{"id":1105297,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CHICLANA DE LA FRONTERA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"903736","fechaRecepcion":"2026-05-06","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":85700,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS EN MATERIA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA HUMANITARIA 2026.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Prestación de servicios a la comunidad en general","codigo":"84.2"}],"regiones":[{"descripcion":"ES61 - ANDALUCIA"}],"descripcionFinalidad":"Cooperación internacional para el desarrollo y cultural","descripcionBasesReguladoras":"ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA.","urlBasesReguladoras":"http://www.chiclana.es","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Día siguiente al de su publicación en el BOP de Cádiz","textFin":"30 días naturales desde el siguiente al de su publicación en el BOP de Cádiz","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1449301,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"CSV-CERTIFICADO ACUERDO JGL COOP 2026.pdf","long":488136,"datMod":"2026-05-06","datPublicacion":"2026-05-06"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211022,"titulo":"Extracto del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, el 30 de abril de 2026, relativo a la aprobación de la Convocatoria Pública de Subvenciones a Proyectos en Materia de Cooperación para el Desarrollo y Ayuda Humanitaria, correspondiente al ejercicio 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>\tDe conformidad a lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria Pública de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo y Ayuda Humanitaria del ejercicio 2026.   </p><p>\t\t</p><p>\tPrimero. Entidades beneficiarias.</p><p>Podrán acceder a la subvención aquellas organizaciones y entidades solicitantes que, además de cumplir los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, reúnan los requisitos específicos previstos en la presente convocatoria. \t</p><p></p><p>\tSegundo. Objeto.</p><p>El objeto de la presente convocatoria es la de regular la concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo y de Ayuda Humanitaria, en régimen de concurrencia competitiva. </p><p>El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, ante la demanda de Organizaciones no Gubernamentales para el  Desarrollo (ONGD), y en virtud a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, que reconoce el papel fundamental de los Entes Locales en el sistema de la cooperación española para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, reafirma su compromiso con los países en desarrollo. </p><p>Este Ayuntamiento destina, presupuesto para financiar proyectos de  Cooperación para el Desarrollo y Ayuda Humanitaria, con el objetivo de contribuir a que dichos países y sus sociedades avancen hacia un desarrollo sostenible que mejore la vida de todas las personas, mediante la lucha contra la pobreza y las desigualdades en todas sus dimensiones, sin dejar a nadie atrás. En el marco de la presente convocatoria se prestará especial atención a las personas más desfavorecidas, excluidas o en situación de vulnerabilidad, en particular a la infancia, adolescencia y juventud, personas mayores, personas con discapacidad, personas desplazadas y refugiadas, así como a aquellas que puedan sufrir discriminación o violencia por razones de sexo, origen nacional o étnico, cultura, orientación o identidad sexual y de género, características sexuales, discapacidad u otras circunstancias personales o sociales. Los proyectos deberán incorporar de manera transversal la perspectiva de género y el enfoque interseccional, así como un enfoque basado en los derechos humanos.</p><p>Este Ayuntamiento considera necesario continuar el apoyo a cuantas acciones tienen por finalidad contribuir a la erradicación de la pobreza y la reducción de desigualdades, promoviendo el desarrollo humano, social, cultural y económico sostenible de los grupos humanos, comunidades y países en desarrollo, y por otro lado, la de regular la concesión de subvenciones en materia de ayudas humanitarias, esto es, aquellas intervenciones que tienen como objetivo proteger y salvar vidas, prevenir y aliviar el sufrimiento humano, resguardar y restablecer los derechos y la dignidad de las personas afectadas por crisis de origen físico-natural o climático o provocadas por la acción humana, sobrevenidas en el tiempo, y garantizar la protección en el futuro de dicha población. </p><p></p><p>\tTercero. Convocatoria. </p><p>\tLa presente convocatoria tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones que el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera otorga a través de la Delegación de Cooperación Internacional, para la realización de proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo y Ayuda Humanitaria.</p><p>La convocatoria estará sujeta  a las obligaciones derivadas del RD 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas,  y la resolución de 15 de junio de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establece el proceso de registro y publicación de convocatorias en el Sistema  Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.</p><p>La BDNS, una vez haya puesto el extracto de la convocatoria a disposición del  Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, ofrecerá en su  calidad de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas toda la información referente a la convocatoria.</p><p></p><p>El texto completo de la convocatoria puede consultarse en (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias?organos=1692&tipoAdmon=L) así como en el Portal de Transparencia,  en la página web  https://www.chiclana.es/areas-municipales/bienestar-e-igualdad/cooperacion-internacional/convocatorias-de-subvenciones y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.</p><p></p><p>\tCuarto. Cuantía. </p><p>\tEl Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera destinará a estos efectos la cantidad OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS EUROS (85.700€), distribuida de la siguiente forma:</p><p>    1. La cantidad de hasta SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS EUROS (75.200€), correspondiente a la línea de subvención de proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo.</p><p>    2. La cantidad de hasta DIEZ MIL QUINIENTOS EUROS (10.500€), correspondiente a la línea de subvención de proyectos en materia de Ayuda Humanitaria. </p><p></p><p>\tQuinto. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes. </p><p>\tEl plazo de presentación será de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.</p><p>Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo normalizado de formulario que figura como (Anexo I) a esta convocatoria debidamente cumplimentado en todos sus apartados, suscrito por la persona que ostente la representación legal de la entidad. </p><p>Las solicitudes y la documentación exigida  deberán  presentarse de forma electrónica, bien a través de la ventanilla virtual  de  este  Ayuntamiento,  trámite “Solicitud de Subvención” https://ventanillavirtual.chiclana.es/web/fichaAsunto.do?opcion=0&op=25&entidad=CHICLANA&idioma=1&asas_ide_asu=3787 o bien por otro  medio electrónico, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 16, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p></p><p>\tSexto. Otros datos. </p><p>\tLas solicitudes deberán presentarse acompañadas de la documentación y de los anexos debidamente cumplimentados que se incluyen en la presente convocatoria. </p><p>Cada organización o entidad podrá presentar un máximo de dos solicitudes por cada una de las líneas de la presente convocatoria. </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopcadiz.es/export/sites/default/.boletines_pdf/2026/05_mayo/BOP092_18-05-26.pdf#page=9","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE CÁDIZ","datPublicacion":"2026-05-18"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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