{"id":1107051,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"LA RIOJA","nivel3":"CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"905490","fechaRecepcion":"2026-05-13","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1741264,"mrr":false,"descripcion":"CONV. SUBV. CONTRATACIÓN PERSONAS DESEMPLEADAS DE 30 AÑOS O MÁS 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades relacionadas con el empleo","codigo":"78"}],"regiones":[{"descripcion":"ES230 - La Rioja"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja","urlBasesReguladoras":"https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=29543199-1-PDF-561496","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"A partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el B.O.R.","textFin":"Diez días hábiles contados a partir de la publicación de la convocatoria en el B.O.R","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1454313,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"BOFr_64.pdf","long":548449,"datMod":"2026-05-13","datPublicacion":"2026-05-14"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211852,"titulo":"Resolución 40/2026, de 13 de mayo, de la Consejería de Educación y Empleo, para la aprobación del gasto para la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social para el año 2026 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios</p><p>Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las corporaciones locales de La Rioja y sus entidades dependientes o vinculadas, los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, las universidades públicas con sede en La Rioja y las entidades o instituciones sin ánimo de lucro con sede en La Rioja que cumplan los requisitos establecidos en la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo.</p><p>Segundo. Objeto</p><p>Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las entidades indicadas en el artículo 5 de la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, que contraten a personas desempleadas de 30 años o para la realización de obras y servicios de interés general y social.</p><p> </p><p>Tercero. Bases reguladoras</p><p>Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja</p><p> </p><p>Cuarto. Cuantía</p><p>En la presente convocatoria se aprueba el gasto de un millón setecientos cuarenta y un mil doscientos sesenta y cuatro euros (1.741.264 euros), de los que un ochocientos setenta mil seiscientos treinta y dos euros (870.632 euros) van con cargo al presupuesto de gastos para el ejercicio 2026 y ochocientos setenta mil seiscientos treinta y dos euros (870.632 euros) van con cargo al presupuesto futuro de gastos para el ejercicio 2027. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 ter del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta distribución tiene carácter estimativo. Conforme al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo58. Aprobación del gasto por una cuantía máxima y distribución entre créditos presupuestarios, apartados 4 y 5, podrá procederse a la distribución definitiva de los créditos presupuestarios con carácter previo a la resolución de concesión.</p><p>Por su parte, será de aplicación en la cuantía de la convocatoria lo establecido en el artículo 23 bis del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.</p><p> </p><p>Quinto. Concesión</p><p>El procedimiento de concesión de las subvenciones será el régimen de concurrencia competitiva según se establece en el artículo 10 de la Orden</p><p> </p><p>Sexto. Plazo de presentación de solicitudes</p><p>El plazo de presentación de solicitud es será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.</p><p> </p><p>Séptimo. Duración de los proyectos</p><p>Los proyectos tendrán una duración máxima de nueve meses.</p><p> </p><p>Octavo. Límite de solicitudes</p><p>Municipios de 300 habitantes o menos: 1 solicitudes en esta convocatoria.</p><p>Municipios entre 301 y 3000 habitantes: 2 solicitudes en esta convocatoria.</p><p>Municipios de más de 3000 habitantes: 3 solicitudes en esta convocatoria.</p><p> </p><p>El número máximo de personas desempleadas participantes en cada proyecto será de dos.</p><p> </p><p>Noveno. Justificación</p><p>Se presentará en el plazo máximo de 2 meses computados desde el día siguiente a la finalización del proyecto subvencionado.</p><p> </p><p>Décimo. Otros datos de interés</p><p>-Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en el procedimiento habilitado en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24170)</p><p>-Solicitudes. Los solicitantes de las ayudas están obligados a presentar la solicitud a través de medios electrónicos en el modelo que se encuentra disponible en el procedimiento habilitado en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24170)</p><p>-Obligaciones. Los beneficiarios se someterán a las establecidas en el artículo 19 de la orden reguladora.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=40425954-1-PDF-577356","cve":"BOR-A-20260518-III--1936","desDiarioOficial":"BOR. B.O. DE LA RIOJA","datPublicacion":"2026-05-18"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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