{"id":1105781,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"ALCÁZAR DE SAN JUAN","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN"},"sedeElectronica":"https://sede.alcazardesanjuan.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_HOME","codigoBDNS":"904220","fechaRecepcion":"2026-05-07","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":11900,"mrr":false,"descripcion":"BASES CONVOCATORIA BECAS PARA JÓVENES “TRANSICIÓN A LA VIDA ACTIVA 2026”","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES422 - Ciudad Real"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"BASES DE EJECUCIÓN DE PRESUPUESTO","urlBasesReguladoras":"https://alcazardesanjuan.es/","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"El día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P. de Ciudad Real","textFin":"20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el B.O.P. de Ciudad Real","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1450558,"descripcion":"Anexo IV. Ficha de aceptación de beca","nombreFic":"ANEXO_IV__FICHA_DE_ACEPTACION_DE_LA_BECA_2026.pdf","long":968137,"datMod":"2026-05-07","datPublicacion":"2026-05-07"},{"id":1450555,"descripcion":"Anexo III. Autobaremación","nombreFic":"ANEXO_III__AUTOBAREMACION.pdf","long":789292,"datMod":"2026-05-07","datPublicacion":"2026-05-07"},{"id":1450560,"descripcion":"Anexo V. Ficha renuncia de beca","nombreFic":"ANEXO_V__FICHA_RENUNCIA_DE_LA_BECA_2026.pdf","long":968532,"datMod":"2026-05-07","datPublicacion":"2026-05-07"},{"id":1450552,"descripcion":"Anexo I. Relación de proyectos","nombreFic":"ANEXO I. RELACIÓN PROYECTOS.pdf","long":801615,"datMod":"2026-05-07","datPublicacion":"2026-05-07"},{"id":1450546,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"BASES__BECAS_DE_TRANSICION_A_LA_VIDA_ACTIVA_2026.pdf","long":871509,"datMod":"2026-05-07","datPublicacion":"2026-05-07"},{"id":1450553,"descripcion":"Anexo II. Solicitud","nombreFic":"ANEXO_II__SOLICITUD_BECAS_DE_TRANSICION_A_LA_VIDA_ACTIVA_2026.pdf","long":1080284,"datMod":"2026-05-07","datPublicacion":"2026-05-07"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211203,"titulo":"Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local de 28/04/2026 de aprobación de Bases de Convocatoria de becas para jóvenes \"Transición a la Vida Activa 2026\"","tituloLeng":null,"texto":"<p>OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN</p><p>La presente convocatoria tiene por objeto desarrollar el procedimiento general para la concesión de una beca económica, en concurrencia competitiva, proporcionando prácticas a jóvenes que hayan finalizado sus estudios de Grado Universitario o hayan terminado un Ciclo Formativo de Grado Superior, que sirva como experiencia técnica, dentro de cada uno de los ámbitos profesionales.</p><p>*El número de Becas a conceder son CATORCE (14) para Departamentos del Ayuntamiento con una cuantía de 850,00 €, (de la que se deducirá la retención por IRPF que legalmente corresponda) y que se abonarán una vez finalizadas y justificadas.</p><p> </p><p>DESCRIPCIÓN DE LAS BECAS</p><p>- Prácticas de 240 horas para la realización de trabajos y/o estudios en los distintos Servicios Municipales del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan. El trabajo de la beca no podrá ser utilizado para justificar un trabajo fin de carrera o proyecto.</p><p>- Las prácticas consistirán en un Plan de Trabajo que las personas becarias podrán elegir y cuya temática podrán elegir según su área de conocimiento, de la oferta recogida en el Anexo I de esta convocatoria. La persona encargada de la tutoría hará el seguimiento de la beca.</p><p>- Las becas tendrán una duración de dos meses improrrogables, dentro del periodo comprendido entre julio y noviembre de 2026.</p><p>- Las titulaciones especificadas en el perfil profesional de cada una de las becas tendrán carácter orientativo, pudiendo resultar seleccionado una persona aspirante con titulación distinta a la especificada.</p><p>- Tendrán prioridad las personas que no hayan sido adjudicatarias en anteriores convocatorias. Se podrá obtener un máximo de dos becas, en distinta convocatoria cada una.</p><p>- Todas las becas cuentan con un Plan de Formación obligatorio.</p><p> </p><p>POBLACIÓN BENEFICIARIA Y REQUISITOS MÍNIMOS</p><p>Podrán beneficiarse de las ayudas que se regulan en las presentes bases, las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:</p><p>1. Estar empadronado/a en Alcázar de San Juan, el/la solicitante o sus ascendientes (padre y madre o tutores legales), con una antigüedad mínima de un año.</p><p>2. Nacidos/as a partir del 1 de enero de 1996.</p><p>3. Haber obtenido el Título de Grado Universitario o Titulo de Grado Superior en Formación Profesional con posterioridad al 1 de enero de 2023.</p><p> </p><p>CRÉDITO PRESUPUESTARIO.</p><p>1 Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 23101/48001. Premios y becas: Programa jóvenes por Alcázar del presupuesto del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan 2026.</p><p>2. El importe destinado a esta convocatoria es de 11.900 €.</p><p>3. La concesión de estas subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento en el cual se dicte la resolución de la concesión.</p><p> </p><p>MODELO DE SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR</p><p>Las solicitudes se formalizarán conforme al modelo Anexo II. “Solicitud de Becas para jóvenes. Transición a la Vida Activa”, facilitado por el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan y tendrán que acompañarse de la siguiente documentación:</p><p>- Copia D.N.I.</p><p>- Certificado académico expedido y sellado por la Secretaría de la Universidad o Centro de formación Profesional de las calificaciones, curso por curso, así como  la nota media de su expediente.</p><p>- Título del Ciclo de Grado Superior  posterior al 1 de enero de 2023.</p><p>- Título de Grado Universitario posterior al 1 de enero de 2023.</p><p>- Certificado de Grado de Discapacidad, si procede.</p><p>- Ficha de autobaremación Anexo III</p><p>Se podrán solicitar 2 becas ordenadas según su preferencia de entre la relación de Proyectos ofertados, Anexo I.</p><p> </p><p>PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.</p><p>Las solicitudes se podrán presentar en la Oficina de Registro de este Ayuntamiento, en la Sede Electrónica o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (de ahora en adelante, LPAC).</p><p>El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas objeto de esta convocatoria, será de veinte días naturales a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real.</p><p>La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma, en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real. Así mismo, se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan.</p><p>La presentación de la solicitud implica la autorización expresa de la persona solicitante al Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, a obtener los datos necesarios para determinar el cumplimiento de los requisitos y que estén en poder de alguna Administración Pública y la publicación de los listados necesarios para la información a las personas interesadas de las distintas fases de la convocatoria.</p><p> </p><p>REVISIÓN DE SOLICITUDES Y SUBSANACIÓN DE DEFECTOS</p><p>Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria o no se acompañara de la documentación exigida, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación, enmiende los defectos o acompañe los documentos preceptivos, con la advertencia de que en caso contrario, se le tendrá por cesado en su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el art. 21 de la LPAC que será notificada a la persona interesada.</p><p> </p><p>PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN</p><p>La resolución de concesión será notificada a las personas solicitantes a través de la publicación de los listados provisionales y definitivos en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan.</p><p>Una vez publicados los listados provisionales, se concederá un plazo de tres días naturales para formular alegaciones o reclamaciones. Transcurrido dicho plazo y resueltas, en su caso, las alegaciones y/o reclamaciones, se procederá a la publicación del listado definitivo.</p><p>A la firma de aceptación de la beca, podrá acudir representante acreditado con autorización firmada donde conste el nombre, apellidos y D.N.I. de ambos. La no asistencia al acto de firma de la aceptación de la beca, salvo que acredite por escrito causa de fuerza mayor, supone la renuncia de la misma adjudicándose al primer suplente.</p><p>El plazo máximo para la resolución y notificación será de TRES meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.</p><p>La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ésta con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Ciudad Real, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de los listados definitivos.</p><p>La falsificación de cualquiera de los documentos mencionados o alteración de su contenido original conllevará la pérdida de la beca así como el inicio de los procedimientos administrativos y/o penales que en su caso procedan.</p><p> </p><p>CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES</p><p>Las personas candidatas, baremarán su Solicitud Anexo III, teniendo en cuenta los siguientes criterios:</p><p>A. Expediente académico: La nota media del expediente se valorará siguiendo los parámetros:</p><p>B. Certificado de discapacidad: 1 punto.</p><p>C. Empadronamiento:</p><p> </p><p>SELECCIÓN DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS</p><p>La Comisión de Valoración estará formada por:</p><p>* Presidente/a: Concejal/a de Juventud</p><p>* Secretario/a: Personal administrativo</p><p>* Vocales: 1 Técnico de Servicios Sociales</p><p>Por la Comisión se procederá a la selección de las personas candidatas, de entre todas las solicitudes presentadas. Los resultados se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.</p><p>En el anuncio de adjudicación se indicará la persona seleccionada y suplentes para cada Plan de Trabajo, instando a las personas seleccionadas para que firmen la ficha de aceptación Anexo IV en el plazo de 4 días naturales desde la publicación de los resultados de la selección. Transcurridos esos 4 días sin que la persona becada firme la aceptación de la beca, salvo que acredite causa de fuerza mayor, la beca será adjudicada al primer suplente, y así sucesivamente.</p><p> </p><p>OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.</p><p>1. La aceptación de la beca mediante la firma de la ficha de aceptación compromete a cumplir las condiciones de las presentes bases.</p><p>2. La renuncia de la beca se hará mediante la firma de la ficha de renuncia Anexo V.</p><p>3.  La dedicación a la beca será prioritaria con un mínimo de 240 presenciales e incompatible con el desarrollo de otras actividades dentro del mismo horario y bajo supervisión del tutor/a que dentro de la entidad receptora velará por su formación.</p><p>4. Participarán en las acciones de formación diseñadas en el Plan de Formación y se comprometen a asumir las normas de funcionamiento de la entidad receptora sin exceder la jornada establecida en la misma.</p><p>5.  Al finalizar la beca presentará un informe – memoria  sobre el desarrollo del Plan de Trabajo en el que se especificarán: los resultados; conclusiones; propuestas; metodología aplicada; una descripción pormenorizada del trabajo realizado con el registro de horas/persona empleadas y un resumen técnico sobre en qué ha consistido la beca y qué resultados ha obtenido. El plazo para la presentación del Informe-Memoria, será hasta el 30 de noviembre de 2026.</p><p> </p><p>AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL</p><p>Dado el carácter formativo de estas becas, su realización no establece relación laboral ni contractual alguna entre las personas beneficiarias de las becas y el Ayuntamiento, por lo que el tiempo de la persona becaria en la entidad receptora no computa a efectos de antigüedad en la misma.</p><p> </p><p>INCLUSIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.</p><p>El Ayuntamiento de Alcázar de San Juan formalizará la inclusión de las personas beneficiarias de las becas en el Régimen General de la Seguridad Social, tal y como determina el Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre.</p><p> </p><p>PÉRDIDA DE LA BECA</p><p>Serán causas de pérdida de la Beca:</p><p>- Omitir alguno de los datos fundamentales que se soliciten y pudiera determinar un conocimiento inexacto de las circunstancias del solicitante y/o sus familiares.</p><p>- Disfrutar simultáneamente de cualquier otra beca o ayuda con los mismos fines, cualquiera que sea su procedencia.</p><p>- No firmar la Ficha de Aceptación en el día convocado para ello.</p><p>- No asistir al Centro de Trabajo de la entidad receptora durante el tiempo mínimo establecido necesario para realizar el Plan de Trabajo.</p><p>- Alterar, dañar o perjudicar deliberadamente el normal funcionamiento de la entidad receptora.</p><p>- No respetar las normas de confidencialidad debidas.</p><p>- No cumplir con el trabajo acordado con el /la tutor/a .</p><p>- No entregar el informe- memoria de trabajo o estudio realizado al finalizar la beca (antes del 30 de noviembre de 2026).</p><p>El incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de las Becas en los términos establecidos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones será causa de pérdida total del derecho y de reintegro, en su caso.</p><p> </p><p>CERTIFICACIÓN</p><p>Una vez finalizada la beca, el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan expedirá el Certificado de Beca, especificando el período y el proyecto desarrollado.</p><p> </p><p>ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS.</p><p>- La persona becada deberá contar con la autorización expresa de su tutor/a en la Entidad cuando deba utilizar información o documentación propiedad de ésta, ya sea en original o copia.</p><p>- La persona becada deberá guardar el debido sigilo en relación con los asuntos que conozca en el desarrollo de su trabajo.</p><p>- El Ayuntamiento se reserva el derecho de propiedad intelectual e industrial sobre los trabajos, estudios y resultados generados dentro de la Beca.</p><p> </p><p>PAGO</p><p>El pago de la Beca se realizará una vez finalizado el trabajo, requiriéndose para ello:</p><p>a) Presentación del informe - memoria final del Plan de Trabajo desarrollado en la Beca.</p><p>b) Informe favorable del Tutor/a.</p><p>c) Propuesta de la Jefatura de Servicio de Servicios Sociales con el visto bueno de la Concejalía de Juventud.</p><p>d) Informe de fiscalización de la Intervención.</p><p>e) Resolución de la Alcaldía-Presidencia.</p><p>f) Presentación en la Tesorería Municipal de la Ficha de Terceros.</p><p> </p><p>INFRACCIONES Y SANCIONES</p><p>Las personas perceptoras de Becas con cargo a esta convocatoria, se someten al régimen de infracciones y sanciones tipificadas en el Título IV de la Ley General de Subvenciones. Las sanciones se impondrán sin perjuicio de la obligación de reintegro.</p><p> </p><p>PROTECCIÓN DE DATOS</p><p>Los datos facilitados por las personas solicitantes pasarán a formar parte de un fichero propiedad del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan con el objetivo de gestionar y resolver la concesión de la Beca, de conformidad con lo expuesto en esta convocatoria.</p><p> </p><p>ANEXOS</p><p>Se podrá descargar la Solicitud y relación de proyectos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Catálogo de trámites / Servicios Sociales / Concesión Becas Jóvenes Transición a la Vida Activa 2026).</p>","textoLeng":null,"url":"https://se1.dipucr.es:4443/SIGEM_BuscadorDocsWeb/getDocument.do?entidad=005&doc=7537299","cve":"dBrFtTRYG3iieC/oCU/U","desDiarioOficial":"B.O.P. 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