{"id":1104532,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"PRINCIPADO DE ASTURIAS","nivel3":"CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"902971","fechaRecepcion":"2026-04-30","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1100000,"mrr":false,"descripcion":"Resolución de 30 de abril de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas públicas a la acuicultura, la comercialización y la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura, marco FEMPA, 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas","codigo":"01"},{"descripcion":"Pesca y acuicultura","codigo":"03"}],"regiones":[{"descripcion":"ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS"}],"descripcionFinalidad":"Agricultura, Pesca y Alimentación","descripcionBasesReguladoras":"Resolución 27 junio 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a la acuicultura, la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura FEMPA","urlBasesReguladoras":"https://sede.asturias.es/bopa/2024/07/05/2024-05883.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"AL DÍA SIGUIENTE PUBLICACIÓN EXTRACTO BOPA","textFin":"A LOS 15 DÍAS HÁBILES PUBLICACIÓN EXTRACTO BOPA","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[{"descripcion":"FEMPA – FONDO EUROPEO MARÍTIMO, DE PESCA Y ACUICULTURA"}],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1446802,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Resolucion_Convocatoria 30 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que se encuentran en la situación que legitima su concesión, y que cumplan los requisitos generales establecidos en el artículo 5 de las bases reguladoras de las presentes ayudas.</p><p>En las líneas de ayudas a la comercialización y a la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura, únicamente podrán ser beneficiarios los que tengan la condición de micro, pequeña o mediana empresa, de conformidad con lo establecido en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 (DOCE n.º L 124 de 20 de mayo de 2003).</p><p>En la línea de acuicultura, además de las PYMES, podrán ser beneficiarias las empresas en general.</p><p>Segundo.-Objeto:</p><p>La convocatoria en el ejercicio 2026, para la concesión de las ayudas previstas en el Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio, que establece el Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la financiación de las medidas correspondientes a:</p><p>-,,Actuaciones en materia de acuicultura: inversiones dirigidas a promover actividades acuícolas sostenibles, especialmente reforzando la competitividad de la producción acuícola, garantizando al mismo tiempo que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo.</p><p>-,,Actuaciones en el ámbito de la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura: inversiones dirigidas a promover la comercialización, la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación de dichos productos.</p><p>Tercero.-Bases reguladoras:</p><p>Las presentes ayudas se regirán por lo dispuesto en la Resolución de 27 de junio de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura, en el marco del FEMPA 2021-2027 (BOPA n.º 131 de 5 de julio de 2024).</p><p>Cuarto.-Cuantía: 1.100.000 €</p><p>Anualidad 2026: 800.000 €</p><p>Anualidad 2027: 150.000 €</p><p>Anualidad 2028: 150.000 €</p><p>Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.</p><p>Sexto.-Otros datos:</p><p>En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0075T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha del a página) en la que se encontrará información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.</p>","textoLeng":null,"url":"https://miprincipado.asturias.es/bopa/disposiciones?p_p_id=pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb&p_p_lifecycle=0&_pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb_mvcRenderCommandName=%2Fdisposition%2Fdetail&p_r_p_dispositionText=2026-03656&p_r_p_dispositionReference=2026-03656&p_r_p_dispositionDate=11%2F05%2F2026","cve":null,"desDiarioOficial":"BOPA. 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