{"id":1104417,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE CÁDIZ","nivel3":"DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"902856","fechaRecepcion":"2026-04-30","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":100000,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA SUBVENCIONES PREMIOS DEPORTISTAS DESTACADOS 2025","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"GRAN EMPRESA"},{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"},{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"},{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades deportivas","codigo":"93.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES612 - Cádiz"}],"descripcionFinalidad":"Otras actuaciones de carácter económico","descripcionBasesReguladoras":"ORDENANZA GENERAL","urlBasesReguladoras":"http://www.dipucadiz.es/export/sites/default/galeria_de_ficheros/secretaria_general/legislacion/Ordenanza-General-de-Subvenciones.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-05-04","fechaFinSolicitud":"2026-06-30","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1446542,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"6._DECRETO_APROBACIÓN_CONVOCATORIA_PREMIOS_DEPORTISTAS_DESTACADOS_2025.pdf","long":172827,"datMod":"2026-04-30","datPublicacion":"2026-04-30"}],"anuncios":[{"numAnuncio":210625,"titulo":"CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PREMIOS DEPORTISTAS DESTACADOS EN LA ANUALIDAD 2025","tituloLeng":null,"texto":"<p>CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS A DEPORTISTAS DESTACADOS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ, ANUALIDAD 2025</p><p></p><p>1.- PREÁMBULO. </p><p></p><p>El presente documento tiene por objeto establecer los criterios que regulan la convocatoria pública de subvenciones, relativa a los Premios Deportistas Destacados de la Provincia de Cádiz en la anualidad 2025.</p><p></p><p>El deporte, entendido como práctica generalizada de actividad física, es uno de los principales destinatarios del tiempo de ocio de la ciudadanía en general y su expansión ha sido debida a la aparición de nuevos valores en la sociedad relacionados con la salud, el ocio activo y la recreación. Está científicamente demostrada la compleja y estrecha relación existente entre la forma de vida y el estado de salud de las personas, condicionado principalmente por la alimentación y el tipo de actividad física que se desarrolla.</p><p></p><p>Tal y como reconoce la Organización Mundial de la Salud, es necesaria la intervención de las Administraciones Públicas en la promoción de la práctica deportiva para fomentar en la ciudadanía hábitos de vida saludable, así como facilitar la práctica habitual de actividad físico deportiva de calidad, de manera que esta incida favorablemente en la salud y calidad de vida de todos los ciudadanos. Este es el mandato recogido en el artículo 43.3 de la Constitución: ?Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio?.</p><p></p><p>Por todo ello se presentan los Premios Deportistas Destacados de la provincia de Cádiz en materia deportiva, como forma de ensalzar y reconocer los logros deportivos en nuestra provincia, con el fin de facilitar la participación y avance de nuestros deportistas, a la vez que se promocionan los hábitos de vida saludables entre la ciudadanía, fomentando con ello la  incidencia  favorable en la salud y calidad de vida.</p><p></p><p>El artículo 36 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece que son competencias propias de la Diputación, las que le atribuyan las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública. En todo caso le corresponde la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.</p><p></p><p>Las Administraciones Públicas tienen como una de sus competencias la promoción deportiva y de la práctica del deporte a todos sus niveles.</p><p></p><p>En el campo de la competición deportiva de alto nivel, se hace cada día más difícil escalar puestos para estar entre los mejores de cualquier disciplina deportiva, ello requiere, además de unas condiciones especiales para el desarrollo de una modalidad deportiva específica, esfuerzo y sacrificio fuera de lo común, dedicando mucho tiempo de cada uno al entrenamiento encaminado a la consecución de las metas propuestas.</p><p>Pero si difícil resulta llegar a estar entre los mejores, más difícil aún es mantenerse en la denominada élite, pues requiere de un sacrificio todavía mayor, que no siempre se ve recompensado, teniendo en cuenta, además, los cuantiosos gastos que esta dedicación genera (material, desplazamiento, manutención, licencia...etc).</p><p></p><p>En base a ello, la Diputación de Cádiz, a través de Servicio de Deportes galardona anualmente a sus deportistas más destacados de la temporada, con el fin de apoyarles en su trabajo diario y animarles a continuar con su esfuerzo y dedicación de cara a obtener cada vez metas más altas.</p><p></p><p>De este modo tratamos de ofrecer un reconocimiento público a deportistas que con su esfuerzo y dedicación consiguen una serie de logros, a diferentes niveles, cada vez más numerosos y llevan el nombre de nuestra provincia allá donde les lleva la competición, aportándoles además una ayuda económica que de algún modo sirva para paliar los gastos que soportan a lo largo de la temporada.</p><p></p><p>Además, desde este programa la Diputación de Cádiz pretende realizar una labor de promoción deportiva para quienes estén empezando, y se miran en deportistas que son distinguidos.</p><p></p><p>2.- MARCO NORMATIVO.</p><p></p><p>El marco normativo básico que afecta a la presente convocatoria se encuentra constituido por:</p><p></p><p>Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases sobre Régimen Local.</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 276, de 18 de noviembre de 2003).</p><p>Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006).</p><p>Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz (BOP nº 140, de 18 de junio de 2004).</p><p>Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p>Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.</p><p>Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.</p><p>Reglamento de administración electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz (24 de junio de 2019).</p><p>Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.</p><p>Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.</p><p>Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.</p><p>Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.</p><p>Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.</p><p>Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen del funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.</p><p></p><p>3.- OBJETO Y NATURALEZA</p><p></p><p>3.1.- Objeto: constituye el objeto de estos criterios generales la asignación de importes económicos a deportistas de la provincia de Cádiz, por los resultados deportivos conseguidos en la anualidad 2025.</p><p></p><p>Suponen además, ofrecer un reconocimiento público al esfuerzo diario de quienes se entregan a la práctica deportiva, colaborando con una ayuda económica que contribuya a paliar los gastos derivados de su preparación y competición.</p><p></p><p>Con ello se pretende, también, promocionar la práctica deportiva encaminada al rendimiento deportivo, así como animarles a continuar con su esfuerzo encaminado al logro de nuevos éxitos.</p><p></p><p>3.2.- Naturaleza: los premios tendrán naturaleza jurídica de subvención, de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p></p><p>4.- REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS Y MODALIDADES DEPORTIVAS</p><p></p><p>4.1.- Requisitos de los beneficiarios: podrán ser beneficiarios de estas distinciones deportistas de ambos sexos, no profesionales, nacidos antes del 31 de diciembre de 2011 inclusive, nacidos en la provincia de Cádiz o, en su defecto, tener licencia federativa con alguna entidad deportiva de la provincia, así como su domicilio habitual en la misma, que durante la anualidad 2025 hayan obtenido puesto de honor (1ª, 2ª ó 3ª clasificación) en Campeonatos oficiales del Mundo, de Europa o de España.</p><p></p><p>Quedan excluidos quienes durante 2025 hayan disfrutado de beca en el Programa ADO/ADOP.</p><p></p><p>En lo que se refiere a clubes, estos deberán desarrollar su actividad en la provincia de Cádiz, así como tener su sede social en la propia provincia, y estar inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Junta de Andalucía de acuerdo con el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía, y se establece la estructura y régimen del funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.</p><p></p><p>4.2.- Campeonatos premiables: son campeonatos premiables dentro de los presentes premios aquellos que ostenten la condición de oficial por la Federación correspondiente, incluyendo los Campeonatos Universitarios. Se excluye de estos premios los campeonatos en formato de liga o sumatorio de puntos.</p><p></p><p>4.3.- Categorías y Modalidades Deportivas: serán reconocidos tanto deportistas individuales como aquellos cuyo resultado se haya obtenido por parejas, tríos, cuartetos, equipos o selecciones nacionales, así como los propios clubes deportivos.</p><p></p><p>Quedan excluidos los resultados obtenidos con las Selecciones Autonómicas, así como los Campeonatos por Autonomías. Del mismo modo, la aplicación de los presentes criterios no contempla la categoría Máster o Veteranos.</p><p></p><p>La aplicación de los presentes criterios, abarca aquellos deportes y modalidades, que conforman el calendario olímpico y paralímpico, de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Verano de Los Ángeles 2028, y Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Invierno de Milán-Cortina d?Ampezzo 2026.</p><p></p><p>Olímpicos</p><p>Atletismo</p><p>Bádminton</p><p>Baloncesto</p><p>Balonmano</p><p>Béisbol</p><p>Boxeo</p><p>Ciclismo</p><p>Cricket</p><p>Escalada Deportiva</p><p>Esgrima</p><p>Flag Football</p><p>Fútbol</p><p>Gimnasia</p><p>Golf</p><p>Hípica</p><p>Halterofilia</p><p>Hockey hierba</p><p>Judo</p><p>Lacrosse</p><p>Lucha</p><p>Natación</p><p>Pentatlón Moderno</p><p>Piragüismo</p><p>Remo</p><p>Rugby</p><p>Skateboarding</p><p>Sóftbol</p><p>Squash</p><p>Surf</p><p>Taekwondo</p><p>Tenis</p><p>Tenis de Mesa</p><p>Tiro Olímpico</p><p>Tiro con Arco</p><p>Triatlón</p><p>Vela</p><p>Voleibol</p><p>Waterpolo</p><p></p><p>Paralímpicos</p><p>Baloncesto en Silla de Ruedas</p><p>Boccia</p><p>Esgrima en Silla de Ruedas</p><p>Fútbol para Ciegos</p><p>Goalball</p><p>Para Atletismo</p><p>Para Bádminton</p><p>Para Canotaje</p><p>Para Ciclismo en Pista</p><p>Para Ciclismo en Ruta</p><p>Paraescalada</p><p>Para Halterofilia</p><p>Para Hípica</p><p>Para Judo</p><p>Para Natación</p><p>Para Remo</p><p>Para Taekwondo</p><p>Para Tenis de Mesa</p><p>Para Tiro con Arco</p><p>Para Tiro Olímpico</p><p>Para Triatlón</p><p>Rugby en Silla de Ruedas</p><p>Tenis en Silla de Ruedas</p><p>Voleibol Sentado</p><p></p><p>Deportes de invierno</p><p>Biatlón</p><p>Bobsleigh</p><p>Combinada Nórdica</p><p>Curling</p><p>Esquí acrobático</p><p>Esquí alpino</p><p>Esquí de fondo</p><p>Esquí de montaña</p><p>Hockey Hielo</p><p>Luge</p><p>Patinaje artístico</p><p>Patinaje velocidad</p><p>Patinaje velocidad en pista corta</p><p>Saltos esquí</p><p>Skeleton</p><p>Snowboard</p><p></p><p>5.- PROPUESTAS DE CONCESIÓN</p><p></p><p>Como quiera que la Diputación de Cádiz no posee los datos oficiales de las diferentes competiciones en cada una de las modalidades deportivas, es por lo que este Servicio de Deportes requiere de la presentación de candidatura por parte de quienes cumplen los requisitos establecidos en la presente convocatoria para acceder a los premios, debiendo estar amparadas por las Federaciones Andaluzas o Nacionales correspondientes, lo cual no podría ser de otra manera, ya que son las propias Federaciones las entidades competentes en la catalogación de los diferentes campeonatos, de las distintas competiciones oficiales llevadas a cabo durante la temporada, y certifican las clasificaciones obtenidas.</p><p></p><p>Para ello se solicita a los deportistas candidatos que cumplimenten a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Cádiz el formulario de solicitud correspondiente, donde se incluirán los datos personales y méritos deportivos que se presentan. En el propio trámite específico se deberá adjuntar el certificado acreditativo de la clasificación obtenida (anexo I), que deberá ser emitido por la Federación Andaluza o nacional correspondiente, debiendo contener la firma electrónica de la persona que ostente la secretaría de la Federación, así como el sello de la misma (trámite especificado en el apartado 7 de los presentes criterios ?solicitud, plazo, presentación de la documentación y subsanación?.</p><p></p><p>6.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS QUE SE ASIGNAN, VALORACIÓN E IMPORTE MÁXIMO </p><p></p><p>La Diputación Provincial de Cádiz destinará a este programa un crédito total de cien mil euros (100.000,00 €), que se imputará a la aplicación presupuestaria 31/341C/48000.</p><p></p><p>Cada deportista podrá remitir como máximo una solicitud, en la que se relacionen los méritos deportivos logrados en la anualidad 2025, siendo valorado a efectos de la convocatoria únicamente el de mayor valor económico.</p><p></p><p>Las ayudas individuales se establecerán en función del número de deportistas galardonados y del crédito disponible para tal fin. En el caso de que el sumatorio de los premios supere el crédito disponible, se practicará una reducción porcentual igualitaria a dichos premios, no superando las ayudas en ningún caso las cantidades que se expresan a continuación:</p><p></p><p>Puesto en Campeonato Oficial Federativo</p><p>Cuantía Máxima</p><p>Puesto en Campeonato Universitario</p><p>Cuantía Máxima</p><p>1º Campeonato del Mundo</p><p>2.500 €</p><p>1º Campeonato del Mundo</p><p>1.250 €</p><p>2º Campeonato del Mundo</p><p>2.000 €</p><p>2º Campeonato del Mundo</p><p>1.000 €</p><p>3º Campeonato del Mundo</p><p>1.500 €</p><p>3º Campeonato del Mundo</p><p>750 €</p><p>1º Campeonato de Europa</p><p>2.000 €</p><p>1º Campeonato de Europa</p><p>1.000 €</p><p>2º Campeonato de Europa</p><p>1.500 €</p><p>2º Campeonato de Europa</p><p>750 €</p><p>3º Campeonato de Europa</p><p>1.250 €</p><p>3º Campeonato de Europa</p><p>625 €</p><p>1º Campeonato de España</p><p>1.500 €</p><p>1º Campeonato de España</p><p>750 €</p><p>2º Campeonato de España</p><p>1125 €</p><p>2º Campeonato de España</p><p>565 €</p><p>3º Campeonato de España</p><p>750 €</p><p>3º Campeonato de España</p><p>375 €</p><p></p><p>Además, teniendo en cuenta la diferencia existente entre los resultados obtenidos a nivel individual y cualquier otra modalidad de conjunto (parejas, tríos, cuartetos, equipos), se aplicarán los siguientes baremos para el cálculo de las ayudas:</p><p></p><p>Parejas: ayuda individual + 20% entre 2</p><p>Tríos: ayuda individual + 30% entre 3</p><p>Cuarteto: ayuda individual + 40% entre 4</p><p>A partir de cinco componentes se considera equipo y se duplica la ayuda individual, dividiéndose entre 5</p><p>Una vez realizado el cálculo, si la cantidad resultante fuese inferior a 200 €, se aplicará la cantidad de 200 € de premio.</p><p></p><p>El pago de los Premios conllevará la correspondiente deducción por I.R.P.F., tal como indica La Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Real Decreto 439/2007, que desarrolla su Reglamento. Dicha deducción será del 19% para las personas físicas (art.101.7 LIRPF y art.99 RIRPF). Estarán exentas de esta retención las personas físicas cuyo premio no supere los 300 € (art. 75.3.f RIRPF) y las personas jurídicas.</p><p></p><p>7.- SOLICITUD, PLAZO, PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y SUBSANACIÓN.</p><p></p><p>7.1.- Solicitud: La solicitud del premio se dirigirá a la Presidencia de la Diputación Provincial de Cádiz y se presentará mediante el procedimiento de tramitación electrónica que está disponible desde la página principal de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz: https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles, en el área temática ?Deportes?, rellenando el trámite específico \"Premios a Deportistas Destacados\". </p><p></p><p>Los interesados deberán indicar claramente en la solicitud de subvención la autorización o denegación de autorización al Servicio de Deportes, Intervención y Tesorería de la Diputación Provincial de Cádiz para recabar, a través de redes corporativas, plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, las certificaciones de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y de estar al corriente de pago con la Seguridad Social. En ausencia de oposición del interesado, la Diputación Provincial deberá recabar la documentación antes citada. Todo ello conforme a lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p></p><p>7.2.- Plazo. El plazo de presentación de la documentación por parte de los deportistas interesados será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincial de Cádiz. </p><p></p><p>7.3.- Documentación: La solicitud se acompañará de la documentación que se detalla a continuación:</p><p></p><p>Modelo Anexo I ?Ficha de Méritos Deportivos?, que deberá contener la firma electrónica de la persona que ostente la secretaría de la Federación, así como el sello de la misma. </p><p>3 fotografías de 20 MB como máximo, del deportista desarrollando su práctica deportiva en la anualidad 2025 que se deberán adjuntar en el trámite electrónico de solicitud.</p><p>Ficha de terceros de la Diputación si no ha realizado este trámite anteriormente, o si ha cambiado algún dato desde la edición anterior. En el caso de ser menor de edad, se cumplimentará a nombre del deportista como persona interesada y figurando el padre, madre o tutor/a como persona representante, adjuntando al trámite fotocopia del libro de familia y certificado de titularidad bancaria en el que aparezca el menor como titular de la cuenta, en formato pdf. Deberá realizarse el trámite a través del enlace: https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles, en el ?área temática? Ficha de terceros (Diputación Provincial de Cádiz).</p><p></p><p>7.4.- Subsanación: Efectuadas las comprobaciones, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá mediante publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial, disponiendo la persona interesada de una plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación, para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El citado requerimiento contendrá indicación de que si así no lo hiciera, no se tendrá en cuenta la candidatura y así se reflejará en la resolución del expediente conforme a lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p></p><p>7.5.- Requerimiento de información: En cualquier momento, desde el Servicio de Deportes de la Diputación Provincial de Cádiz se podrá solicitar cualquier información o documentación que estime oportuna, ante cualquier duda o con el fin de facilitar la valoración de la propuesta presentada.</p><p></p><p>8.- INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.</p><p></p><p>8.1.- Órganos competentes: La ordenación e instrucción de los procedimientos de los Premios Deportistas Destacados de la Provincia de Cádiz 2025 acogidas a los presentes criterios corresponde, como órgano instructor, al Diputado que tiene delegadas las atribuciones en materia de deporte. El órgano instructor, en el ejercicio de sus funciones, interpretará los presentes criterios y resolverá aquellos aspectos no recogidos en las mismas, con respeto a la legislación vigente. </p><p></p><p>El otorgamiento de los premios corresponderá al Diputado Delegado del Área de Transición Ecológica y Desarrollo a la Ciudadanía.</p><p></p><p>8.2.- Instrucción del procedimiento: El Órgano Instructor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos y documentos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. A tal efecto solicitará del personal técnico del Servicio de Deportes la emisión de cuantos informes sean necesarios para resolver, y específicamente se acreditará la observación del procedimiento establecido en la presente convocatoria, el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la subvención así como, en su caso, las subsanaciones o documentos que debe presentar el solicitante.</p><p></p><p>8.3.- Admitidos y excluidos en el procedimiento: Tras la revisión de las solicitudes y documentación presentada, y subsanación de la misma en su caso, el Órgano Instructor emitirá resolución motivada sobre la admisión y exclusión de las candidaturas propuestas para la presente convocatoria, a tenor de los requisitos establecidos para ser beneficiario recogidos en el apartado 4 de la convocatoria.</p><p></p><p>8.4.- Valoración de las solicitudes: La valoración de las solicitudes se realizará por una Comisión de Valoración compuesta por los siguientes miembros:</p><p></p><p>Presidente: Director del Área de Transición Ecológica y Desarrollo a la Ciudadanía o persona en quien delegue</p><p>El Jefe del Servicio de Deportes</p><p>Vocalía: Un Técnico del Servicio de Deportes designados por el Órgano Instructor.</p><p>Secretaría: Un Técnico del Servicio de Deportes.</p><p></p><p>De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.e) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las solicitudes presentadas se evaluarán y seleccionarán por la Comisión de Valoración teniendo en cuenta los criterios objetivos de valoración que se recogen en el punto 8.5 ?Criterios de Valoración? de la presente convocatoria. La Comisión emitirá un informe con una propuesta motivada de concesión de subvenciones que contendrá la relación de beneficiarios, valoración obtenida y cuantía de la ayudas concedidas, así como la relación de solicitudes desestimadas. Durante el periodo de valoración la Comisión podrá recabar de los solicitantes información complementaria que sirva para un mejor conocimiento del proyecto o actividad. </p><p></p><p>Para la concesión de la subvención, cada solicitud será evaluada sobre una puntuación máxima de 100 puntos. </p><p></p><p>La puntuación obtenida determinará el importe total de la subvención a otorgar según el siguiente criterio de reparto: el importe del crédito total de la convocatoria se dividirá entre la suma del total de puntos asignados en la valoración a los solicitantes de la convocatoria, de cuyo cálculo se obtendrá un valor del punto. El importe del premio a otorgar será el resultado de multiplicar, para cada solicitante, los puntos obtenidos en la valoración por el valor del punto.</p><p></p><p>La Comisión de Valoración podrá solicitar el asesoramiento de profesionales o expertos de reconocido prestigio para el mejor desarrollo de las funciones que tiene encomendadas. </p><p></p><p>8.5.- Criterios de Valoración:</p><p></p><p>Se seguirán los siguientes criterios de valoración en función del logro deportivo obtenido:</p><p></p><p>A) 1º Puesto Campeonato del Mundo: 100 puntos</p><p>B) 2º Puesto Campeonato del Mundo: 80 puntos</p><p>C) 3º Puesto Campeonato del Mundo: 60 puntos</p><p>D) 1º Puesto Campeonato de Europa: 80 puntos</p><p>E) 2º Puesto Campeonato de Europa: 60 puntos</p><p>F) 3º Puesto Campeonato de Europa: 50 puntos</p><p>G) 1º Puesto Campeonato de España: 60 puntos</p><p>H) 2º Puesto Campeonato de España: 45 puntos</p><p>I) 3º Puesto Campeonato de España: 30 puntos</p><p>J) 1º Puesto Campeonato del Mundo Universitario: 50 puntos</p><p>K) 2º Puesto Campeonato del Mundo Universitario: 40 puntos</p><p>L) 3º Puesto Campeonato del Mundo Universitario: 30 puntos</p><p>M) 1º Puesto Campeonato de Europa Universitario: 40 puntos</p><p>N) 2º Puesto Campeonato de Europa Universitario: 30 puntos</p><p>O) 3º Puesto Campeonato de Europa Universitario: 25 puntos</p><p>P) 1º Puesto Campeoanto de España Universitario: 30 puntos</p><p>Q) 2º Puesto Campeonato de España Universitario: 22,5 puntos</p><p>R) 3º Puesto Campeonato de España Universitario: 15 puntos</p><p></p><p>Además, teniendo en cuenta la diferencia existente entre los resultados obtenidos a nivel individual y cualquier otra modalidad de conjunto (parejas, tríos, cuartetos, equipos), se aplicarán los siguientes baremos para el cálculo de las ayudas:</p><p></p><p>Parejas: puntos correspondientes a logro individual + 20% entre 2</p><p>Tríos: puntos correspondientes a logro individual + 30% entre 3</p><p>Cuarteto: puntos correspondientes a logro individual + 40% entre 4</p><p>A partir de cinco componentes se considera equipo: doble de puntos correspondientes a logro individual entre 5</p><p></p><p>8.6.-Propuesta de Resolución: El Órgano Instructor, a la vista del expediente, de los informes técnicos, formulará la propuesta de resolución debidamente motivada que contendrá, al menos los siguientes extremos:</p><p></p><p>· \tCriterios Generales y aplicación presupuestaria a los que se imputan los premios.</p><p>· \tIndicación de beneficiarios de los premios. Se hará mención expresa a la desestimación del resto de propuestas.</p><p>· \tLa cuantía de los premios concedidos.</p><p></p><p>La propuesta de resolución se publicará en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz para que, en un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación, los interesados presenten, por los mismos medios ya detallados para la solicitud en el apartado 7.1, las alegaciones oportunas.</p><p></p><p>La propuesta de resolución en ningún caso generará derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se haya publicado la resolución definitiva de la concesión, en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz.</p><p></p><p>8.7.-Resolución definitiva: Pasados los 10 días hábiles de exposición de la propuesta de resolución, una vez estudiadas las posibles alegaciones presentadas a la propuesta de resolución y constando en el expediente la documentación acreditativa de la realidad de los datos contenidos en la declaración responsable, se resolverá la concesión de los premios. La resolución de concesión de los premios será motivada, con expresa referencia a los criterios establecidos en la convocatoria y contendrá, como mínimo, los extremos ya descritos para la propuesta de resolución. Se publicará en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz.</p><p></p><p>El decreto del Diputado Delegado del Área de Economía, Hacienda y Gestión Administrativa, en cuanto resuelva el procedimiento de concesión de la subvención, es definitivo en vía administrativa. </p><p></p><p>9.- JUSTIFICACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE PAGO.</p><p></p><p>9.1.- Forma de justificación de los premios: La justificación de los presentes premios se acoge al artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones por el cual ?las subvenciones que se concedan en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia?. En atención a este artículo, el premio quedará justificado con la acreditación del mérito deportivo.</p><p></p><p>9.2.- Pago de los premios: el pago de los diferentes premios se realizará mediante transferencia bancaria. Será requisito indispensable acudir al acto-gala de entrega de los Premios Deportistas Destacados de la Provincia de Cádiz para la obtención del premio (se requiere la presencia del deportista o persona en quien delegue con autorización expresa), cuya celebración tendrá fecha y lugar de celebración por determinar. </p><p></p><p>10.-PROTECCIÓN DE DATOS.</p><p></p><p>Los datos de carácter personal que se puedan tratar en este procedimiento, cumplirán lo establecido en el régimen jurídico de la protección de datos. Básicamente el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Además del resto de disposiciones específicas que se puedan dar. Asimismo, los sistemas de información donde serán tratados dichos datos, cumplen las exigencias del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.</p><p></p><p>11.- ANEXOS, NOTIFICACIONES, PUBLICIDAD, PLAZO DE RESOLUCIÓN Y RECURSOS.</p><p></p><p>11.1.- Anexos: La ruta de acceso es: Trámites Disponibles para el Servicio de Deportes .</p><p></p><p>11.2.- Notificaciones: Todos los actos, resoluciones y trámites administrativos con efectos a terceros que se deriven de la presente convocatoria de subvenciones se publicarán en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, surtiendo los mismos efectos que la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p></p><p>11.3.- Publicidad: En todo lo relativo a la publicidad de las subvenciones y de información para la Base de Datos Nacional de Subvenciones se aplicará lo establecido en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y normativa reglamentaria de desarrollo. En todo caso se dará publicidad en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz o en la página web de la Corporación.</p><p></p><p>11.4.- Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, a partir de la publicación de la convocatoria.</p><p></p><p>11.5. Recursos: La resolución del procedimiento de concesión pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de su publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso o ejercitarse cualquier acción que se estime procedente.</p><p></p><p>Si interpone el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo por transcurso de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?.</p><p>ANEXO I: FICHA DE MÉRITOS DEPORTIVOS</p><p></p><p>DEPORTISTAS DESTACADOS</p><p> DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ 2025</p><p></p><p></p><p>\t</p><p></p><p>\t\tApellidos y nombre: ????.?????</p><p></p><p>\t\tDeporte: ????????????.. \t\tEspecialidad: ????</p><p>\t\tCategoría: ???????????...\t\tClub: ????</p><p>\t\tCampeonato: ?????????..?\t\tPuesto: ????</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>\t\tPor la Federación\t\t\t\tSello Federación de ??????..</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>\t</p><p></p><p></p><p></p><p>\t* Es muy importante rellenar todos los campos de la ficha.</p><p></p><p>\t** Es imprescindible la firma electrónica del Secretario de la Federación, así como el sello de la misma.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopcadiz.es/export/sites/default/.boletines_pdf/2026/05_mayo/BOP090_14-05-26.pdf#page=19","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE CÁDIZ","datPublicacion":"2026-05-14"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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