{"id":1104896,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE","nivel3":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE"},"sedeElectronica":"https://sede.tenerife.es/es/","codigoBDNS":"903335","fechaRecepcion":"2026-05-05","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":2000000,"mrr":false,"descripcion":"Acuerdo del 23/04/2026 del Consejo de Gobierno Insular por el que se convoca Subv. para contratación de doctores y doctoras para la realización de proyectos de prueba de alto potencial económico y transferencia de conocimiento, denominada \"Talentum Plus\".","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES709 - Tenerife"}],"descripcionFinalidad":"Investigación, desarrollo e innovación","descripcionBasesReguladoras":"Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones","urlBasesReguladoras":"https://www.bopsantacruzdetenerife.es/bopsc2/index.php","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-05-07","fechaFinSolicitud":"2026-06-04","textInicio":"A partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial","textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1461975,"descripcion":"Resolución R0000127269 Modificación de las bases que regirán el otorgamiento de la subvención para la contratación de doctores y doctoras para la realización de proyectos de prueba de concepto de alto potencial económico y transferencia de conocimiento, e","nombreFic":"R0000127269 Modificación de las bases que regirán el otorgamiento de la subvención para la contratación de doctores y doctoras para la realización de proyectos de prueba de concepto de alto potencial económico y transferen.pdf","long":463112,"datMod":"2026-05-26","datPublicacion":"2026-05-26"},{"id":1451084,"descripcion":"AC0000027719_Aprobacion_de_las_bases_y_de_la_convocatoria_que_regiran_el_otorgamiento_de_la_subvencion_para_la_contratacion_de_doctores_y_doctoras_para_la_realizacion_de_proyec","nombreFic":"AC0000027719_Aprobacion_de_las_bases_y_de_la_convocatoria_que_regiran_el_otorgamiento_de_la_subvencion_para_la_contratacion_de_doctores_y_doctoras_para_la_realizacion_de_proyec.pdf","long":1056071,"datMod":"2026-05-08","datPublicacion":"2026-05-08"},{"id":1447927,"descripcion":"Convocatoria BDNS","nombreFic":"Convocatoria_BDNS (2).pdf","long":358095,"datMod":"2026-05-05","datPublicacion":"2026-05-08"},{"id":1447923,"descripcion":"Bases Reguladoras subv Talentum Plus","nombreFic":"Bases_Reguladoras_subv_Talentum_Plus_desp_Interv (4).pdf","long":693499,"datMod":"2026-05-05","datPublicacion":"2026-05-08"},{"id":1447912,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"AC0000027719_Aprobacion_de_las_bases_y_de_la_convocatoria_que_regiran_el_otorgamiento_de_la_subvencion_para_la_contratacion_de_doctores_y_doctoras_para_la_realizacion_de_proyec (4).pdf","long":1056071,"datMod":"2026-05-05","datPublicacion":"2026-05-08"},{"id":1447916,"descripcion":"08-04-26_Subvenc_Transf_concedida","nombreFic":"08-04-26_Subvenc_Transf_concedida.pdf","long":119669,"datMod":"2026-05-05","datPublicacion":"2026-05-08"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211237,"titulo":"Extracto del Acuerdo del 22 de abril de 2026, del Consejo de Gobierno Insular del EXcmo. 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Cabildo Insular de Tenerife, por el que se aprueba la convocatoria de línea de subvención para la subvención para la contratación y formación de doctores y doctoras para la realización de proyectos de prueba de concepto de alto potencial económico y transferencia de conocimiento, en el marco del Plan Director de Innovación de Tenerife (PDI), denominada “TALENTUM PLUS”</p><p>Primero.- Objeto y finalidad.</p><p>Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir el otorgamiento de la subvención para la suscripción de contratos de doctores y doctoras para la ejecución de proyectos de prueba de concepto en el marco del vigente Plan Director de Innovación de Tenerife (en adelante, PDI), aprobado por el Consejo de Gobierno Insular el 27/11/2024.</p><p>La finalidad de estas subvenciones es promover el talento local mediante la contratación de jóvenes investigadores e investigadoras postdoctorales que impulsen, en el seno de grupos de investigación existentes, proyectos de prueba de concepto orientados a la valorización, validación, transferencia y comercialización de resultados de investigación previos, que posean un alto potencial para generar actividad económica real en sectores estratégicos para la isla de Tenerife. Los proyectos seleccionados deberán promover la transferencia de conocimiento a la industria y facilitar la colaboración público-privada en áreas clave para el desarrollo económico, impulsando el progreso científico y tecnológico de la isla de Tenerife en los sectores prioritarios establecidos en el PDI, con especial interés en los siguientes:</p><p>Sector aeroespacial: Proyectos relacionados con satélites, observación espacial y tratamiento de imágenes, telecomunicaciones y astronáutica.</p><p>Sector de las tecnologías de la información e inteligencia artificial: Proyectos de aplicación de IA, análisis de datos masivos, computación avanzada, conectividad, aprendizaje automático y sus aplicaciones industriales.</p><p>Sector de economía azul y sostenibilidad: Proyectos de investigación aplicada a la economía marina, gestión de los recursos costeros y sostenibilidad ecológica</p><p>Sector energético: Investigación aplicada en fuentes de energía renovable, especialmente geotermia, energía solar, eólica y otras tecnologías sostenibles.</p><p>Sector sanitario y biotecnológico: Proyectos enfocados en investigación biomédica, tecnologías de la salud, agroalimentación, bioeconomía y biotecnología.</p><p>Así mismo, esta subvención también tendrá como finalidad acelerar la llegada al mercado, a la industria y a la sociedad en general de dichos resultados, reduciendo incertidumbres técnicas, comerciales o de adopción, y promoviendo la colaboración con entidades usuarias finales, incluido el tejido empresarial local.</p><p>Para que los proyectos sean subvencionables, su vinculación con los sectores prioritarios deberá ser nítida y directa. Cualquier controversia será interpretada por la entidad encargada de la valoración, que se propone más adelante en este informe, atendiendo al espíritu del PDI, no sólo a la literalidad de la letra.</p><p>Los proyectos no podrán estar orientados a la continuación de la investigación pura en una línea de trabajo o proyecto que ya se encuentre en marcha, sino a su implementación práctica para obtener resultados tangibles, de cara a su posible comercialización y transferencia. Por tanto, deberán existir indicios o resultados previos con un potencial demostrable (prototipos, software, patentes/solicitudes, know-how, datos, métodos, etc.). En consecuencia, no serán subvencionables aquellas actuaciones cuyo objetivo principal sea la continuación natural de una investigación que suponga únicamente la generación de nuevo conocimiento básico sin orientación a transferencia.</p><p>Se establecen los siguientes requisitos mínimos para los proyectos:</p><p>Se desarrollarán en Tenerife.</p><p>Incluirán:</p><p>i. Evidencias del resultado previo (prototipo, software, patente/solicitud,…)</p><p>ii. Plan de implementación de la prueba de concepto con hitos, entregables, y métricas de validación.</p><p>iii. Plan de transferencia y explotación: ruta de explotación, estrategia de protección (PI) y plan de validación con usuario/mercado.</p><p>iv. Identificación de la entidad usuaria final (si aplica) y, preferentemente, carta de interés/compromiso para piloto/validación.</p><p>Segundo.- Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.</p><p>Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes bases:</p><p>Las entidades beneficiarias de la subvención podrán ser Universidades y Centros de Investigación, públicos o privados (excluyendo las sociedades mercantiles participadas por Administraciones públicas, vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas) que desarrollen actividades de investigación y transferencia, radicados en la isla de Tenerife.</p><p>La entidad beneficiaria será la responsable de contratar a la persona investigadora postdoctoral (solo una por proyecto/solicitud), ejecutar el proyecto de prueba de concepto y justificar la subvención.</p><p>El cumplimiento de los requisitos se acreditará mediante la presentación de la documentación que se relaciona en el Anexo I de las Bases que rigen la presente convocatoria.</p><p>Tercero.- Procedimiento de concesión</p><p>El procedimiento a seguir para el otorgamiento de las citadas subvenciones es el de concurrencia competitiva, habida cuenta que se otorgará a aquellas entidades que, cumpliendo los requisitos exigidos en las bases reguladoras de las que rigen la convocatoria, lo solicite.</p><p>Cuarto.- Crédito presupuestario.</p><p>El crédito presupuestario para la presente convocatoria es de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 1101-4632-48940, distribuido en las siguientes anualidades:</p><p>Primera anualidad 2026:      500.000,00 €</p><p>Segunda anualidad 2027: 1.000.000,00 €</p><p>Tercera anualidad 2028:      500.000,00 €</p><p>Conforme lo establecido en el art. 58 del Reglamento de la LGS la cuantía máxima destinada a esta subvención, que se establecerá en la convocatoria correspondiente, podrá incrementarse con los créditos existentes a nivel de bolsa de vinculación en la misma partida presupuestaria hasta un 50% de la dotación prevista. La efectividad de la citada cuantía adicional queda condicionada a la disponibilidad de crédito como consecuencia de las circunstancias previstas en dicho artículo 58.</p><p>Una vez se disponga el crédito correspondiente a cada uno de los beneficiarios incluidos en las Resoluciones de concesión, se tramitarán los reconocimientos de las obligaciones dictándose las correspondientes Resoluciones por parte del órgano competente</p><p>Quinto.- Órganos competentes para la instrucción y resolución.</p><p>La instrucción del procedimiento corresponde a quien ostente la jefatura del Servicio Administrativo del Innovación, que deberá evacuar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución de otorgamiento de las subvenciones.</p><p>El procedimiento para el otorgamiento de estas subvenciones será resuelto por el Consejero Insular de Investigación, Innovación y Desarrollo del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, de conformidad con lo dispuesto en su Reglamento Orgánico, así como en las Bases de Ejecución del Presupuesto para el presente ejercicio económico.</p><p>Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. </p><p>Séptimo.- Plazo de resolución.</p><p>El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones será de un máximo de SEIS (6) MESES, contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.</p><p>Octavo.- Plazo de justificación.</p><p>Los plazos para justificar la subvención concedida serán los siguientes:</p><p>Para la primera anualidad, hasta el 28 de febrero de 2028.</p><p>Para la segunda anualidad, hasta el 28 de febrero de 2029.</p><p>Para la tercera anualidad, hasta el 28 de febrero de 2030.</p><p>Noveno.- Documentación e información que debe acompañar a la petición.</p><p>Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de Tenerife e irán acompañadas de la documentación que se relaciona en el Anexo I de las bases que rigen la presente convocatoria.</p><p>Décimo.- Recursos.</p><p>Contra las resoluciones del Sr. Consejero Insular de Investigación, Innovación y Desarrollo, con competencias en materia de innovación, podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidenta de la Corporación, dentro del plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Tablón de Anuncios ubicado en las oficinas de asistencia en materia de registro de esta Corporación, si el acto fuera expreso; si no lo fuera, el solicitante podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.</p><p>La presentación del recurso de alzada se realizará a través de la sede electrónica del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife a través del procedimiento denominado “Recurso administrativo de alzada”.</p><p>La resolución del recurso de alzada agotará la vía administrativa a efectos del recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, salvo el recurso extraordinario de revisión, en los casos establecidos en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p>Undécimo.- Medios de notificación.</p><p>Las notificaciones se publicarán en el Tablón de Anuncios disponible en la sede electrónica del Cabildo de Tenerife (https://sede.tenerife.es), y en el Tablón de Anuncios ubicado en las oficinas de asistencia en materia de registro de esta Corporación.</p><p>La publicación que produce efectos legales es la que se realiza en el Tablón de Anuncios ubicado en las oficinas de asistencia en materia de registros del Cabildo de Tenerife, sin perjuicio de que la información publicada pueda ser consultada a través del Tablón de Anuncios disponible en la sede electrónica.</p><p>Duodécimo.- Criterios de valoración de las solicitudes.</p><p>Para la concesión de esta subvención, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en las presentes Bases, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:</p><p>Criterio</p><p>Puntuación máxima</p><p>1. Adecuación del proyecto al PDI.</p><p>20 puntos</p><p>2. Calidad y viabilidad y potencial de transferencia del proyecto.</p><p>50 puntos</p><p>3. Capacidad del equipo del proyecto.</p><p>15 puntos</p><p>4. Impacto científico-técnico, social y económico del proyecto.</p><p>15 puntos</p><p>CRITERIO 1: Adecuación del proyecto al PDI (20 puntos), se tendrá en cuenta la adecuación del proyecto al marco y ecosistema de innovación de la isla de Tenerife establecido en el vigente Plan Director de Innovación de Tenerife (PDI), sus sectores prioritarios y ejes de actuación, así como su capacidad para contribuir a los objetivos del mismo.</p><p>CRITERIO 2: Calidad y viabilidad y potencial de transferencia del proyecto (50 puntos), se tendrá en cuenta la adecuación de la propuesta a las características y finalidad la convocatoria en cuanto a los objetivos perseguidos en la misma; la calidad de la propuesta así como su novedad con respecto al estado del arte en la materia, la viabilidad de la propuesta, teniendo en cuenta la organización de las tareas y los recursos disponibles para su ejecución, las medidas de identificación de riesgos y los planes de contingencia, la definición, contenido e idoneidad de la metodología propuesta, y la adecuación del plan de implementación. Se valorarán las actividades propuestas para progresar en las primeras etapas del desarrollo precompetitivo y el grado de madurez tecnológica del proyecto, considerando el plan y tiempo previsibles para su transferencia, explotación o llegada al mercado; la concreción de los planes y estrategias de protección de propiedad industrial e intelectual o de transferencia y exploración de resultados, incluidos posibles planes de negocio; el plan para establecer colaboraciones con empresas u otros usuarios finales, así como el interés potencial de éstos en el desarrollo del proyecto y la explotación de sus resultados. Se valorarán los planes de difusión y divulgación de los resultados del proyecto.</p><p>CRITERIO 3: Capacidad del equipo del proyecto (15 puntos), se tendrá en cuenta la experiencia previa del investigador/a o investigadores/as principales y del equipo de investigación en la ejecución de proyectos y contratos de I+D+I nacionales e internacionales; la calidad de las contribuciones y logros científico-técnicos alcanzados y la capacidad de liderazgo para llevar a cabo los objetivos y actividades del proyecto. Igualmente, se valorará la capacidad y experiencia demostrada en actividades de transferencia de conocimientos, en la gestión de la propiedad industrial e intelectual o en la explotación de resultados; el conocimiento del sector empresarial u otros usuarios finales en el campo de aplicación al que se dirige la propuesta.</p><p>CRITERIO 4: Impacto científico-técnico, social y económico del proyecto (15 puntos) , se tendrá en cuenta el impacto esperado de las aplicaciones o beneficios derivados del proyecto para impulsar avances significativos en el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de aplicación al que se dirige, así como el impacto que pueda derivarse en términos de generar valor tangible e intangible para la economía y la sociedad, con especial interés en el ámbito de la isla de Tenerife.</p><p>La entidad encargada de la valoración elaborará un informe en el que se concreten los resultados de las comprobaciones efectuadas, y ordenará las solicitudes en orden decreciente de puntuación.</p><p>En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, el empate se resolverá atendiendo, por este orden, a la mayor puntuación en el criterio 2 (Calidad y viabilidad y potencial de transferencia del proyecto); en segundo lugar, el criterio 1 (Adecuación del proyecto al PDI y sector prioritario) y, en tercer lugar, el criterio 3 (Capacidad de los componentes del proyecto).</p><p>La entidad encargada de la valoración será una empresa externa, de acreditada solvencia, contratada al efecto. Así mismo, dicha entidad realizará el seguimiento del cumplimiento de los trabajos, hitos y métricas comprometidas, con una periodicidad al menos anual, mediante la revisión de informes técnicos y evidencias verificables.</p><p>En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, el empate se resolverá atendiendo, por este orden, a la mayor puntuación en el criterio 2 (Calidad y viabilidad y potencial de transferencia del proyecto); en segundo lugar, el criterio 1 (Adecuación del proyecto al PDI y sector prioritario) y, en tercer lugar, el criterio 3 (Capacidad de los componentes del proyecto).</p><p>La entidad encargada de la valoración será una empresa externa, de acreditada solvencia, contratada al efecto. Así mismo, dicha entidad realizará el seguimiento del cumplimiento de los trabajos, hitos y métricas comprometidas, con una periodicidad al menos anual, mediante la revisión de informes técnicos y evidencias verificables.</p><p>En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, el empate se resolverá atendiendo, por este orden, a la mayor puntuación en el criterio 2 (Calidad y viabilidad y potencial de transferencia del proyecto); en segundo lugar, el criterio 1 (Adecuación del proyecto al PDI y sector prioritario) y, en tercer lugar, el criterio 3 (Capacidad de los componentes del proyecto).</p><p>La entidad encargada de la valoración será una empresa externa, de acreditada solvencia, contratada al efecto. 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