{"id":1105446,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"TAUSTE","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE TAUSTE"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"903885","fechaRecepcion":"2026-05-06","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1000,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA DE CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA DE LA PLAZA DE ESPAÑA DE TAUSTE.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS","codigo":"N"}],"regiones":[{"descripcion":"ES243 - Zaragoza"}],"descripcionFinalidad":"Infraestructuras","descripcionBasesReguladoras":"CONVOCATORIA DE CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA DE LA PLAZA DE ESPAÑA DE TAUSTE.","urlBasesReguladoras":"BOPZ","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DÍA SIGUIENTE PUBLICACIÓN BOPZ","textFin":"DOS MESES DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN BOPZ","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1449616,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"20260505_Resolución_RESOLUCION 2026-0898 [RESOLUCIÓN APROBACIÓN BASES CONCURSO REMODELACIÓN PLAZA DE ESPAÑA (TAUSTE)].pdf","long":505972,"datMod":"2026-05-06","datPublicacion":"2026-05-06"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211064,"titulo":"CONVOCATORIA DE CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA DE LA PLAZA DE ESPAÑA DE TAUSTE","tituloLeng":null,"texto":"<p>Extracto de la Resolución 2026-0898, de fecha 6 de mayo de 2026, por la que se convoca el Concurso bajo lema, en dos fases, con intervención de jurado, para la redacción de Proyecto y Dirección de obra para la Reforma de la Plaza de España de Tauste.</p><p> </p><p> </p><p>1. - OBJETO DEL CONCURSO Y RÉGIMEN JURÍDICO.</p><p>1.1 Las presentes Bases tienen por objeto establecer la regulación de las condiciones que regirán el Concurso de proyectos, con intervención de Jurado, en dos fases, con el fin de seleccionar la mejor propuesta atendiendo a la calidad arquitectónica y sus valores técnicos, funcionales, espaciales, culturales y medioambientales; así como su viabilidad técnica, económica y constructiva; y así se valore por el Jurado.</p><p>La finalidad  es, por tanto,  seleccionar por el jurado  la mejor  y más idónea propuesta  para redactar el proyecto básico y de ejecución, estudio de seguridad y salud, así como la dirección de las obras y la coordinación de seguridad y salud: “PARA LA REFORMA INTEGRAL DE LA PLAZA DE ESPAÑA DE TAUSTE”, con un programa  que permita  la funcionabilidad urbanística (circulación de vehículos, espacios reservados a parking,  y tránsito de peatones) en combinación con una estética adecuada al espacio que representa (núcleo central del pueblo)..</p><p>1.2 El concurso se convoca, en lo que resulte de aplicación, conforme a las normas del procedimiento de Concurso de proyectos, en los términos previstos en el artículo 183 de la LCSP, supuesto comprendido en su apartado 2. a), modalidad “Concursos de proyectos organizados en el marco de un procedimiento de adjudicación de un contrato de servicios, en los que eventualmente se podrán conceder premios o pagos. El contrato de servicios que resulte del concurso de proyectos además también podrá tener por objeto la dirección facultativa de las obras correspondientes, siempre y cuando así se indique en el anuncio de licitación del concurso”.</p><p>Por tanto, y sin perjuicio de los premios que se establecen, al concursante que sea declarado ganador según lo dispuesto   en estas Bases, el órgano de contratación tiene previsto adjudicarle el contrato de servicios de redacción del Proyecto Básico, Proyecto de Ejecución, Seguridad y Salud (estudio y coordinación), Dirección Facultativa y demás trabajos complementarios necesarios para para dar cumplimiento al programa de necesidades contenido en el Anexo técnico.</p><p>1.3 El contrato se rige por las presentes Bases y su Anexo técnico, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.</p><p>En lo no regulado por estas Bases se le aplicará al presente concurso de proyectos, en todo aquello que resultare de aplicación, las normas y disposiciones reguladoras de la contratación de servicios, según las previsiones de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del</p><p>Sector Público (LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, así como al Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real decreto 1098/2001, (en adelante RGLCAP), modificado parcialmente por el RD 773/2015 de 28 de agosto, en la parte que no se oponga a los anteriores textos normativos y en tanto continúe vigente.</p><p> </p><p>1.4 El contrato que será objeto de adjudicación como consecuencia de este concurso de proyectos es un contrato de servicios de Arquitectura y por tanto tiene la naturaleza de prestaciones de carácter intelectual a los efectos de aplicación de las previsiones contenidas en la LCSP, teniendo en cuenta además que, por la documentación técnica requerida y metodología de trabajo, conllevan una labor claramente intelectual.</p><p>1.5.-A los efectos del presente concurso, el órgano de contratación ostenta todas las prerrogativas y potestades establecidas en el artículo 190 de LCSP.</p><p>2.- PARTICIPANTES, INCOMPATIBILIDADES Y DEBER DE ABSTENCIÓN.</p><p>2.1 El concurso tiene ámbito nacional y los participantes podrán presentarse a título individual o en equipo siendo, en todo caso, el representante del mismo un Arquitecto/a colegiado/a en un Colegio Oficial de Arquitectos de España.</p><p>2.2 Se establecen como causas de incompatibilidad del presente concurso, y, por tanto, no podrán participar en el mismo:</p><p>a)   Miembros que formen parte del Jurado calificador del presente concurso, así como aquellos que hayan participado y/o colaborado en la redacción de las presentes Bases.</p><p>b) Aquellos arquitectos/as colegiados/as que tengan algún vínculo, en primer grado por consanguinidad o afinidad, con los miembros referidos en el apartado a).</p><p>c)  Aquellos/as arquitecto/as colegiados/as que tengan una cuestión litigiosa ante los tribunales pendiente con la entidad convocante.</p><p>d) Aquellos/as arquitecto/as colegiados/as que estén ligados por una relación profesional, mercantil y/o laboral, con cualquiera de los miembros señalados en el apartado a) de la presente cláusula.</p><p>e) Aquellos/as arquitectos/as colegiados/as que estén incursos en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de LCSP.</p><p>2.3 Ningún participante en el presente concurso podrá establecer ningún tipo de relación profesional con los miembros del Jurado durante el periodo de celebración del concurso.</p><p>2.4 En el supuesto de que alguno de los participantes en el concurso o de los integrantes del equipo ostente la condición de funcionario, deberán presentar autorización de compatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales fuera de las Administraciones públicas, ajustándose a la normativa sobre incompatibilidades aplicable.</p><p>3.- PROGRAMA DE NECESIDADES.</p><p>Las propuestas cuidarán la sostenibilidad y la eficiencia energética.</p><p>4.- DOCUMENTACIÓN Y ANONIMATO.</p><p>La presentación de la documentación requerida para el presente concurso se realizará únicamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Tauste.</p><p>Toda propuesta presentada a través de cualquier otro medio, cauce o canal fuera del medio habilitado para tal fin (referido anteriormente) quedará inmediatamente excluida.</p><p>La presentación de las proposiciones presume la aceptación por el participante de la totalidad del contenido de estas Bases.</p><p>El órgano de contratación no asumirá responsabilidad alguna que pueda deducirse por reclamaciones   de indemnización por   daños   o derivadas   de defectos   técnicos   en la presentación de las proposiciones.</p><p>DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:</p><p>La documentación a presentar constará de un documento de SOLICITUD, MODELO que se descargará de la página web del Ayuntamiento, DOCUMENTACIÓN GRÁFICA, MEMORIA Y PRESUPUESTO.</p><p>SOLICITUD</p><p>En la que constarán los datos de identificación del participante, datos de contacto, y el lema de trabajo con el que se presenta (y con el que se identificarán los trabajos ante el Jurado del concurso, para garantizar el anonimato de los mismos).</p><p>DOCUMENTACIÓN GRÁFICA:</p><p>La documentación gráfica se presentará en soporte digital identificado con el nombre del lema del trabajo, en un único archivo en formato PDF y tamaño A3, de hasta 2 hojas como máximo, y 20 megas como máximo.</p><p> </p><p>Este archivo deberá reflejar la planta, alzado, perspectiva y cuantos detalles se estimen convenientes a los efectos de definir, claramente, la idea que se propone.</p><p>La representación será libre, pudiéndose utilizar las técnicas de grafismo y expresión que se deseen.</p><p>En el ángulo superior derecho de todas las hojas que conformen el documento se expresará únicamente el lema del trabajo, para garantizar el anonimato de las propuestas.</p><p>En el ángulo inferior derecho de todos los documentos se expresará el Presupuesto Estimado de Ejecución Material de la Actuación.</p><p>MEMORIA:</p><p>Se presentará en un único archivo identificado únicamente con el nombre del lema del trabajo en formato PDF y tamaño A4, de hasta 10 páginas como máximo.</p><p>Deberá incorporar en el ángulo superior derecho de todas las hojas que conformen el documento el lema del trabajo.</p><p>PRESUPUESTO:</p><p>El Presupuesto se presentará en soporte digital, identificado únicamente con el nombre del lema del trabajo, en un único archivo en formato PDF y tamaño A4, de hasta 4 páginas como máximo, que Deberá incorporar en el ángulo superior derecho de todas las hojas que conformen el documento el lema del trabajo.</p><p> </p><p>Se justificará un Presupuesto Estimado (a criterio del concursante) de Ejecución Material de las obras (sin incluir gastos generales, beneficio industrial, ni impuestos).</p><p>Deberá incluir, un resumen de capítulos y subcapítulos, que exprese de manera clara los trabajos   generales a realizar   y el mobiliario a incorporar, así como   una explicación aproximativa a la ejecución de los capítulos y subcapítulos, preferiblemente describiendo oficios e instalaciones.</p><p> </p><p>ANONIMATO DE LAS PROPUESTAS</p><p>El jurado únicamente tendrá acceso a la DOCUMENTACIÓN GRÁFICA, MEMORIA Y PRESUPUESTO, presentada por los participantes, identificada únicamente por el lema con el que presentan su trabajo.</p><p>Al expediente instructor de este procedimiento únicamente tendrá acceso el/la Agente de Empleo y Desarrollo Local, que será el/la encargado/a de trasladar la documentación a valorar al Jurado.</p><p>Así mismo, los concursantes se comprometen, por el mero hecho de presentar sus proposiciones, a no divulgar la misma en ningún medio, por sí o por medio de cualquiera de los miembros del equipo con el que concurra al presente concurso, antes de la resolución del presente concurso por el órgano de contratación, para garantizar el anonimato y preservar la objetividad del concurso. El incumplimiento de este compromiso determinará la inmediata exclusión de la propuesta.</p><p> </p><p>Los participantes no podrán   mantener comunicaciones   referentes   al concurso con los miembros del Jurado ni con el órgano de contratación. Serán excluidas las propuestas que vulneren esta condición.</p><p>Asimismo, serán excluidas aquellas propuestas en las que se constate que se ha producido cualquier alteración, manipulación, tergiversación o cualquier otra actuación de las que se pudiera desprender, directa o indirectamente, la identidad de sus autores, vulnerando el anonimato.</p><p>5.- PLAZOS.</p><p>Los períodos y el procedimiento del concurso, serán los siguientes:</p><p>a) El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el BOPZ.</p><p>b)  El plazo de presentación de propuestas será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de las Bases en el BOPZ.</p><p>Finalizado dicho plazo y previo examen de los trabajos, a los efectos de cumplimiento de plazos, programas, normas de presentación y anonimato, se redactará un informe por el órgano de contratación con propuesta de exclusión de los trabajos que presenten anomalías, especificadas e individualizadas, que justifiquen tal decisión de exclusión.</p><p>6.- CONSULTAS Y DOCUMENTACIÓN.</p><p>INFORMACIÓN Y CONSULTAS</p><p>En cualquier momento desde la fecha de la Convocatoria y hasta la finalización del plazo para presentar las propuestas, los participantes podrán realizar las consultas que consideren necesarias para la obtención de información o aclaración para el desarrollo del proyecto en el correo electrónico medioambiente@tauste.es.</p><p> </p><p> </p><p>7- FASES DEL CONCURSO.</p><p>El presente concurso se desarrollará en 2 FASES:</p><p>1.- En la primera fase, podrán presentarse todos aquellos arquitectos/as colegiados/as interesados que no incurran en causa de incompatibilidad o exclusión establecidas en las</p><p>presentes Bases, y entre los cuales se efectuará una selección por el Jurado con respecto a las propuestas presentadas acerca del objeto del concurso.</p><p> </p><p>El Jurado seleccionará a 3 participantes identificados bajo Lema en función de las propuestas presentadas y conforme a los criterios de valoración establecidos en las presentes Bases.</p><p>Una vez seleccionados, se les invitará a participar en la Segunda fase del presente concurso.</p><p>2.- En la segunda fase, se invitará a los tres participantes seleccionados a una presentación oral, de forma presencial, de su propuesta, ante el órgano de contratación, para responder a problemas interpretativos de carácter técnico referidos exclusivamente al contenido y características de las propuestas seleccionadas, sin hacer referencia o alusión en ningún caso a las condiciones subjetivas de los participantes.</p><p>El órgano de contratación valorará las propuestas seleccionadas conforme a los criterios de valoración establecidos en las presentes Bases.</p><p>8. - JURADO.</p><p>El Jurado estará compuesto por:</p><p>- Presidente:</p><p> El Alcalde del Ayuntamiento de Tauste.</p><p>-Técnicos:</p><p>El arquitecto municipal.</p><p>Un arquitecto/a colegiado/a, sin interés directo o indirecto en la resolución final del concurso, que será nombrado por el Ayuntamiento de Tauste. </p><p>El Secretario General del Ayuntamiento de Tauste, estará presente en la labor de asistencia jurídica, sin ser miembro del Jurado, no tendrá ni voz ni voto.</p><p>Los miembros del Jurado actuarán con voz y voto. Todas las decisiones se adoptarán por mayoría simple de votos.</p><p>Constituido el Jurado, se procederá a resolver motivadamente sobre la admisión definitiva de los trabajos, así como sobre las incidencias que pudieran presentarse sobre las incompatibilidades, exclusiones y otras, levantándose sobre todo ello la correspondiente acta.</p><p>El jurado podrá reunirse y celebrar sus sesiones a distancia y de forma telemática, si así lo estimara conveniente, adoptando las garantías precisas en cuanto a la acreditación de</p><p>identidad de sus miembros, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 40/ 2015 de</p><p>1 de octubre.</p><p>Las decisiones del Jurado serán firmes, irrevocables e inapelables.</p><p> </p><p> </p><p>9.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.</p><p>Para efectuar la selección de las propuestas en la Primera fase y la elección del ganador en la Segunda fase, se tendrán   en cuenta los siguientes criterios, todos ellos de valoración cualitativa:</p><p>1ª Adecuación de la Propuesta al Programa de necesidades, con especial atención a la ordenación urbana, viaria, usos culturales y de festejos, y estética.</p><p>2º Adecuación real de la propuesta al presupuesto, detallado por partidas y oficios.</p><p>3º La calidad arquitectónica de la propuesta, con especial referencia a los aspectos de sostenibilidad y eficiencia energética.</p><p>10.- RESOLUCIÓN DEL CONCURSO.</p><p>10.1 El Jurado se constituirá dentro de los 15 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de las propuestas y, en su constitución deberán estar presentes, al menos, la mitad más uno de sus miembros, para que sean válidos los acuerdos que se adopten, debiéndose proceder a la selección de las 3 propuestas finalistas.</p><p>Esta selección referida en el párrafo anterior indicará, por su lema (alfanumérico), cuáles son las tres propuestas finalistas, y menciones en su caso. El Jurado podrá emitir, así mismo, si así lo estima conveniente, un pronunciamiento sobre las propuestas excluídas, con el correspondiente razonamiento jurídico que lo sustente.</p><p>Una vez que el Jurado haya adoptado esta decisión, se dará traslado de la misma al órgano de contratación, junto con el acta que recoja las motivaciones de la decisión adoptada.</p><p>10.2 Por el órgano de contratación se comunicará a los finalistas la decisión del jurado, y se les invitará a una exposición oral de su propuesta, de forma presencial, conforme a la segunda fase de desarrollo del presente concurso, especificada en el apartado “FASES DEL CONCURSO”.</p><p>Las presentaciones se harán ante el órgano de contratación, el cual estará asistido por el jurado o, al menos por:</p><p>-             El Secretario General del Ayuntamiento de Tauste.</p><p>-             El arquitecto Municipal.</p><p>10.3 El órgano de contratación adoptará   la Resolución de adjudicación   del concurso, motivando la elección del ganador.  Esta Resolución se comunicará al adjudicatario y a los otros dos finalistas.</p><p>Una vez adjudicado el concurso, se procederá a su exposición pública en la página web del</p><p>AYUNTAMIENTO.</p><p> </p><p>11.- PREMIOS.</p><p>11.1 El presente concurso contempla el pago de una contraprestación económica al ganador en concepto de gasto de elaboración de propuesta y entrega de las misma y su puesta a disposición del órgano de contratación, con arreglo a:</p><p>•             PREMIO (GANADOR)</p><p>1.000 euros y el encargo profesional del proyecto y dirección de obra.</p><p> </p><p>12.- ENTREGA DE PREMIOS Y EXPOSICIÓN DE LOS TRABAJOS.</p><p>12.1 La concesión efectiva del premio quedará condicionada a que se haya incluído la preceptiva documentación y que ésta sea correcta y demuestre fehacientemente la capacidad para contratar de conformidad con lo establecido en LCSP y demás requisitos establecidos en las presentes Bases.</p><p>12.2 El órgano de contratación podrá realizar la exposición que considere oportuna a través de exposiciones y publicaciones de todo o parte de los trabajos presentados al concurso.</p><p>13.- CONTRATACIÓN POSTERIOR DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN Y DIRECCIÓN DE OBRAS.</p><p>13.1 EL órgano de contratación adjudicará el contrato de redacción de proyecto y dirección de   las obras   para   la “REFORMA INTEGRAL DE LA PLAZA DE ESPAÑA DEL MUNICIPIO DE TAUSTE”, de acuerdo con el ganador del concurso, incluyendo las modificaciones necesarias para garantizar su viabilidad y funcionalidad de la reforma proyectada, de conformidad con lo previsto en el apartado siguiente.</p><p>El ganador del concurso y adjudicatario posterior del contrato de redacción de proyecto y dirección de obra no podrá ceder ni subcontratar los trabajos objeto del contrato.</p><p>13.2 El órgano de contratación podrá sugerir al adjudicatario variaciones a la idea ganadora del concurso, de detalle y/o programáticas que pudieran ser precisas en función de las necesidades y objetivos que, en el momento de la contratación, a juicio del órgano de contratación, se requieran por razones técnicas, económicas, organizativas o de otro tipo, siempre que tales variaciones no alteren sustancialmente la idea ganadora.  Igualmente, el órgano de contratación podrá proponer al ganador del concurso que introduzca   en la propuesta ganadora cambios parciales y mejoras que no alteren la idea sustancial de la propuesta con la finalidad de mejorar y optimizar la distribución de espacios o usos; o los materiales empleados, entre otras mejoras similares.</p><p>La no aceptación por el adjudicatario de las variaciones establecidas por el órgano de contratación dará lugar a la resolución del contrato.  El ganador del concurso y adjudicatario posterior del contrato de redacción de proyecto y dirección de obra no podrá ceder ni subcontratar los trabajos objeto del contrato.</p><p>13.3 Para la formalización del contrato, por   el órgano   de contratación se exigirá al adjudicatario la acreditación de la suscripción de la correspondiente Póliza de Seguros de responsabilidad civil que cubra daños por un valor mínimo   de 200.000 euros.  Sin la acreditación fehaciente del cumplimiento de este requisito por el adjudicatario, no podrá formalizarse el contrato de redacción de proyecto y dirección de obras referido.</p><p>13.4 PLAZOS ESTIMADOS: El plazo máximo que se establece para la redacción del Proyecto Básico y de Ejecución, Estudio de Seguridad y Salud, será de 2 meses contados desde la firma del contrato.</p><p>El plazo máximo estimado por el órgano de contratación para ejecución de las obras es de 6 meses, contados desde el día de la firma del acta de comprobación del replanteo de obras que</p><p>se realice en su momento y teniendo en cuenta la naturaleza y los trabajos profesionales que se contraten.</p><p>En todo caso, los plazos señalados se establecen con carácter estimativo y en consecuencia han de fijarse teniendo en cuenta el objeto del contrato y la documentación técnica requerida.</p><p>14.- EQUIPO COMPONENTE DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA.</p><p>14.1 Dentro del equipo mínimo necesario para la asistencia técnica descrito en el apartado anterior, el adjudicatario del contrato para la Dirección Facultativa de las obras designará para tal fin, como mínimo, a los siguientes profesionales:</p><p>-             1 responsable de la dirección de obra, con titulación de Arquitecto.  Será el director de obra, e interlocutor directo con el órgano de contratación.</p><p>-             1 responsable de seguridad y salud, para asumir la coordinación de seguridad y salud en la obra.</p><p>Las personas físicas o jurídicas que se designen como colaboradores, en caso de asumir funciones y responsabilidades concretas en la Dirección Facultativa de las Obras, serán designados para tal fin y deberán poseer la competencia necesaria, para, de acuerdo con la normativa aplicable que le afecte, asumir la parte correspondiente al trabajo encargado. Los facultativos tendrán siempre la titulación de Arquitecto.</p><p>14.2 Obligaciones de los componentes de la Dirección Facultativa.</p><p>Las obligaciones   y responsabilidades de los diferentes   componentes de la dirección facultativa de la obra se corresponderán con las reflejadas en la normativa vigente al respecto.</p><p>El órgano de contratación podrá reclamar del adjudicatario el cumplimiento del contrato en los términos del mismo, cuando su ejecución no sea conforme con las presentes bases o se incumpla   la normativa aplicable.   El adjudicatario estará   facultado   para   efectuar las actuaciones precisas en orden a la ejecución adecuada del contrato, incluyendo la sustitución de cualquier miembro del equipo técnico.</p><p>15.- PROPIEDAD INTELECTUAL.</p><p>La propiedad intelectual de los trabajos presentados corresponderá a sus autores.</p><p>16.- CONFIDENCIALIDAD.</p><p>16.1.- Los participantes en el presente concurso deberán respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión del concurso en general. No podrá, sin previa   autorización escrita del órgano   de contratación, publicar   noticias, dibujos   y/o fotografías de las obras objeto del concurso, ni autorizar a terceros su publicación.</p><p>16.2.- En cuanto al deber de confidencialidad del órgano de contratación, no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores, que hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta, afectando a secretos técnicos o comerciales y otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia.  Únicamente podrá extenderse a los documentos relativos que tengan una difusión restringida, nunca podrá   extenderse   a todo   el contenido de la oferta   ni al contenido de informes y documentación y en ningún caso, a documentos que sean públicamente accesibles, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.1 de la LCSP.</p><p> </p><p> </p><p>17.- PROTECCIÓN DE DATOS.</p><p>17.1.- Sin perjuicio  de lo establecido  en el artículo  28.2 del Reglamento  (UE) 2016/679  del Parlamento  Europeo  y del Consejo, de 27 de abril  de 2016, relativo  a la protección  de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, al requerir la ejecución del concurso y del contrato que ulteriormente derive de aquel, el tratamiento por el adjudicatario de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, se establece lo siguiente:</p><p>a) Los datos se cederán únicamente para la ejecución, tanto del concurso como del ulterior contrato que derive de aquel y para el cumplimiento de todas las prestaciones y obligaciones correspondientes. Asimismo, se cederán dichos datos, al objeto de la publicidad de las convocatorias y sus resultados y la publicación, difusión y exposición de los trabajos.</p><p>b) La obligación del ganador del concurso y adjudicatario del contrato de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202.</p><p>C)La obligación de la empresa adjudicataria de presentar   antes de la formalización del contrato una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos.</p><p>d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra c) anterior.</p><p>e) La obligación de los licitadores de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido</p><p>por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.</p><p>17.2.- Las obligaciones anteriormente reseñadas, se califican como esenciales, a los efectos de lo previsto en letra f), del apartado 1, del artículo 211 de la LCSP.</p><p>17.3.- En lo demás, se estará al régimen de protección de datos contenido en el Reglamento</p><p>(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y Ley Orgánica</p><p>3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.</p><p> </p><p> (MODELO SOLICITUD se encuentra en la web del Ayuntamiento de Tauste)                                                   </p>","textoLeng":null,"url":"https://boletin.dpz.es/BOPZ/obtenerContenidoEdicto.do?idEdicto=892860&numBop=106","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. 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