{"id":1106014,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"EXTREMADURA","nivel3":"SECRETARÍA GENERAL DE CULTURA"},"sedeElectronica":"https://www.juntaex.es/w/0637922","codigoBDNS":"904453","fechaRecepcion":"2026-05-08","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":67500,"mrr":false,"descripcion":"Ayudas 2026 destinadas a la Edición de libros de la CA de Extremadura, según Resolución de 24 de abril de 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de creación artística y artes escénicas","codigo":"90"}],"regiones":[{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"Decreto 173/2016, de 25 de octubre, de bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a la edición de 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2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley</p><p>38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el</p><p>extracto de la convocatoria de las ayudas destinadas a la edición de</p><p>libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, cuyo</p><p>texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de</p><p>Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente</p><p>Diario Oficial de Extremadura.</p><p></p><p>PRIMERO.- Beneficiarios.</p><p></p><p>Las empresas de producción editorial, que se encuentren establecidas en</p><p>cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), que</p><p>ejerzan una actividad profesional acorde a la naturaleza de la</p><p>subvención con anterioridad a la publicación de la presente resolución.</p><p></p><p>Requisitos:</p><p></p><p>· Editar al menos 300 ejemplares de cada proyecto.</p><p></p><p>· No superar la ayuda total de mínimis (300.000,00 euros) en cualquier</p><p>período de tres años.</p><p></p><p>Excluidos de estas ayudas:</p><p></p><p>· Los libros que hayan sido premiados por instituciones o entidades</p><p>públicas o privadas.</p><p></p><p>· Los libros de texto para enseñanza, las obras en fascículos o</p><p>separatas, los anuarios y los catálogos de arte.</p><p></p><p>Cada empresa podrá solicitar ayuda para un máximo de 3 proyectos,</p><p>debiendo realizarse una solicitud por cada uno de ellos, con un máximo</p><p>de tres solicitudes.</p><p></p><p></p><p>SEGUNDO.- Objeto.</p><p></p><p>La convocatoria de ayudas a la edición de libros que constituyan una</p><p>inversión en el sector editorial de Extremadura y enriquezcan el</p><p>patrimonio bibliográfico extremeño, para financiar los gastos que</p><p>generen.</p><p></p><p></p><p>TERCERO.- Bases reguladoras.</p><p></p><p>El Decreto 173/2016, de 25 de octubre (D.O.E nº 209, de 31 de octubre de</p><p>2016), por el que se aprueban las bases reguladoras de ayudas destinadas</p><p>a la edición de libros.</p><p></p><p>Las ayudas se sujetan a lo establecido en el Reglamento (UE) nº</p><p>2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la</p><p>aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de</p><p>la Unión Europea a las ayudas de minimis.</p><p></p><p>El importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado</p><p>miembro a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante</p><p>cualquier período de tres años anteriores.</p><p></p><p>CUARTO.- Cuantía.</p><p></p><p>Se destina la cantidad total de sesenta y siete mil quinientos euros</p><p>(67.500 €) que se imputará a la siguiente anualidad, aplicación</p><p>presupuestaria e importe:</p><p>2027, 150020000 G/273A/77000/20170012/CAG0000001, 67.500,00.-€</p><p></p><p>La cantidad máxima de la ayuda no superará los 4.000 euros por proyecto,</p><p>ni el 55% del importe del presupuesto del proyecto (IVA excluido).</p><p></p><p></p><p>QUINTO.- Plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles</p><p>contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y</p><p>del extracto, a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2023, de</p><p>17 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de</p><p>Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura.</p><p></p><p>SEXTO.- Otros datos.</p><p></p><p>Las solicitudes y el resto de anexos se podrán descargar en el portal</p><p>web de información al ciudadano de la Junta de Extremadura, en el</p><p>siguiente enlace https://www.juntaex.es/w/0637922, e igualmente se podrá</p><p>acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de</p><p>Subvenciones.</p>","textoLeng":null,"url":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/950o/26061179.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOE. 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