es “Interés legítimo de Autoridades Públicas en el ejercicio de sus funciones”. Sus datos serán cedidos a “No están previstas”. No existe la supresión de los datos, ya que, aunque se produzca la baja del padrón, es necesario conservar los datos a efectos históricos, estadísticos y científicos.Las categorías de datos que se tratan son: Estudiantes, solicitantes y beneficiarios. Se tratan categorías especiales de datos personales.Tiene derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso podremos conservar para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular, los interesados podrán oponerse al tratamiento de sus datos. Responsable del tratamiento:-Identidad: Ayuntamiento de Águilas - CIF: P3000300H.-Dirección postal: Plaza de España, 14, Águilas. 30880 (Murcia)</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/2242/pdf","cve":"A-190526-2242","desDiarioOficial":"BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA","datPublicacion":"2026-05-19"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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