{"id":1103734,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"VILLACARRILLO","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO"},"sedeElectronica":"https://villacarrillo.sedelectronica.es/catalog/t/1f0fe1ad-c884-4c63-8d8e542a74c02b30","codigoBDNS":"902173","fechaRecepcion":"2026-04-28","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":12000,"mrr":false,"descripcion":"Bases reguladoras para la concesión de ayudas a asociaciones para año 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Otras actividades asociativas","codigo":"94.9"}],"regiones":[{"descripcion":"ES - ESPAÑA "}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Bases reguladoras para la convocatoria para la concesión de ayudas a asociaciones para año 2026","urlBasesReguladoras":"· Dirección electrónica de las bases reguladoras https://villacarrillo.sedelectronica.es/info.0","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-04-30","fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"A partir publicación de la convocatoria BOP ","textFin":"20 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1444346,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"20260428_Resolución_Decreto de Alcaldía _ Decreto de Presidencia _DECRETO 2026-0230 [Resolución de Alcaldía].pdf","long":548073,"datMod":"2026-04-28","datPublicacion":"2026-04-28"},{"id":1444339,"descripcion":"ANEXO I SOLICITUD","nombreFic":"ANEXO I Y II SOLICITUD Y DR 2026.pdf","long":279757,"datMod":"2026-04-28","datPublicacion":"2026-04-28"}],"anuncios":[{"numAnuncio":210366,"titulo":"Ayuda a Asociaciones del municipio de Villacarrillo para año 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (www.infosubvenciones.es) y en la página web del Ayuntamiento de Villacarrillo.</p><p>El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 902173.</p><p>Primero. Beneficiarios.</p><p>Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria las Asociaciones sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Villacarrillo, que no incurran en los supuestos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.</p><p>Segundo. Objeto</p><p>La convocatoria pública municipal tiene por objeto regular el procedimiento de Ayudas a Asociaciones del municipio de Villacarrillo para el año 2026 y fomentar el asociacionismo destinado al desarrollo de actividades en las siguientes áreas y materias, de acuerdo con el Plan Estratégico de Subvenciones en vigor:</p><p>- Sociales: actividades destinadas a Igualdad, voluntariado y ayuda social, personas con enfermedad o diversidad funcional y resto de ayudas sociales.</p><p>- Cultura: fomento de actividades musicales, tradicionales, arte, cine y Teatro y patrimonio histórico.</p><p>- Deportes: organización de eventos deportivos, actividades y similares que ayuden al desarrollo de estos.</p><p>- Educación: cursos y actividades formativas.</p><p>- Salubridad Pública: actividades que promuevan la salubridad pública mediante la realización de actividades que redunden en el bienestar animal.</p><p>- Participación Ciudadana: actividades directamente relacionadas con personas mayores y asociaciones vecinales y sociales.</p><p>La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.</p><p>Tercero. Bases reguladoras</p><p>Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se dictan en el marco de lo dispuesto en la Ordenanza para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Villacarrillo, aprobada por el Pleno municipal en fecha 30 de octubre de 2024, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén nº 7 con fecha 13 de enero de 2025, así como en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Villacarrillo, aprobado por la Junta de Gobierno Local de fecha 20 de marzo de 2025 y publicado el días 07 de abril de 2025.</p><p>El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, adjudicándose en función de la puntuación obtenida, con el límite establecido en el artículo 9 de estas bases, hasta el límite del crédito disponible.</p><p>Cuarto. Cuantía de la ayuda.</p><p>El importe global del crédito disponible para distribuir entre los beneficiarios de la subvención se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria e importe que se detalla a continuación:</p><p>APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 334 48</p><p>DENOMINACIÓN: Presupuesto Municipal de 2026. Ayuda a Asociaciones</p><p>CONSIGNACION DESTINADA: 12.000 €</p><p>La cuantía máxima de cada subvención no podrá exceder de 1.200 € euros, sin superar en ningún caso el 100% del coste total de la actividad subvencionada.</p><p>La cuantía individual se asignará proporcionalmente a la puntuación obtenida.</p><p>La concesión de subvenciones se realizará hasta agotar el crédito disponible en la correspondiente aplicación presupuestaria del Presupuesto General del Ayuntamiento. En caso de agotamiento del crédito asignado, no se podrán conceder nuevas subvenciones salvo que se realice una ampliación presupuestaria mediante acuerdo municipal expreso. </p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>Las solicitudes (Anexo I) se presentarán en el Registro electrónico del ayuntamiento de Villacarrillo https://villacarrillo.sedelectronica.es/catalog/t/1f0fe1ad-c884-4c63-8d8e542a74c02b30 o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.</p><p>La presentación de solicitudes fuera de plazo constituirá causa de exclusión del procedimiento de concesión de subvenciones</p><p>Sexto. Otros datos.</p><p>Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:</p><p>Certificados correspondientes de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Villacarrillo y a la Tesorería General de la Seguridad social.</p><p>Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, (Anexo II de esta convocatoria)</p><p>Certificado emitido por la entidad bancaria donde tenga abierta cuenta la asociación.</p><p>Programa detallado de las actividades a realizar y para las cuales se solicita la subvención.</p><p>Presupuesto total debidamente desglosado en el que figure el coste de las actividades propuestas y las fuentes de financiación. Para la adquisición de material deberá aportarse presupuesto detallado de las casas suministradoras.</p><p>Las solicitudes de los interesados acompañarán los documentos e informaciones determinados en la norma o convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.</p>","textoLeng":null,"url":"http://bop.dipujaen.es/validaCVE?cve=BOP-2026-1994","cve":"BOP-2026-1994","desDiarioOficial":"B.O.P. DE JAÉN","datPublicacion":"2026-04-30"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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