{"id":1105621,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"CASTILLA-LA MANCHA","nivel3":"VICECONSEJERÍA DE SERVICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"904060","fechaRecepcion":"2026-05-07","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":20549106.13,"mrr":false,"descripcion":"Resolución de 05-05-2026 de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF e IS para 2026.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES","codigo":"R"}],"regiones":[{"descripcion":"ES42 - CASTILLA LA MANCHA"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Orden 137/2023, de 23 de junio, de bases reguladoras de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF e IS","urlBasesReguladoras":"https://docm.jccm.es/docm/eli/es-cm/o/2023/06/23/137","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-05-13","fechaFinSolicitud":"2026-06-02","textInicio":"El día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCM","textFin":"15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el DOCM","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1456774,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"RESOLUCIÓN CONVOCATORIA IRPF 2026_094101.PDF","long":541145,"datMod":"2026-05-19","datPublicacion":"2026-05-19"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211134,"titulo":"Extracto de la Resolución de 05/05/2026, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de Castilla-La Mancha","tituloLeng":null,"texto":"<p></p><p> Primero. Entidades beneficiarias.</p><p> </p><p> Podrán concurrir a la presente convocatoria de subvenciones las entidades previstas en el artículo 4 de la Orden 137/2023, de 23 de junio, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades en el ámbito de Castilla-La Mancha, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la misma.</p><p> </p><p> Segundo. Objeto.</p><p> </p><p> Esta resolución tiene por objeto convocar para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de Castilla-La Mancha.</p><p> </p><p> Tercero. Bases reguladoras.</p><p> </p><p> Orden 137/2023, de 23 de junio, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades en el ámbito de Castilla-La Mancha (D.O.C.M. núm. 124, de 30 de junio de 2023).</p><p> </p><p> Cuarto. Financiación.</p><p> </p><p> 1. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, teniendo la consideración de créditos finalistas destinados exclusivamente para la realización de proyectos de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.</p><p> </p><p> 2. La cuantía total máxima destinada a esta convocatoria es de 20.549.106,13 euros.</p><p> </p><p> 3. El importe máximo individualizado por cada proyecto subvencionado no excederá del establecido para cada línea en la Orden 137/2023, de 23 de junio y se concreta en:</p><p> </p><p> Línea 1.- Inclusión social, voluntariado y participación: El máximo a financiar por proyecto será de 500.000,00 euros.</p><p> Línea 2.- Infancia y familia: El máximo a financiar por proyecto será de 400.000,00 euros.</p><p> Línea 3.- Promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia: El máximo a financiar por proyecto será de 100.000,00 euro s.</p><p> Línea 4.- Apoyo a la inclusión social de las personas con discapacidad y fomento de la accesibilidad a los entornos: El máximo a financiar por proyecto será de 350.000,00 euros.</p><p> Línea 5.- Mejora de la calidad de vida de las personas mayores: El máximo a financiar por proyecto será de 250.000,00 euros.</p><p> Línea 6.- Juventud: El máximo a financiar por proyecto será de 50.000,00 euros.</p><p> Línea 7.- Igualdad de género y prevención de la LGTBI-fobia: El máximo a financiar por proyecto será de 15.000,00 euros.</p><p> Línea 8.- Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud: El máximo a financiar por p royecto será de 100.000,00 euros.</p><p> </p><p> Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.</p><p> </p><p> 1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.</p><p> </p><p> 2. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, y se presentarán de  forma telemática con firma electrónica, a través de modelo habilitado al efecto durante la realización del trámite, en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es).</p><p> </p><p> Junto a la solicitud se presentará la memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante y la del proyecto para el que se solicita la subvención, mediante los anexos I y II respectivamente, que estarán disponibles en la sede electrónica.</p><p> </p><p> 3. En el supuesto de que la entidad solicitante sea una federación, confederación o persona jurídica similar y cuente con una o varias de sus entidades asociadas para efectuar, en nombre y por cuenta de esta, parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención, se presentará, además de la documentación indicada en el apartado 2, una declaración responsable de cada una de ellas mediante el anexo III, disponible en la sede electrónica.</p><p> </p><p> 4. Cuando concurra una agrupación sin personalidad jurídica propia de dos o más entidades se presentará, además de la documentación indicada en el apartado 2, el acuerdo de colaboración de agrupación de entidades mediante el anexo IV, que estará disponible en la sede electrónica. Asimismo, deberán adjuntar el anexo V, disponible en la sede y acreditar el cumplimiento de requisitos, de conformidad con el resuelvo sexto.2.</p><p> </p><p> 5. Podrán presentarse únicamente tres solicitudes por cada línea de subvención, excepto para la Línea 1. Inclusión social, Voluntariado y Participación, a la que podrán presentarse cuatro solicitudes, siempre que se presenten tres con propuestas de inclusión social, a las sublíneas del anexo I comprendidas entre la a) y la i), y una con propuesta de voluntariado y participación, a una sublínea comprendida entre la j) y la n).</p><p> </p><p> Se presentará una única solicitud por cada proyecto a financiar, identificando la línea y sublínea a la que concurre. En el caso que una entidad presente proyectos idénticos o coincidentes a varias líneas y/o sublíneas, quedarán excluidas de la convocatoria todas las solicitudes en las que se dé esta condición.</p><p> </p><p> 6. Los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la citada sede electrónica. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, únicamente serán tenidos en cuenta los documentos presentados en siguiente dirección: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente, correspondi ente al trámite: \"Cómo van mis trámites\" de la sede electrónica. La remisión de toda la documentación que genere el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se realizará de forma telemática.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2026/05/12/pdf/2026_3553.pdf&tipo=rutaDocm","cve":null,"desDiarioOficial":"DOCM. D.O. DE CASTILLA-LA MANCHA","datPublicacion":"2026-05-12"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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