{"id":1105903,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"LA RIOJA","nivel3":"CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"904342","fechaRecepcion":"2026-05-08","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":500000,"mrr":false,"descripcion":"CS APOYO AL PEQUEÑO COMERCIO EN MUNICIPIOS MENOS DE 300 HABITANTES","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO","codigo":"S"}],"regiones":[{"descripcion":"ES230 - La Rioja"}],"descripcionFinalidad":"Otras Prestaciones económicas","descripcionBasesReguladoras":"Orden EIE/32/2025, de 2 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas al apoyo al pequeño comercio en municipios, núcleos de población separados del municipio principal o entidades locales menores de La Rioja de 300....","urlBasesReguladoras":"http://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=34997801-1-PDF-569988","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"El día siguiente de su publicación en el BOR","textFin":"A los 30 días de su publicación en el BOR","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1450945,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"201.pdf","long":693384,"datMod":"2026-05-08","datPublicacion":"2026-05-11"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211437,"titulo":"Resolución 201/2026, de 7 de mayo, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden EIE/32/2025, de 2 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas al apoyo al pequeño comercio en municipios, núcleos de población separados del municipio principal o entidades locales menores de La Rioja de 300 o menos habitantes (extracto)","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero.- Objeto.</p><p>Convocar la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al mantenimiento de pequeños locales en los que se lleven a cabo actividades comerciales, o actividades de venta ambulante en camiones-tienda, que presten servicios en aquellos municipios, núcleos de población separados del municipio principal o entidades locales menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuya población de derecho a 1 de enero del año anterior a la publicación de la correspondiente convocatoria, con arreglo a las cifras oficiales del Instituto Nacional de Estadística, sea de 300 o menos habitantes.</p><p>Segundo.- Beneficiarias.</p><p>Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 5 de la Orden EIE/32/2025, de 2 de junio, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, y con el Anexo I donde constan los códigos CNAE subvencionables.</p><p>Tercero.- Bases reguladoras</p><p>La Orden EIE/32/2025, de 2 de junio, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones cuyo objeto está destinado al apoyo al pequeño comercio en municipios, núcleos de población separados del municipio principal o entidades locales menores de La Rioja de 300 o menos habitantes; modificada por la Orden EIE/8/2026, de 18 de marzo.</p><p>Cuarto.- Importe</p><p>La presente convocatoria se aprueba por un importe máximo de quinientos mil euros (500.000,00 €), con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:</p><p>Partida                                                  Importe</p><p>19.05.4214.470.01                           300.000,00 €</p><p>19.05.4214.770.01                            200.000,00 €</p><p>Las subvenciones convocadas en la presente resolución se financiarán exclusivamente con fondos propios de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo a los créditos consignados en la Ley 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026.</p><p>Serán subvencionables aquellos gastos en que se incurra con ocasión de la realización de la actividad comercial llevada a cabo entre el 16 de septiembre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026.</p><p>Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes</p><p>Treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.</p><p>Sexto.- Otros datos de interés</p><p>Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática mediante la cumplimentación del formulario normalizado que se encuentra a disposición de los interesados en la página web https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25789 del Gobierno de La Rioja, a la que se adjuntará la documentación indicada en el artículo 5 de la  Resolución 201/2026, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden EIE/32/2025, de 2 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas al apoyo al pequeño comercio en municipios, núcleos de población separados del municipio principal o entidades locales menores de La Rioja de 300 o menos habitantes.</p><p>El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la dirección https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25789 de la página web del Gobierno de La Rioja</p>","textoLeng":null,"url":"https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=40358152-1-PDF-577254","cve":null,"desDiarioOficial":"BOR. B.O. DE LA RIOJA","datPublicacion":"2026-05-13"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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