{"id":1107052,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"LA RIOJA","nivel3":"CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"905491","fechaRecepcion":"2026-05-13","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1160838,"mrr":false,"descripcion":"CONV SUBV CONTRAT.PERSONAS DESEMPLEADAS MENORES 30AÑOS Y BENEFICIARIAS SNGJ 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades relacionadas con el empleo","codigo":"78"}],"regiones":[{"descripcion":"ES230 - La Rioja"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de personas desempleadas menores de 30 años y beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para la realización de obras y servicios de interés general y socia","urlBasesReguladoras":"https://web.larioja.org/bor-portada/boranuncio?n=29528928-5-HTML-561499-X","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"A partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el B.O.R.","textFin":"Diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el B.O.R.","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1454314,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"BOFr_63.pdf","long":590277,"datMod":"2026-05-13","datPublicacion":"2026-05-14"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211869,"titulo":"Resolución 41/2026, de 13 de mayo, de la Consejería de Educación y Empleo, para la aprobación del gasto para la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de personas desempleadas menores de 30 años y beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil para la realización de obras y servicios de interés general y social para el año 2026 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden EDE/32/2024, de 9 de mayo, por la","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios</p><p>Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las corporaciones locales de La Rioja y sus entidades dependientes o vinculadas, los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, las universidades públicas con sede en La Rioja y las entidades o instituciones sin ánimo de lucro con sede en La Rioja que cumplan los requisitos establecidos en la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo.</p><p> </p><p>Segundo. Objeto</p><p>Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las entidades indicadas en el artículo 5 de la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, que contraten a personas desempleadas de 30 años o para la realización de obras y servicios de interés general y social.</p><p> </p><p>Tercero. Bases reguladoras</p><p>Orden EDE/32/2024, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de personas desempleadas menores de 30 años, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.</p><p> </p><p>Cuarto. Cuantía</p><p>En la presente convocatoria se aprueba el gasto de un millón ciento sesenta mil ochocientos treinta y ocho euros (1.160.838,00 euros), de los que quinientos ochenta mil cuatrocientos diecinueve euros (580.419,00 euros) van con cargo al presupuesto de gastos para el ejercicio 2026 y quinientos ochenta mil cuatrocientos diecinueve euros (580.419,00 euros) van con cargo al presupuesto futuro de gastos para el ejercicio 2027. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 ter del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta distribución tiene carácter estimativo. Conforme al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo58. Aprobación del gasto por una cuantía máxima y distribución entre créditos presupuestarios, apartados 4 y 5, podrá procederse a la distribución definitiva de los créditos presupuestarios con carácter previo a la resolución de concesión.</p><p>Por su parte, será de aplicación en la cuantía de la convocatoria lo establecido en el artículo 23 bis del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.</p><p> </p><p>Quinto. Concesión</p><p>El procedimiento de concesión de las subvenciones será el régimen de concurrencia competitiva según se establece en el artículo 10 de la Orden.</p><p> </p><p>Sexto. Plazo de presentación de solicitudes</p><p>El plazo de presentación de solicitud es será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.</p><p> </p><p>Séptimo. Duración de los proyectos</p><p>Los proyectos tendrán una duración mínima de seis meses y máxima de nueve.</p><p> </p><p>Octavo. Límite de solicitudes</p><p>Se establece el siguiente límite de solicitudes de subvención para la financiación de proyectos que podrá presentar cada entidad:</p><p>Municipios de 300 habitantes o menos: 1 solicitudes en esta convocatoria.</p><p>Municipios entre 301 y 3.000 habitantes: 2 solicitudes en esta convocatoria.</p><p>Municipios de más de 3.000 habitantes: 3 solicitudes en esta convocatoria.</p><p>El número máximo de personas desempleadas participantes en cada proyecto será de dos.</p><p> </p><p>Noveno. Justificación</p><p>Se presentará en el plazo máximo de 2 meses computados desde el día siguiente a la finalización del proyecto subvencionado.</p><p> </p><p> </p><p> </p><p>Décimo. Otros datos de interés</p><p>-Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en el procedimiento habilitado en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24171)</p><p>-Solicitudes. Los solicitantes de las ayudas están obligados a presentar la solicitud a través de medios electrónicos en el modelo que se encuentra disponible en el procedimiento habilitado en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24171)</p><p>-Obligaciones. Los beneficiarios se someterán a las establecidas en el artículo 19 de la orden reguladora.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=40425957-1-PDF-577357","cve":"BOR-A-20260518-III--1937","desDiarioOficial":"BOR. B.O. DE LA RIOJA","datPublicacion":"2026-05-18"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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