{"id":1105582,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE","nivel3":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"904021","fechaRecepcion":"2026-05-07","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":590000,"mrr":false,"descripcion":"Acuerdo AC0000027810 de 6 de mayo de 2026, del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convocan subvenciones destinadas a la reforma de locales y equipamiento para el comercio minorista, sector restauración y servicios personales, año 2026.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"HOSTELERÍA","codigo":"I"},{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"},{"descripcion":"TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO","codigo":"H"}],"regiones":[{"descripcion":"ES709 - Tenerife"}],"descripcionFinalidad":"Comercio, Turismo y Pymes","descripcionBasesReguladoras":"Bases que han de regir el otorgamiento de subvenciones destinadas a la reforma de locales y equipamiento para el comercio minorista, sector restauración y servicios personales.","urlBasesReguladoras":"https://www.bopsantacruzdetenerife.es/boletines/2026/18-5-26/18-5-26.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-05-19","fechaFinSolicitud":"2026-06-08","textInicio":"Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de S/C de Tenerife.","textFin":"20 DÍAS NATURALES a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de S/C Tf","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1449998,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Acuerdo AC0000027810 BBRRyconv.pdf","long":956518,"datMod":"2026-05-07","datPublicacion":"2026-05-11"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211116,"titulo":"Extracto del Acuerdo AC0000027810 de 6 de mayo de 2026, del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convocan subvenciones para la reforma de locales y equipamiento para el comercio minorista, sector restauración y servicios personales, correspondientes al año 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. - Beneficiarios:</p><p>Personas físicas, bajo la forma jurídica de «Empresario/a Individual» comúnmente denominadas «Trabajador/a Autónomo/a», que reúnan los requisitos establecidos para Microempresas en el Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado (DOUE nº 187, de 26.6.14) para Microempresas.</p><p>Las Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada (SLNE, SL Unipersonal o SL) y Sociedades Civiles que tributen por el impuesto sobre sociedades, siempre y cuando su capital social esté participado al 100% por personas físicas que reúnan los requisitos del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado (DOUE nº 187, de 26.6.14 para ser definidas como Microempresa.</p><p>Las comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades sin personalidad jurídica propia que tributen en la modalidad de atribución de rentas en el IRPF, que reúnan los requisitos del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado (DOUE nº 187, de 26.6.14 para ser definidas como Microempresa.</p><p>Segundo. - Objeto:</p><p>Establecer las normas que han de regir la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a sufragar los gastos derivados de la reforma de locales y de las inversiones en equipamiento, para el comercio minorista, sector restauración y servicios personales de la isla de Tenerife.</p><p>Mediante esta línea de subvenciones se pretende apoyar a autónomos y micropymes de los diferentes sectores en su proceso de modernización, renovación y consolidación empresarial, incrementando con ello su competitividad, financiando actuaciones que impliquen una modernización de los locales comerciales, haciendo hincapié en características como la eficiencia energética, el embellecimiento del local y la adaptación y la eliminación de barreras arquitectónicas, para favorecer el uso de estos servicios por parte de personas con diversidad funcional, así como los gastos derivados de la modernización del mobiliario y rotulación exterior.</p><p>Tercero. - Bases Reguladoras:</p><p>Las Bases reguladoras de la presente convocatoria fueron aprobadas por acuerdo de Consejo de Gobierno Insular celebrado el 6 de mayo de 2026.</p><p>Cuarto. - Cuantía:</p><p>El crédito presupuestario aprobado para esta convocatoria asciende a QUINIENTOS NOVENTA MIL EUROS (590.000,00 €), a imputar a la aplicación presupuestaria correspondiente al ejercicio 2026.</p><p>Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será VEINTE (20) DÍAS NATURALES a computar a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.</p><p>Las solicitudes se formalizarán en el formulario normalizado oficial, específicamente elaborado por el Cabildo Insular de Tenerife, que se encuentra a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta Corporación https://sede.tenerife.es en la sección «Trámites»</p><p>La documentación a presentar junto con la solicitud será la relacionada en el Anexo I de las Bases reguladoras.</p><p>Sexto. – Gastos subvencionables.</p><p>Los descritos en la base reguladora 4ª.</p><p>Séptimo. –Importe de la subvención.</p><p>Los criterios de valoración de estas subvenciones son los especificados en la Base Reguladora 12ª.</p><p>Toda solicitud que alcance el mínimo de 25 puntos podrá recibir una subvención para financiar los gastos subvencionables conforme se establece en la Base 4ª (gastos subvencionables).</p><p>El importe a conceder será del 60% de la inversión subvencionable realizada, con un límite máximo de 10.000,00 € por local.</p><p>En el supuesto de socios o socias integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, si no hubieran presentado una solicitud única en nombre de esa Comunidad de Bienes o Sociedad Civil, en ningún caso la subvención superará este importe máximo para el conjunto de los socios o socias. La subvención por socio o socia será el resultado de aplicar el porcentaje de participación, de cada una de las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, a los 10.000,00 €.</p><p>Octavo. - Abono:</p><p>El pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario de la realización de los gastos para los que se concedió, en los términos establecidos en las presentes Bases y la correspondiente convocatoria.</p><p>Asimismo, no podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o sea deudora por resolución de procedencia de reintegro.</p><p>Noveno. - Plazo de justificación de las subvenciones concedidas:</p><p>Las presentes Bases Reguladoras prevén dos modalidades de justificación diferentes, tal y como se recoge a continuación:</p><p>Modalidad 1 (M1). Cuando los gastos objeto de la subvención se hayan realizado y puedan acreditarse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes (gastos realizados en el periodo indicado en la convocatoria).</p><p> </p><p>Se presentará la documentación justificativa (Anexo I) junto con la solicitud.</p><p> </p><p>Modalidad 2 (M2). Cuando los gastos objeto de la subvención, en su totalidad o solo una parte de los mismos, se materialicen con fecha posterior al plazo de presentación de solicitudes</p><p>Se presentará la solicitud con la documentación necesaria para la concesión, incluyendo en todo caso la documentación que permita indudablemente comprobar el carácter subvencionable de los gastos. Tras el otorgamiento, se procederá a presentar la justificación.</p><p> </p><p>En esta segunda modalidad, se presentará la documentación justificativa dentro del plazo de 3 meses a partir del día siguiente de la fecha otorgamiento de la subvención (teniendo en cuenta que los gastos subvencionables serán desde el 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026).</p><p>Décimo. - Otros datos:</p><p>El plazo máximo para resolver y notificar el presente procedimiento de concesión de subvenciones será de SEIS (6) MESES, contado a partir de la fecha de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.</p><p>La instrucción del procedimiento corresponde a la Jefatura del Servicio Administrativo de Industria, Comercio y Apoyo a la Empresa.</p><p>Las subvenciones que se regulan en estas bases son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos internacionales, siempre y cuando, sumando las cantidades percibidas por ambas subvenciones, ésta no supere el 100% de los gastos subvencionables, excepto con aquellas que pudieran otorgar este Cabildo Insular o entidades dependientes con el mismo fin.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopsantacruzdetenerife.es/boletines/2026/18-5-26/18-5-26.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE SANTA CRUZ DE TENERIFE","datPublicacion":"2026-05-18"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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