{"id":1103966,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"COMUNIDAD DE MADRID","nivel3":"CONSEJERÍA DE SANIDAD"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"902405","fechaRecepcion":"2026-04-29","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1000000,"mrr":false,"descripcion":"SUBVENCIONES SALUD MENTAL INFANTO JUVENIL 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES","codigo":"R"},{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES3 - COMUNIDAD DE MADRID"}],"descripcionFinalidad":"Sanidad","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN 2054/2024, DE 21 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD","urlBasesReguladoras":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/11/25/BOCM-20241125-21.PDF","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-05-13","fechaFinSolicitud":"2026-05-26","textInicio":"DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM","textFin":"10 DÍAS HÁBILES A CONTAR DESDE EL DÍA SIGUIENTE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA BOCM","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1458050,"descripcion":"Otros documentos","nombreFic":"Otros documentos.pdf","long":91401,"datMod":"2026-05-20","datPublicacion":"2026-05-20"},{"id":1458049,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Texto Convocatoria BDNS.pdf","long":1066425,"datMod":"2026-05-20","datPublicacion":"2026-05-20"}],"anuncios":[{"numAnuncio":210424,"titulo":"Extracto de la Orden 624/2026, de fecha 20 de abril de 2026, de la Consejería de Sanidad por la que se convocan subvenciones destinadas a asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de promoción de salud mental y prevención de adicciones en población infantojuvenil de la Comunidad de Madrid.","tituloLeng":null,"texto":"<p>BDNS (Identif.): XXXXX</p><p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17</p><p>de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo</p><p>texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones</p><p>(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en página web https://www.comunidad.madrid.</p><p></p><p>Primero. Beneficiarios:</p><p>1.\tPodrán beneficiarse de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las</p><p>asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro y las asociaciones o federaciones de estas</p><p>entidades, con personalidad jurídica propia, cuyos fines constitutivos sean la promoción</p><p>de la salud y la prevención de adicciones, que organicen o tengan en marcha proyectos de</p><p>actuación con  las características contempladas en el dispongo 4 de la presente</p><p>convocatoria, y que vayan dirigidos a la población infantojuvenil de la Comunidad de</p><p>Madrid (menores de veinticinco años residentes en la Comunidad de Madrid).</p><p>Podrán solicitar estas subvenciones las entidades que reúnan los siguientes requisitos,</p><p>que deberán mantenerse hasta el momento de la justificación de los gastos realizados con</p><p>cargo al proyecto subvencionado:</p><p>a)\tTener personalidad jurídica propia, estar legalmente constituidas y constar</p><p>inscritas en un registro que le corresponda de acuerdo con su naturaleza jurídica, con al</p><p>menos dos años de antelación a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.</p><p>b)\tCarecer de fin de lucro.</p><p>c)\tTener el domicilio en la Comunidad de Madrid, lo que deberá constar en los estatutos</p><p>de la entidad.</p><p>d)\tGarantizar la democracia interna en la composición de sus órganos de gobierno,</p><p>cuando se trate de asociaciones.</p><p>e)\tEstar al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de</p><p>la Seguridad Social ante el Estado español y la Comunidad de Madrid.</p><p>f)\tNo incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas</p><p>en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.</p><p>g)\tEncontrarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.</p><p>h)\tContar con una adecuada estructura organizativa y técnica que garantice el</p><p>cumplimiento de los objetivos que pretende desarrollar.</p><p>i)\tSuscribir y tener en vigor durante todo el período de ejecución del proyecto</p><p>subvencionable, un contrato de seguro de responsabilidad civil de la entidad.</p><p>j)\tCumplir con las obligaciones que, en materia de protección de datos personales,</p><p>impone el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de</p><p>2016 y demás normativa de aplicación.</p><p>k)\tCumplir con las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales a que se</p><p>refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.</p><p>l)\tContar con la certificación correspondiente de que el personal de la entidad</p><p>(incluido el voluntario) que realice actividades que impliquen contacto habitual con</p><p>menores, no ha sido condenado en sentencia firme por algún delito contra la libertad e</p><p>indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos.</p><p>m)\tHaber justificado en tiempo y forma la subvención concedida, en su caso, en la</p><p>convocatoria anterior.</p><p>2.\tSe presentará una única solicitud por cada entidad solicitante, que incluirá un</p><p>único proyecto subvencionable.</p><p>3.\tEn el caso de asociaciones, federaciones, confederaciones o personas jurídicas</p><p>similares, no serán subvencionables los mismos proyectos que hayan sido presentados de</p><p>forma individual por alguna de las entidades que las conforman.</p><p>4.\tLas entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos deberán comprometerse a</p><p>cumplir las obligaciones recogidas en las bases reguladoras, en la convocatoria y en la</p><p>legislación vigente en materia de subvenciones.</p><p>Segundo. Finalidad:</p><p>La finalidad de las ayudas económicas es promover el desarrollo de proyectos de promoción</p><p>de salud mental y prevención de adicciones en la población infantojuvenil de la Comunidad</p><p>de Madrid, contribuyendo con ello a mejorar la salud y el bienestar emocional de este</p><p>grupo de población.</p><p>Tercero. Bases reguladoras:</p><p>Orden 2054/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban</p><p>las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las asociaciones y otras entidades</p><p>sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de promoción de la salud mental y</p><p>prevención de adicciones en población infantojuvenil de la Comunidad de Madrid, publicada</p><p>en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 281, de 22 de noviembre de 2024.</p><p>Cuarto. Cuantía:</p><p>El importe máximo que se destinará a la convocatoria de la presente subvención es de</p><p>1.000.000 euros, que se financiará con cargo a la posición presupuestaria G/313B/48099 del</p><p>presupuesto de gastos de la Consejería de Sanidad.</p><p>La cuantía de la subvención vendrá determinada por la cantidad solicitada mediante el</p><p>formulario de solicitud de esta convocatoria, con un límite máximo de 50.000 euros.</p><p>El importe máximo de la ayuda por entidad beneficiaria podrá alcanzar como máximo el 80</p><p>por ciento del coste total del proyecto.</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto</p><p>de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.</p><p>Sexto. Período subvencionable y plazo de justificación:</p><p>Las actividades subvencionables deberán desarrollarse en el período comprendido entre el 1</p><p>de enero y el 31 de diciembre de 2026, siendo el período para presentar la documentación</p><p>justificativa el comprendido entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2027.</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/12/BOCM-20260512-23.PDF","cve":null,"desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-05-12"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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