{"id":1104189,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"PRINCIPADO DE ASTURIAS","nivel3":"CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"902628","fechaRecepcion":"2026-04-29","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":50000,"mrr":false,"descripcion":"SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA LA INFORMACIÓN, FORMACIÓN Y DIFUSIÓN DEL DEPORTE TRADICIONAL ASTURIANO 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento","codigo":"93"}],"regiones":[{"descripcion":"ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA LA INFORMACIÓN, FORMACIÓN Y DIFUSIÓN DEL DEPORTE TRADICIONAL ASTURIANO","urlBasesReguladoras":"https://sede.asturias.es/bopa/2017/06/19/2017-06860.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DÍA SIGUIENTE A PUBLICACIÓN EN BOPA","textFin":"20 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A PUBLICACIÓN BOPA","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":{"descripcion":"REG (UE) 2023/2831 de minimis, General","orden":null},"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1445873,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Resolucion_convocatoria.pdf","long":347830,"datMod":"2026-04-29","datPublicacion":"2026-04-29"}],"anuncios":[{"numAnuncio":210549,"titulo":"SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA LA INFORMACIÓN, FORMACIÓN Y DIFUSIÓN DEL DEPORTE TRADICIONAL ASTURIANO 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Extracto de la Resolución de 28 de abril de 2026, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones con destino a Entidades Deportivas asturianas para la información, formación y difusión del deporte tradicional asturiano durante el año 2026.</p><p>Primero.- Beneficiarios:</p><p>Entidades Deportivas Asturianas constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias, para la promoción o práctica de una modalidad deportiva tradicional asturiana durante el ejercicio 2026. Quedan excluidas las entidades deportivas que presenten los mismos proyectos por otras líneas de subvención de esta Dirección General de Actividad Física y Deporte.</p><p>Segundo.- Objeto:</p><p>Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con destino a entidades deportivas asturianas para la información, formación y difusión del deporte tradicional asturiano con el fin de dotarlos de visibilidad y así colaborar en su preservación, implantación y en la identificación de los mismos con las costumbres asturianas como una muestra más de su idiosincrasia.</p><p>Tercero.- Bases Reguladoras:</p><p>Por Resolución de la Consejería de Educación y Cultura de fecha  12 de junio de 2017 (BOPA de 19 de junio de 2017).</p><p>Cuarto.- Cuantía:</p><p>Cuantía total: 50.000 Euros. Cuantía máxima por proyecto: 12.000 Euros.</p><p>Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias</p><p>Sexto.- Otros datos de interés:</p><p>En la Sede electrónica del Principado de Asturias (https://miprincipado.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código: AYUD0191T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página), en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.</p><p>Otra información específica:</p><p>Plazo de justificación: Dos meses desde la fecha de la celebración del proyecto. En el caso de proyectos celebrados con anterioridad a la fecha de Resolución de concesión de la subvención, deberá presentarse la justificación en el plazo de un mes desde la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.</p>","textoLeng":null,"url":"https://miprincipado.asturias.es/bopa/disposiciones?p_p_id=pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb&p_p_lifecycle=0&_pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb_mvcRenderCommandName=%2Fdisposition%2Fdetail&p_r_p_dispositionText=2026-03592&p_r_p_dispositionReference=2026-03592&p_r_p_dispositionDate=07%2F05%2F2026","cve":null,"desDiarioOficial":"BOPA. B.O. DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS","datPublicacion":"2026-05-07"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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