{"id":1106584,"organo":{"nivel1":"ESTADO","nivel2":"MINISTERIO DE IGUALDAD","nivel3":"INSTITUTO DE LAS MUJERES"},"sedeElectronica":"https://igualdad.sede.gob.es/","codigoBDNS":"905023","fechaRecepcion":"2026-05-12","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1850000,"mrr":false,"descripcion":"Resolucion de la Directora del Instituto de las Mujeres, por la que se convoca la concesion de subvenciones ,destinadas a apoyar al movimiento asociativo y fundacional de ambito estatal 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"}],"regiones":[{"descripcion":"ES - ESPAÑA "}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Orden de Bases TAS/535/2007 de 23 de febrero (BOE de 10 marzo) por la que se aprueban las Bases Reguladoras para concesion de subvenciones ,ayudas y becas pot  el Instituo de la Mujer","urlBasesReguladoras":"https://www.boe.es/eli/es/o/2007/02/23/tas535","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Dia posterior a la publicacion del extracto de la convocatoria en el BOE","textFin":"Quince dias habiles tras el inicio","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1452858,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"CONVOCATORIA 2026 MOV ASOC  y Anexos.pdf.xsig.pdf","long":866643,"datMod":"2026-05-12","datPublicacion":"2026-05-12"},{"id":1452869,"descripcion":"Anexo I Solicitud 2026","nombreFic":"Anexo I- Solicitud 2026 .pdf","long":118693,"datMod":"2026-05-12","datPublicacion":"2026-05-12"},{"id":1452873,"descripcion":"Anexo II Memoria Explicativa de la Entidad 2026","nombreFic":"Anexo_II_ Memotoia Explicativa de la Entidad 2026.pdf","long":714301,"datMod":"2026-05-12","datPublicacion":"2026-05-12"},{"id":1452880,"descripcion":"Anexo VI Datos Bancarios 2026","nombreFic":"Anexo_VI- Datos Bancariios 2026.pdf","long":120610,"datMod":"2026-05-12","datPublicacion":"2026-05-12"},{"id":1452875,"descripcion":"Anexo IV Declaracion responsable 2026","nombreFic":"Anexo_IV-Declaracion responsable 2026.pdf","long":107334,"datMod":"2026-05-12","datPublicacion":"2026-05-12"},{"id":1452876,"descripcion":"Anexo V Declaracion responsable 2026","nombreFic":"Anexo_V-Declaracion Responsable 2026.pdf","long":103320,"datMod":"2026-05-12","datPublicacion":"2026-05-12"},{"id":1452874,"descripcion":"Anexo III Memoria Explicativa 2026","nombreFic":"Anexo_III- Memoria Explicativa 2026.pdf","long":152572,"datMod":"2026-05-12","datPublicacion":"2026-05-12"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211575,"titulo":"Extracto de la Resolución de 7 de mayo de 2026 de la Dirección del Instituto de las Mujeres, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a apoyar al movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero: Beneficiarios.</p><p> </p><p>Las entidades y organizaciones no gubernamentales que concurran a esta convocatoria, además de los requisitos de carácter general, establecidos en el artículo 3, de la orden de bases reguladoras, deberán reunir, a la fecha de publicación de la misma, los requisitos recogidos en el apartado cuarto de la Resolución.</p><p> </p><p>No se entenderán incluidas las entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales, los sindicatos, y cualesquiera otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.</p><p> </p><p>No podrán ser beneficiarias de subvenciones las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS y en el artículo 21 del Reglamento de la LGS.</p><p> </p><p>Segundo: Objeto.</p><p> </p><p>El objeto de estas subvenciones es financiar el mantenimiento y funcionamiento, tanto de las instalaciones y sedes como de su propia actividad ordinaria del movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal vinculado al área de competencia y actividad del Instituto de las Mujeres, a fin de facilitar la disponibilidad de los medios precisos para el cumplimiento de sus objetivos.</p><p> </p><p>Tercero: Bases Reguladoras.</p><p> </p><p>Orden de Bases TAS/535/2007, de 23 de febrero (B.O.E. de 10 de marzo), modificada parcialmente por Orden TAS/2505/2007, de 7 de agosto (B.O.E. de 17 de agosto) por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, ayudas y becas por el Instituto de la Mujer.</p><p> </p><p>Cuarto: Importe.</p><p> </p><p>Las subvenciones se financiarán con cargo a la aplicación 30.101.232B.481.01 del presupuesto de gastos del Instituto de las Mujeres para el año 2025 prorrogados para 2026, por un importe de hasta 1.850.000 euros (un millón ochocientos cincuenta mil euros). No obstante, en caso de modificación presupuestaria, o de aprobación de presupuestos, se estará a la cantidad que dicha modificación determine, sin que la financiación de la subvención exceda de un máximo de 5.000.000 euros. La cuantía máxima de la subvención para cada una de las entidades beneficiarias será de 100.000 €.La cuantía mínima de la subvención para cada una de las entidades beneficiarias será de 6.000 €.</p><p> </p><p> </p><p> </p><p> </p><p>Quinto: Plazo presentación de solicitudes.</p><p> </p><p>Será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Resolución de Convocatoria de la Subvención en el B.O.E.</p><p> </p><p>Sexto: Otros datos.</p><p> </p><p>El texto completo de esta convocatoria y sus anexos están disponibles en la página web del Instituto de las Mujeres</p><p> </p><p> (https://www.inmujer.gob.es/servRecursos/convocatorias.do)</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"http://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?acc=Verificar&c=BOE-B-2026-15528","cve":"BOE-B-2026-15528","desDiarioOficial":"BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO","datPublicacion":"2026-05-14"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}