{"id":1103994,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE CÓRDOBA","nivel3":"INSTITUTO PROVINCIAL DE BIENESTAR SOCIAL"},"sedeElectronica":"https://sede.eprinsa.es/ipbscordoba/tramites","codigoBDNS":"902433","fechaRecepcion":"2026-04-29","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":700000,"mrr":false,"descripcion":"Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades sociales para la realización de proyectos de servicios sociales 2026.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores o con discapacidad","codigo":"88.1"},{"descripcion":"Administración pública y de la política económica, social y medioambiental","codigo":"84.1"},{"descripcion":"Asistencia en establecimientos residenciales con cuidados sanitarios","codigo":"87.1"},{"descripcion":"Asistencia en establecimientos residenciales para personas mayores o con discapacidad física","codigo":"87.3"},{"descripcion":"Asistencia en establecimientos residenciales para personas que padecen una enfermedad mental o una drogodependencia o que han recibido un diagnóstico al respecto","codigo":"87.2"},{"descripcion":"Otras actividades de asistencia en establecimientos residenciales","codigo":"87.9"},{"descripcion":"Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento","codigo":"88.9"}],"regiones":[{"descripcion":"ES613 - Córdoba"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Bases Reguladoras de la Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades sociales para la realización de proyectos de servicios sociales 2026","urlBasesReguladoras":"https://sede.eprinsa.es/ipbscordoba/tablon-de-edictos","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Día siguiente publicación extracto convocatoria en BOP Córdoba","textFin":"15 días hábiles siguientes","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1445344,"descripcion":"Bases Reguladoras","nombreFic":"Bases_reguladoras_convocatoria_subvenciones_2026_entidades_sociales.pdf","long":2387236,"datMod":"2026-04-29","datPublicacion":"2026-04-29"},{"id":1445346,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Resolucion_2026_00000706_28042026_aprobacion_convocatoria_subv_2026_entidades_sociales.pdf","long":311102,"datMod":"2026-04-29","datPublicacion":"2026-04-29"}],"anuncios":[{"numAnuncio":210444,"titulo":"Extracto de la Resolución 2026/00000706, de 28 de abril de 2026 de la Sra. Presidenta del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba, por la que se aprueba la Convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva dirigida a entidades sociales para la realización de proyectos de carácter social – 2026, así como las bases que la regulan.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero.- Beneficiarios y requisitos para obtener esta condición:</p><p>Serán destinatarias de la presente Convocatoria las Entidades Sociales que estén inscritas en el Registro de Asociaciones y Fundaciones de la Junta de Andalucía, de acuerdo con el artículo 36.1 d) de la Ley de Bases de Régimen Local que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 7 de las presentes Bases desarrollen proyectos en la Provincia de Córdoba, dirigidos principalmente a la población residente en los municipios menores de 20.000 habitantes.</p><p>Segundo.- Objeto:</p><p>El objeto de las presentes Bases es la regulación de una convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Instituto Provincial de Bienestar Social para el año 2026. Las actuaciones subvencionadas irán destinadas a sufragar gastos para desarrollar todas aquellas actuaciones o proyectos dirigidos a fomentar y apoyar las manifestaciones de solidaridad y cooperación de la comunidad, impulsar y promover el asociacionismo, potenciar las asociaciones ya existentes y ofrecer cauces apropiados que favorezcan la participación de la comunidad a través de la ejecución de proyectos a realizar por las entidades sociales en la provincia de Córdoba.</p><p>Tercero.- Bases Reguladoras:</p><p>Las Bases Reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sociales de la provincia de Córdoba, para el desarrollo de los proyectos y actuaciones de carácter social objeto de esta convocatoria, se encuentran publicadas íntegramente en el Tablón de Edictos de la sede electrónica del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba: https://sede.ipbscordoba.es/ipbscordoba/tablon-de-edictos.</p><p>Cuarto.- Presupuesto y aplicación presupuestaria:</p><p>El Presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 700.000 €, realizándose las mismas con cargo a la aplicación presupuestaria 2311 48200 “Conv. Públic. Subv. Entid. Sociales Financ.</p><p>quinto.- modalidad de subvención y cuantía máxima:</p><p> Serán  proyectos subvencionables, de acuerdo con las prioridades del Instituto Provincial de Bienestar Social, los que se ajusten a los siguientes contenidos o líneas de actuación:</p><p>Los proyectos señalados con asterisco (*) tendrán carácter prioritario:</p><p>Línea 1.- Proyectos de infancia y adolescencia.</p><p>1.1.- Proyectos de apoyo socioeducativo, ocio y tiempo libre.</p><p>1.1.1.- Servicios de prevención para infancia y adolescencia en situación de vulnerabilidad y/o riesgo o conflicto social.</p><p>1.1.2.- Proyectos de acompañamiento, apoyo en la cobertura de necesidades básicas (higiene, alimentación, etc.), actividades lúdicas o respiro familiar, dirigidos a menores en situación de vulnerabilidad y/o riesgo social.</p><p>1.1.3.- (*) Proyectos dirigidos a la prevención de conductas de riesgo en consumo de sustancias tóxicas, abandono escolar, embarazos no deseados, violencia machista, adicción a nuevas tecnologías y redes sociales, etc.</p><p>1.2.- (*) Proyectos de inserción sociolaboral destinados a adolescentes entre 16 años y 18 años en situación de vulnerabilidad y/o riesgo o conflicto social, que contemplen como actuaciones prioritarias la formación básica en habilidades sociales y laborales, el acompañamiento social para el acercamiento y acceso a recursos normalizados de empleo y la formación complementaria pre–laboral.</p><p>Línea 2.- Proyectos dirigidos a familias.</p><p>2.1.- (*) Proyectos de intervención social que tengan por destinatarias familias con menores en situación de dificultad social que requieran un alojamiento temporal alternativo a la vivienda habitual, bien para la gestión de esos alojamientos o para la intervención social con familias en alojamientos ya existentes en la provincia.</p><p>2.2.- Proyectos solidarios de acogimiento familiar temporal de menores solos/as o acompañados/as que se encuentren en una situación difícil, bien por problemas de salud u otros.</p><p>2.3.- Proyectos que faciliten la conciliación de la vida familiar y laboral.</p><p>2.4.- (*) Proyectos de acompañamiento y respiro a familias con menores en situaciones de especial necesidad de cuidados.</p><p>2.5.- (*) Proyectos dirigidos a mujeres y/o unidades familiares en riesgo de exclusión social de apoyo al período de crianza.</p><p>2.6.- Proyectos dirigidos a evitar o paliar las situaciones de exclusión social de las unidades familiares en el acceso a los recursos disponibles a través de medios digitales.</p><p>Línea 3.- Proyectos dirigidos a personas mayores en riesgo o exclusión social.</p><p>3.1.- (*) Proyectos dirigidos a paliar la soledad de personas mayores, de acompañamiento organizado y planificado en el domicilio, hospital, residencia, para la resolución de tramites, acompañamiento a eventos de la provincia etc., dirigido a personas solas o con escaso apoyo familiar.</p><p>3.2.- Proyectos de fomento del voluntariado y la ayuda mutua entre personas mayores.</p><p>3.3.- Proyectos de fomento de la autonomía personal y erradicación de la exclusión social por el uso de las nuevas tecnologías.</p><p>Línea 4.- Proyectos de atención y apoyo a personas con trastornos o discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, así como a sus familiares.</p><p>4.1.- Proyecto de Agentes de Acompañamiento (figura que acompaña en procesos vitales a personas con discapacidad sin apoyo familiar o de otro tipo).</p><p>4.2.- (*) Proyectos de inserción social y laboral dirigida a personas con discapacidad en situación o riesgo de exclusión social.</p><p>4.3.- Proyectos de fomento de la autoestima y la participación social de las personas con discapacidad o diversidad funcional, mediante el asociacionismo y la creación de redes de apoyo mutuo.</p><p>4.4.- Proyectos de atención social especializada, orientación y apoyo profesional a las personas afectadas y sus familias (asesoramiento e información específica, apoyo en la gestión y tramitación de ayudas, acogida y asistencia directa a las familias cuidadoras y atención a sus necesidades, gestión de la enfermedad, recursos, acompañamiento, apoyo formativo, etc.).</p><p>4.5.- (*) Proyectos de apoyo terapéutico (terapia ocupacional y lenguaje de signos, logopedia, fisioterapia, etc.) que permitan la total autonomía, acceso a los recursos e integración social de las personas con capacidades especiales, así como el transporte necesario para acudir a las mismas.</p><p>4.6.- (*) Proyectos de contenido igual a los anteriores, referidos a personas con enfermedades consideradas como raras o poco frecuentes (aquellas cuya prevalencia está por debajo de 5 por cada 10.000 habitantes).  </p><p>4.7.- Proyectos que fomenten la autonomía y la accesibilidad en la comunicación de las personas con discapacidad.</p><p>4.8.- Organización de jornadas, conferencias, charlas y coloquios, encaminadas difundir la información necesaria para concienciar a la sociedad de la problemática de las personas más vulnerables (menores de edad, discapacidad, enfermedad mental y mayores), al objeto de mejorar su calidad de vida.</p><p> </p><p>Línea 5.- Proyectos de Atención a Personas sin Hogar o en Crisis Habitacional.</p><p>Línea 6.- Proyectos dirigidos a desarrollar medidas que faciliten el acceso a recursos básicos.</p><p>Línea 7.- (*toda la línea) Proyectos dirigidos a mejorar la calidad de vida de personas con discapacidad y/o dependencia, enfermedades discapacitantes, físicas o psíquicas y/o la de su entorno familiar.</p><p>7.1.- (*) Desarrollo de proyectos dirigidos a la realización de terapias de rehabilitación (físicas, ocupacionales, cognitivas,etc.).</p><p>7.2.- (*) Proyectos de apoyo habitacional y psicosocial para familiares y personas afectadas durante los procesos de tratamiento o intervención (tratamientos, intervenciones quirúrgicas, trasplantes, etc.).</p><p>7.3.- (*) Proyectos de atención social especializada, orientación y apoyo profesional a las personas afectadas y sus familias (asesoramiento e información específica, apoyo en la gestión y tramitación de ayudas, acogida y asistencia directa a las familias cuidadoras y atención a sus necesidades, gestión de la enfermedad, recursos, acompañamiento, apoyo formativo, etc.).</p><p>7.4.- (*) Proyectos de contenido igual a los anteriores, referidos a personas con enfermedades consideradas como raras o poco frecuentes (aquellas cuya prevalencia está por debajo de 5 por cada 10.000 habitantes).</p><p>Línea 8.- Proyectos dirigidos a la prevención, tratamiento e inserción sociolaboral de personas con algún tipo de adicción (sustancias, ludopatías, etc.).</p><p>Línea 9.- (*) Proyectos dirigidos a mujeres víctimas y supervivientes de trata.</p><p>Línea 10.- Proyectos dirigidos a la promoción, sensibilización y formación del voluntariado.</p><p>Línea 11.- Proyectos dirigidos a la mejora de infraviviendas.</p><p>Línea 12.- (*) Proyectos desarrollados en el marco de la Estrategia Regional Andaluza para la cohesión e inclusión social en las zonas desfavorecidas de municipios menores de 20.000 habitantes.</p><p>Los proyectos que no alcancen el mínimo de 50 puntos después de aplicar la valoración definida en el artículo 18 serán rechazados y la solicitud desestimada por ese motivo.</p><p>Para concederse subvención por el total (100%) de la cantidad solicitada, con el límite máximo de 12.000 € establecido en el apartado a de ese artículo, será necesario alcanzar al menos 85 puntos.</p><p>Para concederse subvención del 80% de la cantidad solicitada, con el límite máximo de 12.000 € establecido en el apartado a de ese artículo, será necesario obtener entre 70-84 puntos.</p><p>Para concederse subvención por el 70% de la cantidad solicitada, con el límite máximo de 12.000 € establecido en el apartado a. de ese artículo, deberá lograrse una puntuación comprendida entre 50-69 puntos.  </p><p>CUADRO RESUMEN</p><p>PUNTOS SUBVENCIÓN (12.000 €)</p><p>Puntos obtenidos</p><p>% concesión subvención</p><p>85-100</p><p>100%</p><p>70-84</p><p>80%</p><p>50-69</p><p>70%</p><p>1-49</p><p>0%</p><p>Quinto.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes:</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Sólo se admitirá una solicitud por Entidad Social, publicándose el texto íntegro de esta convocatoria, a efectos informativos, en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba (en adelante, toda referencia al Tablón de Edictos se entenderá hecha al de la Sede Electrónica).</p><p>La presentación de solicitudes se realizará a través del Registro electrónico del IPBS, a través de su sede electrónica, en la dirección web https://sede.eprinsa.es/ipbscordoba/tramites y se realizará a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figurará en la solicitud y anexos de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo a las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática.</p><p>Las oficinas del Instituto Provincial de Bienestar Social, sitas en C/ Buen Pastor n.º 12, prestarán asistencia para la presentación electrónica de documentos, garantizando el derecho de los interesados a ser asistidos en el uso de medios electrónicos en horario de 9:00 a 14:00 horas, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31, apartado 1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, también se habilita la dirección de correo electrónico info@ipbscordoba.es para cualquier consulta o incidencia en el uso de los medios electrónicos, las cuales serán resueltas en horario de 9:00 a 14:00 horas.</p><p>La solicitud deberá ser firmada electrónicamente por el/la representante legal de la Entidad jurídica interesada, utilizando para ello el certificado electrónico de Representante de persona jurídica, proporcionando el Registro Electrónico documento de acuse de recibo de la presentación de la misma. En caso de utilizar otro tipo de certificado electrónico que no justifique la representación deberán acreditar la misma mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, y, entre otros, a través de los indicados en el artículo 32.3 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.</p><p>Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse, con este Organismo, a través de medios electrónicos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 14.2 LPACAP, por lo que deben mantener en vigor su correspondiente certificado electrónico de persona jurídica a efectos de notificaciones electrónicas.</p><p>La limitación de tamaño de la documentación adjunta a la solicitud digitalizada en formato PDF/A, por motivos operativos, no podrá ser superior a 5 Mb por fichero.</p><p>No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en esta convocatoria, resolviéndose su inadmisión, que deberá ser notificada a los interesados en los términos previstos en el Art. 45, apartado 1.b) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p>Sexto.- Otros datos:</p><p>El abono de la subvención tendrá el carácter de prepagable, excepto en el caso de que el proyecto, actividad o inversión esté realizado, en cuyo supuesto, el pago de la subvención exigirá la previa justificación, por parte del beneficiario, de la realización del objeto de la subvención. No procederá el citado pago anticipado si el beneficiario de la subvención tiene concedido un aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de un procedimiento de reintegro de la subvención concedida con anterioridad.</p>","textoLeng":null,"url":"https://bop.dipucordoba.es/visor-pdf/04-05-2026/BOP-A-2026-1398.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE CÓRDOBA","datPublicacion":"2026-05-04"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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