{"id":1104388,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"PUIG DE SANTA MARIA, EL","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE PUIG DE SANTA MARIA, EL"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"902827","fechaRecepcion":"2026-04-30","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1800,"mrr":false,"descripcion":"CONTE 2026 - CONVOCATORIA 34ª EDICIÓN PREMIO NARRATIVA CORTA","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES","codigo":"R"}],"regiones":[{"descripcion":"ES523 - Valencia / València"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS MUNICIPALES A LA CREACION LITERARIA CONTE","urlBasesReguladoras":"https://ayuntamientodeelpuig.sedelectronica.es/info.0","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"El día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP Valencia","textFin":"15 dias naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP Valencia","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1446374,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"02_Certi_JGL_23-04_convocatoria_ajudes_34_CONTE_2026_EXP_2692900P_-_SEFYCU_8064025.pdf","long":494943,"datMod":"2026-04-30","datPublicacion":"2026-04-30"}],"anuncios":[{"numAnuncio":210612,"titulo":"Anuncio del Ayuntamiento del Puig de Santa Maria sobre la convocatoria de ayudas municipales a la creación literaria: 34ª Edición Premio de Narrativa Corta (Conte). Ejercicio 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/738375).</p><p></p><p>Primero: Beneficiarias</p><p></p><p>Podrán participar todas las personas que cumplan con los siguientes requisitos:</p><p></p><p>1.\tPodrán optar al Premio de Narrativa Corta CONTE para el ejercicio de la convocatoria todas las personas que lo deseen mayores de 18 años, a excepción de las personas ganadoras de la edición inmediatamente anterior.</p><p></p><p>2.\tLos relatos presentados, en prosa narrativa, serán de tema libre y cada autor/a podrá presentar un solo cuento, que será en valenciano o en castellano.</p><p></p><p>3.\tLas obras presentadas deberán ser originales e inéditas, no habiendo sido publicadas ni total ni parcialmente, ni galardonadas en éste u otro certamen literario.</p><p></p><p>Segundo: Objeto</p><p></p><p>Las presentes bases tienen por objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión de la 34ª Edición de los Premios de Narrativa Corta CONTE, 2026.</p><p></p><p>La finalidad de esta convocatoria es la ayuda a la creación literaria en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.</p><p></p><p>Tercero: Bases reguladoras</p><p></p><p>Acuerdo plenario de 4 de diciembre de 2018. </p><p>BOP n.º 81, de 29/04/2019.</p><p>URL. www.elpuig.es Cuarto: Cuantía</p><p> </p><p>La dotación presupuestaria de 5.000 euros, adscrita al pago de los premios, se imputará a la aplicación presupuestaria 33400-48001 Cultura. Becas de Estudio y Premios Cultura del presupuesto Municipal vigente para el año 2026.</p><p></p><p>La distribución y cuantía de los premios será:</p><p></p><p>MEJOR CONTE EN VALENCIANO...600 euros </p><p>ACCÉSIT CONTE EN VALENCIANO...300 euros </p><p>MEJOR CONTE EN CASTELLANO...600 euros </p><p>ACCÉSIT CONTE EN CASTELLANO...300 euros</p><p></p><p>Los presentes premios están sujetos a tributación por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas en el caso de los nacionales de España, en los términos de la normativa vigente.</p><p></p><p>Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes</p><p></p><p>El plazo para la presentación de cuentos será de 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. La publicación se hará después de la aprobación de la convocatoria por la Junta de Gobierno Local.</p><p></p><p>Sexto. Documentación a presentar</p><p></p><p>La documentación exigida deberá presentarse en el centro cultural LA MARINA, plaza Mariano Benlliure, s/n, 46540 EL PUIG DE SANTA MARIA. También podrán presentarse mediante correo electrónico (lamarina@elpuig.es) o por cualquiera de los medios señalados en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p></p><p>DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:</p><p></p><p>a)\tLos cuentos tendrán una extensión mínima de 3 hojas y máxima de 8 y se enviarán por triplicado, firmados con el lema o seudónimo, con el siguiente formato:</p><p></p><p>-\tDocumento de Word.</p><p>-\tHojas DIN-A4, escritas por una sola cara y a espacio 1,5.</p><p>-\tEl carácter de escritura será la letra Times New Roman (tamaño 12).</p><p></p><p>b)\tLos cuentos se habrán de enviar en un sobre cerrado, en el exterior del sobre constará el lema o seudónimo. Dentro habrá otro donde se incluirán los datos personales de los participantes (Nombre, apellidos, DNI, dirección completa y teléfono de contacto). Optativamente las personas participantes podrán adjuntar su currículum.</p><p></p><p>c)\tEn caso de que se opte por la presentación mediante correo electrónico ( lamarina@elpuig.es), deberán enviarse dos archivos, uno con el relato y otro con los datos personales. La organización garantiza el anonimato de las personas participantes.</p><p></p><p>d)\tDeclaración responsable del beneficiario/a:</p><p></p><p>-\tQue los datos expuestos en la solicitud son ciertos.</p><p> </p><p></p><p>-\tQue se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, autonómica y local, y con la Seguridad Social.</p><p></p><p>-\tQue se compromete a cumplir las obligaciones que, para los perceptores de ayudas y subvenciones, establece el art. 14 de la misma Ley General de Subvenciones.</p><p></p><p>-\tQue no ha solicitado ni obtenido ninguna otra ayuda para la misma finalidad de entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales que resulte incompatible con la presente ayuda y que, en caso de ser compatible, no superen conjuntamente el coste del gasto subvencionado.</p><p></p><p>e)\tSe comprobará que la documentación es correcta. De no ser así, la Administración requerirá a las personas que opten a las ayudas para que en el plazo de diez días presenten los documentos preceptivos, con la advertencia de que si no lo hicieran se considerará que desisten de su petición, y que, previa resolución correspondiente, se procederá al archivo del expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p></p><p>Séptimo. Resolución</p><p></p><p>La resolución corresponde a la Junta de Gobierno Local y se dará conocer en acto público el día 8 de septiembre de 2026. También se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Puig de Santa Maria, en el Centro Cultural LA MARINA y en la web municipal: (www.elpuig.es).</p><p></p><p>Octavo. Recursos</p><p></p><p>Contra la resolución de concesión del premio, que es definitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo que establece la Ley Reguladora del Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, podrá interponer uno de los siguientes recursos:</p><p></p><p>a)\tCon carácter potestativo, recurso de reposición delante del mismo órgano que dictó el acto recorrido, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación o notificación. La interposición del recurso, a excepción de los casos donde una disposición determine otra cosa, no suspende la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.</p><p></p><p>Si transcurre un mes desde el día siguiente de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto y notificado, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso administrativo delante de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente del día de la desestimación presunta.</p><p></p><p>b)\tDirectamente recurso contencioso-administrativo delante del Juzgado Contencioso- administrativo de Valencia dentro del plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de su publicación. En caso de optar por el recurso potestativo de reposición, no se puede interponer el recurso contencioso-administrativo hasta</p><p> </p><p>que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.</p><p></p><p>No obstante, podrá interponerse cualquier otro que crea conveniente a su derecho.</p>","textoLeng":null,"url":"https://bop.dival.es/bop/downloads?anuncioCSV=BOPV-2026/05220&lang=es","cve":"BOPV-2026/05220","desDiarioOficial":"B.O.P. DE VALENCIA","datPublicacion":"2026-05-12"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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