{"id":1104414,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE CÁDIZ","nivel3":"DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"902853","fechaRecepcion":"2026-04-30","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":99999.65,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA PÚBLICA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ PARA LA ANUALIDAD 2026 DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A DEPORTISTAS INDIVIDUALES DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ, NO PROFESIONALES, QUE PARTICIPEN EN EVENTOS DEPORTIVOS DE CARÁCTER","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades deportivas","codigo":"93.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES612 - Cádiz"}],"descripcionFinalidad":"Otras actuaciones de carácter económico","descripcionBasesReguladoras":"ORDENANZA GENERAL","urlBasesReguladoras":"http://www.dipucadiz.es/export/sites/default/galeria_de_ficheros/secretaria_general/legislacion/Ordenanza-General-de-Subvenciones.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-05-04","fechaFinSolicitud":"2026-06-15","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1517080,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"6._DECRETO_IFDEP-00035-2026_APROBACIÓN_DE_BASES_DEPORTISTAS_INDIVIDUALES_2026.pdf","long":236569,"datMod":"2026-09-03","datPublicacion":"2026-09-03"}],"anuncios":[{"numAnuncio":210622,"titulo":"CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ PARA LA ANUALIDAD 2026 A DEPORTISTAS INDIVIDUALES DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ, NO PROFESIONALES, QUE PARTICIPEN EN EVENTOS DEPORTIVOS DE CARÁCTER AUTONÓMICO, NACIONAL E INTERNACIONAL, INCLUIDOS DENTRO DEL CALENDARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN CORRESPONDIENTE.","tituloLeng":null,"texto":"<p>CONVOCATORIA PÚBLICA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ PARA LA ANUALIDAD 2026 DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A DEPORTISTAS INDIVIDUALES DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ, NO PROFESIONALES, QUE PARTICIPEN EN EVENTOS DEPORTIVOS DE CARÁCTER AUTONÓMICO NACIONAL E INTERNACIONAL, INCLUIDOS DENTRO DEL CALENDARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN CORRESPONDIENTE.</p><p></p><p></p><p>1.- PREÁMBULO</p><p></p><p>El presente documento tiene por objeto establecer la convocatoria que regula el otorgamiento de ayudas a deportistas individuales de la provincia de Cádiz, no profesionales, que participen en eventos deportivos de carácter autonómico, nacional e internacional incluidos dentro del calendario oficial de la federación correspondiente. Estas ayudas están tramitadas por el Servicio de Deportes del Área de Transición Ecológica y Desarrollo a la Ciudadanía de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz para la anualidad 2026. Estas convocatoria completan lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz, publicada en el BOP número 140 de 18 de junio de 2004. </p><p></p><p>El deporte, entendido como práctica generalizada de actividad física, es uno de los principales destinatarios del tiempo de ocio de la ciudadanía en general y su expansión ha sido debida a la aparición de nuevos valores en la sociedad relacionados con la salud, con el ocio activo y con la recreación. Está científicamente demostrada la compleja y estrecha relación existente entre la forma de vida y el estado de salud de las personas, condicionado principalmente por la alimentación y el tipo de actividad física que se desarrolla.</p><p></p><p>Tal y como reconoce la Organización Mundial de la Salud, es necesaria la intervención de las Administraciones Públicas en la promoción de la práctica deportiva para fomentar en la ciudadanía hábitos de vida saludable, así como facilitar la práctica habitual de actividad físico deportiva de calidad, de manera que ésta incida favorablemente en la salud y calidad de vida de todos los ciudadanos. Este es el mandato recogido en el artículo 43.3 de la Constitución: ?Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio?.</p><p></p><p>Por todo ello es necesaria la convocatoria de ayudas económicas en materia deportiva, para colaborar con los deportistas individuales de nuestra provincia, para facilitar la participación y avance en las distintas modalidades deportivas del mayor número de personas que sea factible, fomentando en la ciudadanía hábitos de vida saludable, de manera que el deporte y la actividad físico deportiva, incidan favorablemente en la salud y calidad de vida.</p><p></p><p>El artículo 36 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece que son competencias propias de la Diputación las que le atribuyan las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública. En todo caso le corresponde la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.</p><p></p><p>La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en el apartado 2 de su artículo 12 (Competencias de las entidades locales) dispone que ?las provincias ejercerán competencias de asistencia técnica, económica y material a los municipios que por sí o asociados ejerzan las competencias en materia de deporte de conformidad con el artículo 12.1 de esta ley y con el artículo 11 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía?.</p><p></p><p>Esta misma ley en su artículo 13 (relaciones interadministrativas) establece que ?las disposiciones de desarrollo de la presente ley, así como los planes o programas que se aprueben para su aplicación, determinarán las modalidades e instrumentos para la cooperación entre las administraciones públicas andaluzas en el ejercicio de sus respectivas competencias en materia de deporte, así como con las federaciones y entidades privadas respecto de aquellas actividades deportivas de interés público?.</p><p></p><p>2.- MARCO NORMATIVO</p><p></p><p>El marco normativo básico que afecta a la presente convocatoria se encuentra constituido por:</p><p></p><p>Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p>Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.</p><p>Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.</p><p>Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.</p><p>Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>Reglamento Regulador de la Administración Electrónica en la Diputación Provincial de Cádiz, de 25 de junio de 2019.</p><p>Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.</p><p>Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz (BOP nº 140, de 18 de junio de 2004).</p><p>Reglamento de administración electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz (24 de junio de 2019).</p><p>Bases de Ejecución del Presupuesto 2026 aprobado en Sesión Plenaria de fecha 18 de febrero de 2026 (aprobación definitiva en el BOP nº 53 de Cádiz de 19 de marzo de 2026).</p><p></p><p>3.- OBJETO Y CONDICIONES</p><p></p><p>3.1.- Objeto: </p><p></p><p>El objeto de la presente convocatoria pública de la Diputación Provincial de Cádiz para la anualidad 2026 de subvenciones, es regular mediante procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, destinadas a deportistas individuales de la provincia de Cádiz, no profesionales, con la finalidad de fomentar la participación en eventos deportivos de carácter autonómico, nacional e internacional, incluidos dentro del calendario oficial de la Federación correspondiente.</p><p></p><p>A los efectos de una convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, se entenderá por deportista individual la persona física que participa en nombre propio (no como entidad, club o equipo) en una modalidad o especialidad deportiva mediante licencia federativa o título habilitante expedido a su nombre, siendo la unidad de participación, ejecución y resultado su actuación personal.</p><p></p><p>Quedan excluidos, por regla general:</p><p></p><p>quienes participen integrados en equipos (2 o más deportistas) de manera alterna o simultánea.</p><p></p><p>quienes tengan la condición de deportista profesional en los términos del art. 21 de la Ley 39/2022 (por cuenta ajena en club/entidad con retribución, o por cuenta propia habitual con retribuciones profesionales y alta/obligación de alta en Seguridad Social).</p><p></p><p>3.2.- Condiciones: </p><p></p><p>La subvención otorgada será por importe cierto y puede financiar hasta el 100% del coste de la actividad subvencionada sin que en ningún caso pueda superarse el valor total de dicha actividad y el límite de ayuda que se establece en la Base Sexta. </p><p></p><p>La concesión de estas subvenciones será compatible con otras subvenciones públicas o privadas concedidas para el mismo fin, siempre que la cuantía total de las ayudas no supere el 100% del coste de la actividad que se subvenciona. Serán, en todo caso, incompatibles con otras subvenciones concedidas por la Diputación Provincial de Cádiz para el mismo fin.</p><p></p><p>Se considerarán subvencionables las actividades y gastos vinculados al objeto de la convocatoria que hayan sido efectivamente realizados y pagados dentro del periodo de ejecución fijado en esta convocatoria, comprendido entre el día 1 de diciembre de 2025 y el día 31 de octubre de 2026 (ambos inclusive), con independencia de que la actividad se hubiera iniciado o el gasto se hubiera efectuado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.</p><p></p><p>A estos efectos, el hecho subvencionable se entiende producido por la realización de la actividad deportiva objeto de ayuda (participación en competiciones y/o actuaciones necesarias para su desarrollo) y por la efectiva realización del gasto, debiendo acreditarse, en todo caso, mediante la correspondiente documentación justificativa conforme a esta convocatoria (factura o documento de valor probatorio equivalente y justificante de pago), así como la vinculación directa del gasto con la actividad subvencionada.</p><p></p><p>Quedan expresamente excluidos los gastos realizados o pagados fuera del periodo indicado, así como aquellos que, aun realizados dentro del mismo, no guarden relación directa, inequívoca y verificable con la actividad subvencionada.</p><p></p><p>4.- BENEFICIARIOS. REQUISITOS</p><p></p><p>Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los/las deportistas que cumplan los siguientes requisitos: </p><p></p><p>a) No hallarse incurso/a en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p></p><p>b) Cumplir las obligaciones que con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p></p><p>c) No tener pendiente de justificación, una vez vencido el plazo acordado, cualquier subvención otorgada por la Diputación.</p><p></p><p>d) No ser beneficiario de subvención nominativa prevista en el presupuesto de la Diputación correspondiente a la anualidad 2026 o de cualquier otro tipo de ayuda económica concedida por la Diputación a lo largo de la anualidad 2026 para la misma finalidad.</p><p></p><p>e) Que hayan nacido o estén empadronados en algún municipio de la provincia de Cádiz, dentro del plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>f) Que el solicitante haya nacido antes del 31 de diciembre de 2010, inclusive.</p><p></p><p>g) Que estén en posesión de la licencia federativa en vigor, en la temporada a la que se refiere el proyecto deportivo. </p><p></p><p>No podrán ser beneficiarias aquellas personas, que se encuentren en las siguientes circunstancias:</p><p></p><p>a) Que sean beneficiarias, en la anualidad en la que se solicite la subvención, de alguna ayuda perteneciente a los \tprogramas ADO o ADOP (Asociación Deportes \tOlímpicos).</p><p></p><p>b) Que el proyecto objeto de subvención se haya acogido a otra línea de ayudas incluida en esta  convocatoria realizada por esta Diputación en la presente anualidad y que vayan referidas al desarrollo y participación de competiciones por parte de deportistas individuales.</p><p></p><p>c) Que el proyecto objeto de subvención esté incluido y/o forme parte de cualquier programa deportivo que ponga en marcha del Servicio de Deportes de la Diputación de Cádiz en la presente anualidad.</p><p></p><p>d) Que, durante el periodo de ejecución de la convocatoria, el/la deportista no esté dado/a de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) en ninguno de los  epígrafes comprendidos entre el 041 y el 049, ambos inclusive, ni se encuentre en calidad de trabajador/a por cuenta ajena al servicio de un club deportivo o de una Sociedad Anónima Deportiva.</p><p></p><p>5.- PLAZO DE EJECUCIÓN DE PROYECTOS</p><p></p><p>Las personas solicitantes podrán presentar, en el marco de esta convocatoria, proyectos de actividades deportivas realizadas desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2026.</p><p></p><p>A los efectos de la convocatoria, se entiende por proyecto subvencionable el conjunto unitario, coherente y verificable de actuaciones deportivas realizadas por una persona física en una única modalidad deportiva, orientadas a la participación efectiva en un campeonato o ciclo de campeonatos federativos oficiales (de ámbito autonómico, nacional o internacional), incluyendo todas las pruebas y fases inherentes que integren dicho campeonato o que hayan servido como requisito oficial de acceso al mismo (fases clasificatorias, pruebas de control, eliminatorias, semifinales y fases finales), siempre que estén oficialmente previstas en el calendario/reglamento federativo y debidamente acreditadas; a estos efectos, únicamente se considerarán válidos los ciclos de campeonatos cuando exista relación de dependencia o continuidad competitiva entre ellos, de modo que el acceso a un campeonato de ámbito superior requiera haber obtenido previamente, en uno o varios campeonatos de ámbito inferior, una marca mínima, ranking, plaza o clasificación conforme al sistema federativo (por ejemplo, obtención de marca mínima en campeonato autonómico para acceder al campeonato de España), no considerándose integradas en el proyecto aquellas competiciones que, aun siendo oficiales, no guarden vínculo objetivo de acceso o pertenencia con el campeonato principal.</p><p></p><p>6.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS QUE SE ASIGNAN E IMPORTE MÁXIMO DE LAS AYUDAS QUE SE CONVOCAN</p><p></p><p>La Diputación Provincial de Cádiz destinará a esta convocatoria un crédito total de cien mil euros (100.000,00 €) que se imputará a la aplicación presupuestaria 31/341C/48000.</p><p></p><p>Cada deportista solicitante podrá remitir como máximo una solicitud, referida a un solo proyecto a presentar que en ningún caso podrá exceder de dos mil euros (2.000,00 €). </p><p></p><p>El importe máximo de subvención que se otorgará a los posibles beneficiarios será de dos mil euros (2.000,00 €).</p><p></p><p></p><p></p><p>7.- SOLICITUD, PLAZO, DOCUMENTACIÓN Y SUBSANACIÓN</p><p></p><p>7.1.- Solicitud. La solicitud de subvención se dirigirá a la Presidencia de la Diputación Provincial de Cádiz y se presentará mediante el procedimiento de tramitación electrónica que está disponible desde la página principal de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz: Subvenciones Deportes, accesible igualmente desde el portal corporativo de la Diputación Provincial de Cádiz www.dipucadiz.es y del portal del Servicio de Deportes www.dipucadiz.es/deportes/subvenciones/ y se realizará a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figura en el impreso de solicitud y anexos. El Registro Electrónico proporcionará el documento de acuse de recibo de la transacción realizada, así como copia de todos los documentos presentados.</p><p></p><p>Los interesados deberán indicar claramente en la solicitud de subvención la autorización o denegación de autorización al Servicio de Deportes, Intervención y Tesorería de la Diputación Provincial de Cádiz para recabar, a través de redes corporativas, plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, las certificaciones de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y de estar al corriente de pago con la Seguridad Social. En ausencia de oposición del interesado, la Diputación Provincial deberá recabar la documentación antes citada. Todo ello conforme a lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p></p><p>7.2.- Plazo. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. </p><p></p><p>7.3.- Documentación. La solicitud se acompañará de la documentación que se detalla a continuación:</p><p></p><p>Licencia Federativa de la persona solicitante o Certificado Federativo que acredite que el solicitante está dado de alta en esa Federación en la temporada a la que se refiere el proyecto deportivo, o prueba válida de tal circunstancia.</p><p></p><p>Certificado federativo expedido por la Federación deportiva nacional y/o autonómica correspondiente, donde se especifique que la actividad objeto de subvención está dentro del ámbito de dicha Federación Deportiva o circular federativa firmada por el Secretario de la Federación correspondiente.</p><p></p><p>Certificado federativo o Acta de la Competición expedidos por la Federación deportiva nacional y/o autonómica correspondiente, firmada por el Secretario de la Federación, que acredite que el deportista estuvo, en la campaña anterior a esta convocatoria de Subvenciones, inscrito en prueba de ámbito similar a la que presenta en esta convocatoria, con expresión de los resultados obtenidos por el deportista en cuestión.</p><p></p><p>Declaración responsable de que la persona solicitante no es beneficiaria ni percibe, ni ha solicitado con concesión pendiente, ayudas o becas de los programas ADO/ADOP, que no figura de alta, ni tiene obligación de alta, en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en ninguno de los epígrafes 041 a 049, ambos inclusive, ni desarrolla actividad económica o profesional directamente vinculada al rendimiento deportivo encuadrable en dichos epígrafes, y que no mantiene ni ha mantenido durante el periodo de ejecución relación laboral por cuenta ajena, ni relación profesional/mercantil retribuida asimilable, con un club deportivo o con una Sociedad Anónima Deportiva (SAD) vinculada a su actividad deportiva, comprometiéndose a comunicar de forma inmediata cualquier variación que afecte a lo declarado desde la solicitud hasta la completa justificación y, en su caso, el control financiero posterior, y quedando advertida de que la inexactitud, falsedad u omisión esencial de datos o documentos podrá dar lugar a la exclusión del procedimiento, la revocación de la concesión, el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia de responsabilidades que correspondan conforme a la normativa aplicable.   </p><p></p><p>Documento acreditativo de la inscripción en la/s competición/es objeto de subvención (deberá presentarse posteriormente junto a la justificación).</p><p></p><p>Proyecto de la actividad objeto de subvención (Anexo II), firmado por la persona solicitante, detallando:</p><p></p><p>Ámbito de la competición: autonómica, nacional, internacional.</p><p>Denominación de la actividad.</p><p>Objetivos que se pretenden conseguir.</p><p>Lugar y fecha de celebración. Indicar el número de jornadas de competición.</p><p>Deportistas a los que va dirigida la actividad (categorías deportivas).</p><p>Desarrollo de la actividad. </p><p>Desplazamiento: Indicar número de kilómetros previstos realizar hasta el \tlugar de \tcompetición (ida y vuelta).</p><p>Instalaciones donde se desarrollará.</p><p>Medios de difusión y publicidad.</p><p></p><p>Presupuesto (equilibrado o donde resulten más gastos que ingresos), detallado por conceptos (Anexo III). Dicho presupuesto no excederá de dos mil euros (2.000.00 €) y deberá presentarse firmado por la persona solicitante.</p><p></p><p>Ficha de Terceros: la presentación del alta o modificación de datos bancarios se realizará, en su caso, mediante el trámite habilitado al efecto en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz, únicamente por aquellas personas solicitantes que no consten dadas de alta en la Base de Datos de Terceros de la Diputación o que deban actualizar los datos previamente registrados; quienes ya figuren de alta y no precisen modificación quedarán exentos de este trámite. La aportación, cuando proceda, deberá efectuarse dentro del plazo que se indique mediante anuncio publicado tras la finalización del periodo de presentación de solicitudes; la no presentación de la Ficha de Terceros cuando resulte exigible, en tiempo y forma, determinará la exclusión de la persona solicitante del procedimiento. </p><p></p><p>7.4.- Subsanación: Efectuadas las comprobaciones, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado, mediante publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial, para que en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El citado requerimiento contendrá indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición y así se reflejará en la resolución del expediente conforme a lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p></p><p>Dicha subsanación se realizará mediante el aporte de la documentación necesaria a través del apartado habilitado en el propio expediente del procedimiento electrónico.</p><p></p><p>8.-INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO</p><p></p><p>Las subvenciones que se regulan en las presente convocatoria se concederán en régimen de concurrencia competitiva conforme al procedimiento que se regula en las presente convocatoria, siendo de aplicación supletoria la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz (BOP nº 140, de 18 de junio de 2004).</p><p></p><p>8.1.- Órganos competentes: La ordenación e instrucción de los procedimientos de concesión de las subvenciones acogidas a la presente convocatoria corresponde, como órgano instructor, al Diputado que tiene delegadas las atribuciones en materia de deporte. El órgano instructor, en el ejercicio de sus funciones, interpretará la presente convocatoria y resolverá aquellos aspectos no recogidos en las mismas, con respeto a la legislación vigente. </p><p></p><p>El otorgamiento de las subvenciones corresponderá al Diputado Delegado del Área de Transición Ecológica y Desarrollo a la Ciudadanía.</p><p></p><p>8.2.- Instrucción del procedimiento: El Órgano Instructor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos y documentos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. A tal efecto solicitará del personal técnico del Servicio de Deportes la emisión de cuantos informes sean necesarios para resolver, y específicamente se acreditará la observación del procedimiento establecido en la presente convocatoria, el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la subvención así como, en su caso, las subsanaciones o documentos que debe presentar el solicitante.</p><p></p><p>8.3.- Admitidos y no admitidos en el procedimiento: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor procederá al examen de las mismas y de la documentación aportada, verificando el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario establecidos en la Base 4 y el resto de extremos exigidos en la presentes convocatoria. Cuando la solicitud no reúna los requisitos o la documentación sea incompleta, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución, conforme a la normativa de procedimiento administrativo.</p><p></p><p>Concluido, en su caso, el trámite de subsanación, el órgano instructor dictará resolución motivada aprobando la relación provisional de personas solicitantes admitidas y no admitidas/excluidas, con indicación expresa, para estas últimas, del motivo concreto de no admisión mediante código estandarizado. Dicha relación se publicará en los medios previstos en esta convocatoria, otorgándose el plazo correspondiente para formular alegaciones y/o subsanar cuando proceda. Examinadas las alegaciones, se aprobará la relación definitiva de admitidos y excluidos, que servirá de base para la fase de valoración.</p><p></p><p>Motivos de exclusión (no admisión):</p><p></p><p>Solicitud presentada fuera de plazo.</p><p>Solicitud no presentada por el canal habilitado o sin firma/validación electrónica.</p><p>Solicitud incompleta o sin datos esenciales (identificación, proyecto, cuantía) que impidan su tramitación.</p><p>No subsanación en plazo de la solicitud o de la documentación requerida.</p><p>Duplicidad de solicitudes o presentación de más de una solicitud por persona solicitante, cuando no esté permitido, sin desistimiento de una de ellas.</p><p>No acreditar empadronamiento/residencia exigidos en la convocatoria.</p><p>No cumplir la edad mínima exigida o no acreditar representación legal cuando proceda.</p><p>No acreditar licencia federativa/título habilitante o inscripción nominal exigible para el proyecto/campeonato.</p><p>Incurrir en alguna prohibición para obtener la condición de beneficiario (art. 13 LGS) o no acreditarlo cuando proceda.</p><p>Incurrir en causa de exclusión por profesionalidad/incompatibilidad prevista en la convocatoria (p. ej., alta u obligación de alta en IAE epígrafes 041?049, o relación laboral/mercantil retribuida vinculada a la actividad deportiva con club/SAD, si procede).</p><p>Ser beneficiario, percibir o tener concedida pendiente ayuda/beca ADO/ADOP, cuando resulte incompatible según la convocatoria.</p><p>El proyecto no se ajusta al objeto/definición de la convocatoria (no oficial/federativo, fuera del periodo, no trazable o no correspondiente a una única modalidad, según la convocatoria).</p><p>Falsedad, inexactitud u omisión esencial en la solicitud, declaraciones responsables o documentación aportada.</p><p>Ficha de terceros no presentada: no aportar en plazo la Ficha de Terceros cuando resulte exigible (alta o modificación).</p><p></p><p>Además de los motivos de exclusión expresamente previstos, será causa de exclusión cualquier otra circunstancia, acción u omisión imputable a la persona solicitante que suponga el incumplimiento de los requisitos, condiciones u obligaciones establecidos en la convocatoria o en la normativa aplicable.  </p><p></p><p>8.4.- Valoración de las solicitudes: La valoración de las solicitudes se realizará por una Comisión de Valoración compuesta por los siguientes miembros:</p><p></p><p>Presidencia: Director del Área de Transición Ecológica y Desarrollo a la Ciudadanía o persona en quien delegue.  </p><p></p><p>El Jefe del Servicio de Deportes</p><p></p><p>Vocalía: Un técnico del Servicio de Deportes designado por el Órgano Instructor.</p><p></p><p>Secretaría: Un técnico del Servicio de Deportes designado por el Órgano Instructor.</p><p></p><p>De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.e) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las solicitudes presentadas se evaluarán y seleccionarán por la Comisión de Valoración teniendo en cuenta los criterios objetivos de valoración que se recogen en el punto 8.5 ?Criterios de Valoración? de la presente convocatoria. La Comisión emitirá un informe con una propuesta motivada de concesión de subvenciones que contendrá la relación de beneficiarios, valoración obtenida y cuantía de la ayudas concedidas, así como la relación de solicitudes desestimadas. Durante el periodo de valoración la Comisión podrá recabar de los solicitantes información complementaria que sirva para un mejor conocimiento del proyecto o actividad. </p><p></p><p>Para la concesión de la subvención, cada solicitud será evaluada sobre una puntuación máxima de 100 puntos. Será requisito indispensable para ser beneficiario alcanzar un mínimo de 40 puntos o, en su defecto, haber participado, como mínimo, en una categoría de ámbito nacional.</p><p></p><p>La puntuación obtenida determinará el importe total de la subvención a otorgar según el siguiente criterio de reparto: el importe del crédito total de la convocatoria se dividirá entre la suma del total de puntos asignados en la valoración a los solicitantes de la convocatoria, de cuyo cálculo se obtendrá un valor del punto. El importe de la subvención a otorgar será el resultado de multiplicar, para cada solicitante, los puntos obtenidos en la valoración por el valor del punto.</p><p></p><p>La Comisión de Valoración podrá solicitar el asesoramiento de profesionales o expertos de reconocido prestigio para el mejor desarrollo de las funciones que tiene encomendadas. </p><p></p><p>8.5.- Criterios de Valoración:</p><p></p><p>Se seguirán los siguientes criterios de valoración:</p><p></p><p>1) Nivel y ámbito territorial de la competición. Hasta un máximo de 20 puntos, valorándose de la siguiente manera:</p><p></p><p>a) Competición de carácter mundial (20 puntos).</p><p>b) Competición de carácter europeo (15 puntos).</p><p>c) Competición nacional (10 puntos).</p><p>d) Competición autonómica (5 puntos).</p><p></p><p>2) Según el número de kilómetros, de ida y vuelta, realizados por la persona solicitante, al objeto de desplazarse al municipio sede de la competición. El número de kilómetros se contabilizará, desde el municipio donde se encuentre empadronada la persona solicitante, hasta el municipio sede de la competición. Hasta un máximo de 20 puntos, valorándose de la siguiente manera:</p><p></p><p>a) Más de 2000 kilómetros (20 puntos).</p><p>b) Entre 1999 y 1500 kilómetros (15 puntos).</p><p>c) Entre 1499 y 1000 kilómetros (10 puntos).</p><p>d) Menos de 1000 kilómetros (5 puntos).</p><p></p><p></p><p>3) Según el número de jornadas efectivas de competición, entendiendo jornadas efectivas exclusivamente aquellas en las que la persona solicitante vaya a participar). Hasta un máximo de 20 puntos, valorándose de la siguiente manera:</p><p></p><p>a) 7 o más jornadas (20 puntos)</p><p>b) 5 ó 6 jornadas (15 puntos)</p><p>c) 3 ó 4 jornadas (10 puntos)</p><p>d) 1 ó 2 jornadas (5 puntos)</p><p></p><p>4) Rendimiento Deportivo. Se valorará el rendimiento deportivo del deportista en la temporada inmediatamente anterior de la competición de mayor nivel solicitada en la Convocatoria presente. Hasta un máximo de 20 puntos, valorándose de la siguiente manera:</p><p></p><p>a) Por haber alcanzado el primer puesto  (1º) en la final de la competición (20 puntos).</p><p></p><p>b) Por haber alcanzado puesto de honor (2º ó 3º) en la final de la competición (15 puntos).</p><p></p><p>c) Por haber alcanzado los puestos 4º hasta 10º inclusive (10 puntos).</p><p></p><p>d) Por su participación en la competición correspondiente o en actividades objeto de esta Convocatoria de Subvenciones (5 puntos)</p><p></p><p>5) Categoría paticipación. Se valorará la categoría oficial en la que la persona solicitante participe en el campeonato objeto del proyecto, conforme a la clasificación federativa o reglamentaria aplicable (edad, nivel o división), asignándose una única puntuación por solicitud, correspondiente a la categoría de mayor exigencia acreditada. Hasta un máximo de 20 puntos, valorándose de la siguiente manera:</p><p></p><p>a) Élite / Absoluta / Senior (máxima categoría deportiva), Subcategorías de alto rendimiento por edad o transición, incluyendo Sub-23, Sub-21, Sub-20, Junior, Juvenil, Sub-18, y categorías equivalentes definidas por la federación/organizador: 20 puntos.</p><p></p><p>b) Categorías Máster/Veteranos (todas sus franjas: Máster 30/35/40/45/50/? o equivalentes): 10 puntos.</p><p></p><p>c) Carácter de participación o promoción: 5 puntos.</p><p></p><p></p><p>8.6.-Propuesta de Resolución: El Órgano Instructor, a la vista del expediente, de los informes técnicos y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución debidamente motivada que contendrá, al menos los siguientes extremos:</p><p></p><p>Convocatoria y aplicación presupuestaria a los que se imputa la subvención.</p><p></p><p>Indicación del beneficiario o beneficiarios de la subvención, de la actividad a realizar o comportamiento a adoptar y del plazo de ejecución con expresión del inicio del cómputo del mismo. Se hará mención expresa a la desestimación del resto de las solicitudes.</p><p></p><p>La cuantía de la subvención concedida, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla. </p><p></p><p>La forma y secuencia del pago y los requisitos exigidos para su abono de acuerdo a lo establecido en la presentes convocatoria.</p><p></p><p>Las condiciones impuestas al beneficiario.</p><p></p><p>Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad para que se concede la subvención y de la aplicación de los fondos recibidos, de acuerdo a las presentes convocatoria reguladoras. </p><p></p><p>La propuesta de resolución se publicará en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz para que, en un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación, los interesados presenten, por los mismos medios ya detallados para la solicitud en la Base 7.1, la siguiente documentación:</p><p></p><p>La propuesta de resolución en ningún caso generará derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se haya publicado en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz la resolución definitiva de la concesión.</p><p></p><p>8.7.-Resolución definitiva: Pasados los 10 días hábiles de exposición de la propuesta de resolución, una vez estudiadas las posibles alegaciones presentadas a la propuesta de resolución y constando en el expediente la documentación acreditativa de la realidad de los datos contenidos en la declaración responsable, se resolverá la concesión de la subvención. La resolución de concesión de las subvenciones será motivada, con expresa referencia a los criterios establecidos en la convocatoria y contendrá, como mínimo, los extremos ya descritos para la propuesta de resolución. Se publicará en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz.</p><p></p><p>El decreto del Diputado Delegado del Área de Economía, Hacienda y Gestión Administrativa, en cuanto resuelva el procedimiento de concesión de la subvención, es definitivo en vía administrativa. </p><p></p><p>9.-JUSTIFICACIÓN DEL GASTO Y PAGO DE LA SUBVENCIÓN</p><p></p><p>9.1.- Plazo de justificación de la subvención.</p><p></p><p>El plazo para presentar la justificación será desde el día siguiente a la publicación en el Tablón de Edictos y Anuncios de la Diputación de Cádiz del Decreto de Concesión Definitiva hasta el 10 de noviembre de 2026 a las 23:59 horas.</p><p></p><p>9.2.- Forma de justificación de la subvención.</p><p></p><p>La justificación de la subvención deberá acompañarse de la siguiente documentación:</p><p></p><p>Memoria Técnica detallada del objeto de la subvención (Anexo IV), firmada por el beneficiario, que incluirá los siguientes datos:</p><p></p><p>Participación y repercusión de la actividad. </p><p></p><p>Recursos humanos utilizados.</p><p></p><p>Infraestructura utilizada.</p><p></p><p>Resultados técnico-deportivos: se debe incluir lugar y fecha de celebración de la actividad, el número total de participantes en el Campeonato, Prueba, Actividad,?; número de participantes según categoría y puesto obtenido; tipo de competición realizada (todos contra todos, liga eliminatoria, etc.).</p><p></p><p>Recursos materiales empleados.</p><p></p><p>Publicidad realizada (quedando acreditada la inclusión del logotipo de la Diputación Provincial en cualquier medio o soporte de difusión de la actividad), cuando a iniciativa del deportista se realice cualquier acto o acción de difusión del proyecto o actividad subvencionada. </p><p></p><p>Dirección web donde se recojan los resultados de las pruebas realizadas.</p><p></p><p>Certificado Federativo, o Diploma acreditativo de la organización, del resultado obtenido. </p><p></p><p>Otras colaboraciones con empresas públicas o privadas.</p><p></p><p>Imágenes de la persona beneficiaria realizando el proyecto deportivo.</p><p></p><p>Cuantas otras informaciones resulten de interés para la valoración de la documentación presentada.</p><p></p><p>Memoria Económica que consistirá en la Cuenta Justificativa de la actividad realizada (Anexo V), donde se relacionan la totalidad de gastos e ingresos necesarios para su desarrollo, y en las facturas originales allí relacionadas.</p><p></p><p>Deberá justificarse la totalidad del importe del proyecto en base al presupuesto económico aprobado al solicitante (Anexo III), y que ha determinado la concesión de la subvención. En caso de que la justificación sea menor que la cantidad aprobada al solicitante, se aminorará la cantidad concedida en igual proporción a la cantidad justificada. </p><p></p><p>En el supuesto de que no se otorgue autorización expresa para que los Servicios de Deportes, Intervención y Tesorería de la Diputación Provincial de Cádiz procedan a la consulta de las certificaciones que acrediten el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, la Hacienda Autonómica y la Seguridad Social, mediante redes corporativas, plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, dichas certificaciones deberán ser aportadas de manera directa por el interesado en la forma y plazo que le sea requerido.</p><p></p><p>La falta de aportación de la documentación requerida o de la aceptación de la subvención en el plazo establecido supondrá el desistimiento de la solicitud.</p><p></p><p>En caso de que el deportista, en el momento de la solicitud, no haya formalizado todavía la inscripción en la competición objeto de la subvención, deberá presentar el documento acreditativo de la inscripción en la competición objeto de subvención junto a la justificación.</p><p></p><p>Para los supuestos en que el proyecto presentado comprenda dos o más competiciones, por concurrir entre las mismas una relación de dependencia, vinculación funcional o continuidad competitiva, en los términos establecidos en el apartado 5 de la presente convocatoria, la persona solicitante deberá aportar, además de los certificados oficiales de inscripción correspondientes, la documentación acreditativa fehaciente que permita verificar dicha secuencia competitiva, consistiendo, al menos, en: a) el acta oficial de resultados de la competición de menor nivel; y b) el acta oficial de clasificación, o documento oficial equivalente, que acredite la obtención del derecho de participación y/o el acceso a la competición de mayor nivel.</p><p></p><p>Deberá justificarse la totalidad del importe concedido al deportista en base al proyecto deportivo y económico presentados en los Anexos II y III. No se aceptarán a trámite justificantes, cualquiera que sea su importe, en concepto de gastos indirectos que ocasione la actividad.</p><p></p><p>Los gastos efectivamente realizados para la ejecución de la actividad subvencionable se justificaran mediante ejemplar original de facturas, ajustadas a lo regulado en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, y en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y demás documentos de valor probatorio en el trafico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, así como documento probatorio del abono de las mismas. Será requisito imprescindible que las facturas estén a nombre del beneficiario y contendrán, en todo caso, los siguientes datos:</p><p></p><p>Número de factura del proveedor. </p><p>Lugar y fecha de la emisión de la factura. </p><p>Nombre, NIF, domicilio fiscal, firma y sello del expedidor. </p><p>Nombre y DNI de la persona beneficiaria. </p><p>Concepto por el que se factura con cantidades y precios unitarios si fuera el caso. Si se hace referencia a albaranes u otro tipo de notas, se adjuntarán a la factura. </p><p>Tipo de IVA aplicado, si corresponde. </p><p>Importe total de la factura. </p><p></p><p>Todos los documentos acreditativos de los gastos de la actividad subvencionada deberán corresponder al plazo de ejecución del proyecto establecido en el punto 5º de la presente convocatoria.</p><p></p><p>Toda facturación llevada a cabo posteriormente a la realización de la actividad subvencionada deberá adjuntar albarán de entrega.</p><p></p><p>Será desestimada cualquier factura que se haya abonado en efectivo por una cuantía superior a mil euros (1.000,00€) conforme el artículo 18 de la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.</p><p></p><p>La Diputación podrá comprobar el valor de mercado de los gastos subvencionados por cualquiera de los medios previstos en el artículo 33 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p></p><p>La justificación de la subvención se realizará mediante la cumplimentación de la Cuenta Justificativa, según el modelo establecido en el Anexo V, acompañada de la Memoria Técnica, ambas presentadas por los mismos medios ya detallados para la solicitud en la base 7.1.</p><p></p><p>En el caso de que la documentación de la justificación remitida contenga algún error o defecto, se solicitará la subsanación correspondiente, teniendo el beneficiario un plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la fecha de notificación, para corregir los aspectos indicados.</p><p></p><p>La subsanación de la justificación se realizará por los mismos medios ya detallados para la justificación de la subvención y en el que se especifique el objeto de la presentación de los documentos y una relación de los mismos.</p><p></p><p>Siempre que se haya alcanzado el objetivo o finalidad perseguidos, si no se justificara debidamente el total de la ayuda concedida deberá reducirse el importe de la subvención concedida por el importe de la cantidad no justificada siempre y cuando la ejecución de este haya sido al menos de un 70% de lo proyectado.</p><p></p><p>9.3.- Pago de la subvención: El pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario, de la realización de la actividad para la que se concedió en los términos establecidos en la presentes convocatoria. </p><p></p><p>Previo al pago de la subvención se verificará que el beneficiario está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante las administraciones estatal, autonómica y provincial y frente a la Seguridad Social o del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. La acreditación mediante certificación vigente de la administración estatal y de la Seguridad Social, correrá a cargo del interesado cuando en la solicitud de la subvención hubiera denegado expresamente la autorización a la Diputación Provincial de Cádiz a recabarlas ante las respectivas Administraciones Públicas. En todo caso el interesado deberá presentar el Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Autonómica Andaluza.</p><p></p><p>10.- GASTOS SUBVENCIONABLES</p><p></p><p>Los gastos subvencionables se regirán por lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y deberán cumplir, en todo caso, los siguientes requisitos: (i) responder de manera directa, inequívoca y verificable a la naturaleza de la actividad subvencionada (proyecto/campeonato), (ii) resultar estrictamente necesarios para su realización, (iii) estar realizados y pagados dentro del plazo de ejecución establecido en esta convocatoria, (iv) quedar acreditados mediante factura o documento de valor probatorio equivalente y su correspondiente justificante de pago, y (v) no superar el valor de mercado. El IVA será subvencionable únicamente cuando no sea susceptible de recuperación o compensación por la persona beneficiaria.</p><p></p><p>Son subvencionables los siguientes conceptos de gasto:</p><p></p><p>a) Vestuario y material deportivo no inventariable. Se considera material no inventariable aquel cuyo uso o durabilidad está vinculado a la temporada/ciclo competitivo del proyecto, que presenta desgaste por uso deportivo y cuya vida útil no excede razonablemente de dicho periodo. A efectos de esta convocatoria, tendrá, con carácter general, la consideración de inventariable (y, por tanto, no subvencionable) el material cuya naturaleza evidencie una vida útil prolongada. Se considerará gasto no subvencionable la adquisición de material en cantidad o unidades manifiestamente desproporcionadas respecto de la utilización ordinaria durante una temporada deportiva para la modalidad y categoría de la persona solicitante, según criterios objetivos de necesidad y proporcionalidad, pudiendo el órgano instructor requerir justificación adicional y, en su caso, minorarlo o excluirlo.</p><p></p><p>En el caso de vestimenta deportiva, deberá incorporar de manera serigrafiada el logotipo de la Diputación Provincial de Cádiz en la zona más visible del equipamiento adquirido, salvo que se acredite, mediante declaración y documentación, la existencia de un patrocinador principal cuya aportación económica sea superior y que, por requisitos contractuales o de imagen, deba ocupar dichas áreas. </p><p></p><p>Con carácter enunciativo, se considera material deportivo no inventariable en el marco de la presente convocatoria: los materiales imprescindibles para la práctica deportiva (balones y pelotas, redes, discos, aros, cintas, mazas, palas, raquetas, sticks, bates y otros implementos), y los materiales de protección y seguridad indispensables para la práctica deportiva (protecciones, \tespinilleras, coderas, rodilleras, muñequeras, chalecos, guantes).</p><p></p><p>b) Gastos por desplazamientos, incluidos los derivados del uso de transporte con empresas especializadas, de carácter público o privado y del alquiler de vehículos a través de empresas autorizadas, para participar en competiciones deportivas oficiales (solo serán subvencionables los gastos de combustible con fecha de factura 48 horas previas y posteriores al día del evento).</p><p></p><p>c) Gastos de alojamiento estrictamente necesarios por asistencia a competiciones deportivas oficiales incluidas en el proyecto, limitados exclusivamente a las pernoctaciones de la persona solicitante/beneficiaria</p><p></p><p>d) Gastos en inscripciones por la participación en competiciones deportivas oficiales.</p><p></p><p>e) Gastos relativos al servicio de profesionales del deporte, la fisioterapia y la nutrición; así como los productos y suplementos comprados en su ámbito.</p><p></p><p>f) Gastos federativos: formalización de las licencias federativas, arbitrajes y seguros de los deportistas.</p><p>No son subvencionables los siguientes conceptos de gasto:</p><p></p><p>a) Los gastos que respondan a actividades lucrativas.</p><p></p><p>b) Los gastos derivados de sanciones económicas.</p><p></p><p>c) Gastos de protocolo o representación.</p><p></p><p>d) Los gastos de manutención y dietas.</p><p></p><p>e) Los gastos en combustible que no correspondan al desplazamiento para participar en competiciones deportivas oficiales.</p><p></p><p>f) Cualquier otro gasto no incluido en el apartado anterior de gastos subvencionables. </p><p></p><p>g) Materiales inventariables: porterías, canastas, estructuras, pesas, mancuernas, barras, balones medicinales, sacos, cajas de salto, ruedas abdominales, máquinas de gimnasio, bancos, soportes, pistas inflables, cestas de almacenamiento, material de cronometraje y seguimiento gps, y otros que se consideren.</p><p></p><p>11- REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN</p><p></p><p>11.1.- Supuestos de reintegro: Procederá el reintegro de las subvenciones tras la declaración judicial o administrativa de la nulidad o anulación de la resolución de concesión, así como cuando medie cualquiera de las causas revistas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Procederá el reintegro cuando concurra alguna de las causas previstas legalmente y, en particular, cuando exista incumplimiento de la finalidad, incumplimiento de la obligación de justificación o insuficiencia documental, todo ello previa tramitación del oportuno procedimiento de reintegro con audiencia a la persona interesada.</p><p></p><p>11.2.- Procedimiento de reintegro: el procedimiento de reintegro será el regulado en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz (BOP nº 140, de 18 de junio de 2004).</p><p></p><p>12.- OBLIGACIONES QUE ASUMEN LOS BENEFICIARIOS DE LAS SUBVENCIONES.</p><p></p><p>Las personas beneficiarias de las subvenciones se comprometen expresamente al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley General de Subvenciones. Además, asumirán las siguientes obligaciones:</p><p></p><p>a) Mantener las condiciones y elementos declarados en el proyecto que sirvieron de base para otorgar la subvención y comunicar a la Diputación Provincial de Cádiz cualquier alteración o modificación que pudiera producirse en su ejecución.</p><p></p><p>b) Comunicar a la Diputación Provincial de Cádiz la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes, públicos o privados, nacionales o internacionales.</p><p></p><p>c) Proporcionar cuanta información y documentación complementaria les sea solicitada por la Diputación Provincial de Cádiz a efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos, tanto a efectos de seguimiento y control de la actividad subvencionada, como de evaluación y justificación de la subvención.</p><p></p><p>d) Cuando a iniciativa del deportista se realice cualquier acto o acción de difusión del proyecto o actividad subvencionada (incluidos medios electrónicos, webs, foros, redes sociales, medios audiovisuales y menciones realizadas en medios de comunicación), éste deberá hacer constar que dicho proyecto o actividad se requerirá que los deportistas beneficiarios incluyan las marcas ?Diputación de Cádiz? en su material promocional, publicidad y durante su participación en las distintas competiciones. Las leyenda y  logos correspondientes serán remitidos por el Servicio de Deportes de la Diputación de Cádiz, siempre de conformidad con las normas gráficas del ?Manual de Identidad Corporativa?.</p><p></p><p>e) Cumplir lo estipulado en la legislación sectorial vigente, en materia de seguridad, cuidado medioambiental y salud, eximiendo a la Diputación Provincial de Cádiz, de cualquier reclamación judicial o administrativa derivada del incumplimiento de lo anteriormente expuesto. Asimismo asumirá cualquier responsabilidad civil por perjuicios a terceros derivados de la realización de la actividad, quedando eximida la Diputación Provincial de Cádiz.</p><p></p><p>f) Justificar debidamente la aplicación de la ayuda concedida y percibida en la forma y plazos establecidos en esta convocatoria.</p><p></p><p>g) De todas estas obligaciones responderán los propios beneficiarios, o los representantes legales de estos, que serán los que firmen la solicitud. </p><p></p><p>13.-PROTECCIÓN DE DATOS.</p><p>Los datos de carácter personal que se puedan tratar en este procedimiento, cumplirán lo establecido en el régimen jurídico de la protección de datos. Básicamente el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Además del resto de disposiciones específicas que se puedan dar. Asimismo, los sistemas de información donde serán tratados dichos datos, cumplen las exigencias del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.</p><p>14.- ANEXOS, NOTIFICACIONES, PUBLICIDAD, PLAZO DE RESOLUCIÓN Y RECURSOS.</p><p></p><p>14.1.- Anexos: La ruta de acceso es: Trámites Disponibles para el Servicio de Deportes</p><p></p><p>14.2.- Notificaciones: Todos los actos, resoluciones y trámites administrativos con efectos a terceros que se deriven de la presente convocatoria de subvenciones se publicarán en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, surtiendo los mismos efectos que la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p></p><p>14.3.- Publicidad: En todo lo relativo a la publicidad de las subvenciones y de información para la Base de Datos Nacional de Subvenciones se aplicará lo establecido en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y normativa reglamentaria de desarrollo. En todo caso se dará publicidad en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz o en la página web de la Corporación.</p><p></p><p>14.4.- Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, a partir de la publicación de la convocatoria.</p><p></p><p>El transcurso del plazo máximo sin que se haya notificado la resolución del procedimiento a las interesadas, legitima a éstas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.</p><p></p><p>14.5. Recursos: La resolución del procedimiento de concesión pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de su publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso o ejercitarse cualquier acción que se estime procedente.</p><p></p><p>Si interpone el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo por transcurso de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?.</p><p></p><p>15.-RÉGIMEN SANCIONADOR.</p><p></p><p>El régimen sancionador aplicable en el marco de la presente convocatoria será el previsto en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 140, de fecha 18 de junio de 2004, y conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en sus disposiciones de desarrollo.</p><p></p><p>La constatación del incumplimiento de cualquiera de las condiciones, obligaciones o requisitos establecidos en la presente convocatoria dará lugar a la exclusión inmediata del procedimiento de adjudicación de la subvención, sin perjuicio de las responsabilidades adicionales que, en su caso, pudieran derivarse.</p><p></p><p>En el supuesto de que dicho incumplimiento sea detectado con posterioridad al abono de las cantidades concedidas, se procederá al inicio del correspondiente procedimiento administrativo de reintegro, que incluirá la restitución íntegra de las cantidades percibidas, incrementadas, en su caso, con los intereses legales que correspondan desde el momento de su percepción hasta la fecha de devolución. Asimismo, podrá imponerse una sanción económica de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, sin que dicha sanción pueda exceder del triple del importe indebidamente percibido.</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>ANEXOS 2026 DEPORTISTAS INDIVIDUALES</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>ANEXO I: SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA DEPORTISTAS INDIVIDUALES 2026</p><p></p><p>1</p><p>DATOS DEL DEPORTISTA SOLICITANTE</p><p>NOMBRE Y APELLIDOS DEL DEPORTISTA </p><p>N.I.F./N.I.E.</p><p></p><p>LOCALIDAD</p><p></p><p>FECHA DE NACIMIENTO</p><p></p><p></p><p>2</p><p>REPRESENTANTE LEGAL (EN CASO DE MENORES DE EDAD)</p><p>NOMBRE Y APELLIDOS</p><p></p><p>N.I.F./N.I.E.</p><p></p><p></p><p></p><p>3</p><p>MEDIO DE NOTIFICACIÓN</p><p>NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA</p><p></p><p>El medio de notificación para esta solicitud es electrónico, mediante comparecencia en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz, por lo que indique el correo electrónico y número de teléfono móvil donde desea recibir una alerta para que acceda la sede y al contenido de la notificación: </p><p></p><p>CORREO ELECTRÓNICO</p><p></p><p>TELÉFONO MÓVIL</p><p></p><p></p><p></p><p>4</p><p>TÍTULO DEL PROYECTO PARA AYUDAS ECONÓMICAS A DEPORTISTAS INDIVIDUALES DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ NO PROFESIONALES (COMPETICIÓN, CATEGORÍA Y DEPORTE AL QUE PRESENTA LA SUBVENCIÓN)</p><p></p><p></p><p></p><p>5</p><p>DERECHO DE OPOSICIÓN1</p><p>Las áreas tramitadoras del expediente van a consultar los siguientes datos, en el caso de que no esté de acuerdo, manifieste su oposición (artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre): </p><p>Â£</p><p>ME OPONGO a la consulta de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, por lo que APORTO certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.</p><p>Â£</p><p>ME OPONGO  a la consulta de mis datos de identidad por lo que APORTO DNI.</p><p></p><p></p><p>6</p><p>CONSENTIMIENTO EXPRESO</p><p>CONSENTIMIENTO EXPRESO DE CONSULTA DE DATOS TRIBUTARIOS2 A LAS ÁREAS TRAMITADORAS DEL EXPEDIENTE</p><p>Marque una de las dos opciones:</p><p>Â£</p><p>Presto el CONSENTIMIENTO para la consulta de datos tributarios.</p><p>Â£</p><p>NO CONSIENTO  por lo que aporto el certificado de estar al corriente con la Hacienda Estatal y Autonómica.</p><p></p><p>7</p><p>DOCUMENTACIÓN A APORTAR2</p><p>En caso de presentar la solicitud con certificado de persona física como representante, acreditación de dicha representación (poder notarial, representación legal o voluntaria).</p><p></p><p>Licencia Federativa de la persona solicitante.</p><p></p><p>Certificado federativo o Acta de Competición expedido por la Federación deportiva nacional y/o autonómica correspondiente de la inclusión de la prueba dentro del calendario oficial o circular federativa firmada por el Secretario de la Federación correspondiente. </p><p></p><p>Certificado federativo o Acta de Competición firmado por el Secretario de la Federación correspondiente que acredite que el deportista estuvo inscrito en la temporada anterior en prueba igual o de ámbito similar, con expresión de los resultados obtenidos por el deportista en cuestión. </p><p></p><p>Documento acreditativo de la inscripción en la competición objeto de subvención (deberá presentarla posteriormente junto a la justificación). </p><p></p><p>Certificado de empadronamiento vigente, expedido por el Ayuntamiento correspondiente dentro del año natural de la convocatoria, en el que conste que la persona solicitante se encuentra empadronada y con residencia efectiva en un municipio de la provincia de Cádiz.</p><p></p><p>Anexo II: proyecto de la actividad objeto de subvención.</p><p></p><p>Anexo III: presupuesto detallado por conceptos.</p><p></p><p>Datos bancarios para proceder al pago de la subvención</p><p>En el caso de que no se encuentre dado de alta en los Registros Contables de la Diputación Provincial de Cádiz, o precise actualizar sus datos bancarios o económicos, deberá cumplimentar el trámite ?Ficha de Terceros? en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz. Enlace: https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles</p><p></p><p>8</p><p>DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD</p><p>La persona abajo firmante DECLARA:</p><p>Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud, así como en la documentación adjunta, y se COMPROMETE a cumplir las obligaciones y requisitos exigidos por las normas de aplicación.</p><p>Que si entre la información facilitada o consultada en la Plataforma de Intermediación de Datos figuran datos de terceros, ASUMO EL COMPROMISO de informarles de los extremos señalados en la cláusula informativa sobre Protección de Datos Personales, a fin de que pueda ejercer sus derechos. </p><p>Que el solicitante de la ayuda reúne los requisitos y se encuentra en la situación que fundamenta la  concesión de la subvención y no está incurso en ninguna de las causas que le impidan obtener la condición de beneficiario, y tiene la capacidad para llevar a cabo la actuación recogida en la Memoria descriptiva adjunta conforme a la normativa vigente.</p><p>Que la persona solicitante no tiene la condición de beneficiaria, ni percibe, ni tiene concedida pendiente de abono en la anualidad objeto de la solicitud, ninguna ayuda o beca correspondiente a los programas ADO o ADOP (Asociación de Deportes Olímpicos y Paralímpicos), en relación con la misma finalidad y periodo de la presente convocatoria.</p><p>Que la persona solicitante no figura de alta, ni tiene obligación de alta, en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en ninguno de los epígrafes 041 a 049, ambos inclusive; que no mantiene relación laboral por cuenta ajena, ni relación profesional/mercantil retribuida asimilable, vinculada a la actividad deportiva al servicio de un club deportivo o de una Sociedad Anónima Deportiva (SAD); y que no percibe retribuciones, remuneraciones o contraprestaciones de carácter económico derivadas de la práctica deportiva en términos que determinen la condición de deportista profesional, conforme a lo previsto en las presente convocatoria y en la normativa aplicable.</p><p></p><p>9</p><p>INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES</p><p>Los datos personales facilitados mediante el presente formulario serán tratados por la Diputación Provincial de Cádiz, para darle adecuada respuesta a la solicitud formulada en el procedimiento de referencia que ha iniciado con la presentación de la misma. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad: dirigiéndose a la Delegación de Protección de Datos por correo electrónico: dpd@dipucadiz.es o al teléfono 956240320; de forma electrónica a través de la Sede electrónica https://sede.dipucadiz.es; o de forma postal enviando un escrito al Registro General deÂ Diputación (Edificio Roma), en Avenida 4 de diciembre de 1977, 12, 11071 de Cádiz. Puede consultar toda la información completa en https://www.dipucadiz.es/protecciondedatos/. </p><p></p><p>10</p><p>ÓRGANO AL QUE SE DIRIGE</p><p>PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ (Unidad tramitadora: Servicio de Deportes)</p><p></p><p>ANEXO II: PROYECTO PARA EL QUE SE SOLICITA SUBVENCIÓN. DEPORTISTAS INDIVIDUALES 2026</p><p>NOMBRE DEPORTISTA</p><p></p><p>NIF</p><p></p><p>TÍTULO DEL PROYECTO</p><p></p><p>ÁMBITO DE LA COMPETICIÓN DE MAYOR CATEGORÍA: </p><p></p><p>AUTONÓMICA</p><p></p><p>NACIONAL</p><p></p><p>EUROPEA</p><p></p><p>MUNDIAL</p><p>CATEGORÍA DE COMPETICIÓN</p><p></p><p>ÉLITE / ABSOLUTA /JUNIOR O EQUIVALENTE</p><p></p><p>MÁSTER / VETERANO</p><p></p><p>FORMACIÓN</p><p></p><p></p><p>FEDERACIÓN</p><p></p><p>MODALIDAD DEPORTIVA</p><p></p><p>PRUEBA DEPORTIVA</p><p></p><p></p><p>RESUMEN DE LA ACTIVIDAD</p><p>DENOMINACIÓN DE LA ACTIVIDAD Y DESCRIPCIÓN </p><p></p><p></p><p>OBJETIVOS QUE SE PRETENDEN CONSEGUIR</p><p></p><p></p><p>CELEBRACIÓN DE LA COMPETICIÓN (1 FILA POR CAMPEONATO) 1</p><p></p><p>COMPETICIÓN</p><p></p><p>LUGAR</p><p>DESDE</p><p>(dd/mm/aaaa)</p><p>HASTA</p><p>(dd/mm/aaaa)</p><p>Nº JORNADAS EFECTIVAS 2</p><p>RESULTADO AÑO ANTERIOR</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>1. Únicamente se considerarán válidos los ciclos de campeonatos cuando exista relación de dependencia o continuidad competitiva entre ellos</p><p></p><p>2. Se entenderá jornadas efectivas exclusivamente aquellas en que el beneficiario participe en la competición objeto de la subvención.</p><p>DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>DESPLAZAMIENTO: Indicar número de kilómetros previstos a realizar, en total, desde el lugar de empadronamiento del deportista hasta las localidades donde se celebren las competiciones (ida y vuelta)</p><p></p><p></p><p>INSTALACIONES DONDE SE DESARROLLARÁ</p><p></p><p></p><p>MEDIOS DE DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD. ENLACES DÓNDE APARECE DICHA PUBLICIDAD. PUBLICACIONES EN REDES SOCIALES.</p><p></p><p></p><p></p><p>Nota: Dicho anexo deberá ser cumplimentado de la forma más exhaustiva posible, no admitiéndose la presentación del proyecto en otro formato distinto.</p><p></p><p></p><p>ÓRGANO AL QUE SE DIRIGE</p><p></p><p>PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ (Unidad tramitadora: Servicio de Deportes)</p><p></p><p>ANEXO III: PRESUPUESTO DESGLOSADO DEL PROYECTO. DEPORTISTAS INDIVIDUALES 2026</p><p>NOMBRE DEL DEPORTISTA</p><p></p><p>N.I.F.</p><p></p><p>TÍTULO PROYECTO </p><p></p><p>IMPORTE TOTAL DEL PROYECTO (cantidad solicitada a la Diputación + aportación propia + otras fuentes de ingresos) máximo 2.000 €: </p><p></p><p></p><p>INGRESOS</p><p>CANTIDAD SOLICITADA A LA DIPUTACIÓN (máximo 2.000 €): </p><p></p><p>APORTACIÓN PROPIA</p><p></p><p>OTRAS FUENTES DE INGRESOS (Recibida en el plazo de esta convocatoria)</p><p>AYUDAS SOLICITADAS O PERCIBIDAS PARA REALIZAR ESTE PROYECTO</p><p></p><p>Nombre de la ayuda </p><p>Entidad, organismo o institución </p><p>Cantidad </p><p>solicitada </p><p>Estado </p><p>(solicitada/concedida)</p><p>Cantidad concedida</p><p>  </p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>TOTAL INGRESOS: </p><p></p><p></p><p>GASTOS SUBVENCIONABLES </p><p> </p><p>Conceptos </p><p>Desglose del concepto (tipos de gastos) </p><p>Coste de cada tipo de gasto </p><p>Coste total del concepto </p><p></p><p>Vestuario y/o material deportivo</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Desplazamientos y/o combustible</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Alojamiento</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Gastos en profesionales del deporte, fisioterapia y nutrición</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Gastos federativos e inscripciones</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>TOTAL GASTOS SUBVENCIONABLES</p><p></p><p>Nota: Solo podrá presentar facturas relacionadas con los gastos subvencionables y referidas a un solo proyecto</p><p></p><p>D./Dña. _______________________________________________________, certifica la veracidad de todos los datos que obran en el presente anexo.</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>ÓRGANO AL QUE SE DIRIGE</p><p></p><p>PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ (Unidad tramitadora: Servicio de Deportes)</p><p></p><p>ANEXO IV: MODELO DE MEMORIA TÉCNICA. DEPORTISTAS INDIVIDUALES 2026.</p><p></p><p>1. PARTICIPACIÓN Y REPERCUSIÓN DE LA ACTIVIDAD</p><p></p><p></p><p>2. RECURSOS HUMANOS UTILIZADOS</p><p></p><p></p><p>3. INFRAESTRUCTURA UTILIZADA</p><p></p><p></p><p>4. RECURSOS MATERIALES</p><p></p><p></p><p>5. RESULTADOS TÉCNICOS-DEPORTIVOS</p><p>5.1. CALENDARIO DE COMPETICIÓN</p><p></p><p>5.2. LUGAR Y FECHA DE COMPETICIONES</p><p></p><p>5.3. PUESTO OBTENIDO</p><p></p><p>5.4. NÚMERO DE PARTICIPANTES</p><p></p><p>5.5. DIRECCIÓN WEB DONDE SE RECOJAN LOS RESULTADOS</p><p></p><p>5.6. OTROS</p><p></p><p></p><p>6. PUBLICIDAD REALIZADA (SOLO LA ACREDITADA CON LA INCLUSIÓN DEL LOGOTIPO DE DIPUTACIÓN)</p><p></p><p></p><p>7. OTRAS COLABORACIONES CON EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS</p><p>7.1. INSTITUCIONES / EMPRESAS PÚBLICAS</p><p></p><p>7.2. EMPRESAS PRIVADAS</p><p></p><p></p><p>8. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS</p><p></p><p></p><p></p><p>9. IMÁGENES ADJUNTAS</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>ÓRGANO AL QUE SE DIRIJE</p><p>PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ (Unidad tramitadora: Servicio de Deportes)</p><p></p><p>ANEXO V: CUENTA JUSTIFICATIVA. DEPORTISTAS INDIVIDUALES 2026.</p><p>D/Dª_____________________________________ con D.N.I. ________________________ , y/o el representante legal o tutor de D/Dª ________________________, con D.N.I. _______________ , beneficiario/a en la convocatoria de subvenciones del Servicio de Deportes de la Diputación Provincial de Cádiz, correspondiente al año 2026 de una subvención de ________________ € para la ejecución del proyecto denominado ________________________________.</p><p> </p><p>CERTIFICA:</p><p></p><p>Primero.- Que la relación numerada de facturas, recibos y demás documentos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que se detallan en este Anexo V, corresponden a gastos efectivamente realizados por importe total de _________€ y que este gasto ha sido empleado en su totalidad para el fin del proyecto subvencionado y es acorde con las partidas detalladas en el presupuesto de gastos presentado.</p><p></p><p>Segundo.- Que el beneficiario arriba citado garantiza que dichos documentos originales que han sido presentados, y que no queden depositados en el expediente instruido por el Servicio de Deportes de la Diputación de Cádiz, estarán a disposición de ésta para cualquier inspección.</p><p></p><p>Tercero.- Que dichos documentos podrán ser presentados ante otras administraciones públicas o entes privados como justificantes de subvenciones concedidas por ellas para el mismo fin, siempre y cuando la cuantía total de ayuda no supere el 100% del coste de la actividad subvencionada.</p><p></p><p>Cuarto.- Que los conceptos a los que se imputa el gasto realizado son los que se relacionan en dicho Anexo con los importes detallados.</p><p></p><p>Quinto.- Relación clasificada de los gastos de la actividad:</p><p></p><p>Identificación del acreedor</p><p>Número factura</p><p>Concepto Factura</p><p>Fecha </p><p>Emisión Factura</p><p>Fecha Pago Factura</p><p>Importe Factura</p><p>€</p><p>NIF</p><p>Nombre </p><p>Razón Social</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>TOTAL GASTOS...........</p><p>€</p><p>Sexto.- Detalle de ingresos o subvenciones que han financiado la actividad subvencionada:</p><p>Identificación de la procedencia</p><p>Importe €</p><p></p><p></p><p>TOTAL INGRESOS...........</p><p>€</p><p>El/La abajo firmante declara bajo su responsabilidad que los datos incluidos son ciertos, y para que conste a los efectos oportunos, firmo la presente.</p><p></p><p></p><p></p><p>ÓRGANO AL QUE SE DIRIGE</p><p></p><p>PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ (Unidad tramitadora: Servicio de Deportes)</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopcadiz.es/export/sites/default/.boletines_pdf/2026/05_mayo/BOP090_14-05-26.pdf#page=7","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE CÁDIZ","datPublicacion":"2026-05-14"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}