{"id":1103486,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"COMUNIDAD DE MADRID","nivel3":"CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"901925","fechaRecepcion":"2026-04-27","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":3332326,"mrr":false,"descripcion":"FINANCIACION FSE+ y CM - INT.LAB.PERS.RIESG.EXCL.-ITINER.ENT.S/ANIMO LUCRO","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades relacionadas con el empleo","codigo":"78"}],"regiones":[{"descripcion":"ES3 - COMUNIDAD DE MADRID"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN DE 11 DE JULIO DE 2024, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 20 DE JULIO DE 2022, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA INTEG","urlBasesReguladoras":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/07/19/BOCM-20240719-15.PDF","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-05-04","fechaFinSolicitud":"2026-05-25","textInicio":"EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA ORDEN EN EL BOCM","textFin":"15 DÍAS HÁBILES,CONTADOS DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA ORDEN EN BOCM","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[{"descripcion":"FSE+ - FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS"}],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1455035,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Texto Convocatoria BDNS  ITI_2026_Orden 23 ABRIL_anonim.pdf","long":765601,"datMod":"2026-05-14","datPublicacion":"2026-05-14"},{"id":1455036,"descripcion":"Otros documentos  BOCM-20260504-50","nombreFic":"Otros documentos  BOCM-20260504-50.pdf","long":525216,"datMod":"2026-05-14","datPublicacion":"2026-05-14"}],"anuncios":[{"numAnuncio":210238,"titulo":"EXTRACTO DE LA ORDEN DE 23 DE ABRIL DE 2026, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2026, SUBVENCIONES PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS EN RIESGO O SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL MEDIANTE ITINERARIOS DE INSERCIÓN, EN COLABORACIÓN CON ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO","tituloLeng":null,"texto":"<p>BDNS</p><p></p><p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17</p><p>de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo</p><p>texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.</p><p>(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).</p><p></p><p>Primero. Objeto y bases reguladoras.</p><p></p><p>1.\tLa presente ORDEN tiene por objeto convocar para el año 2026 las subvenciones para</p><p>favorecer la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social</p><p>mediante itinerarios personalizados de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo</p><p>de lucro.</p><p></p><p>2.\tLas bases reguladoras de la presente convocatoria se hallan contenidas en el Capítulo</p><p>I de la Orden de 20 de julio de 2022 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº</p><p>177, de 27 de julio de 2022) modificada por Orden de 11 de julio de 2024, de la Consejera</p><p>de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 171, de 19 de julio de 2024).</p><p></p><p>Segundo. Entidades beneficiarias.</p><p>Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en esta orden, las entidades jurídicas</p><p>privadas sin ánimo de lucro, con ámbito territorial de actuación en la Comunidad de</p><p>Madrid, que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos en riesgo o</p><p>situación de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con una</p><p>experiencia en este tipo de actuaciones de al menos dos años.</p><p></p><p>Tercero. Financiación</p><p></p><p>1.\tPara el cumplimiento de la finalidad prevista en esta orden de convocatoria, cuya</p><p>vigencia se extenderá al ejercicio de 2026, se destinará el crédito presupuestario con</p><p>cargo al Programa 241M-Promoción y Fomento del Empleo de los Presupuestos Generales de la</p><p>Comunidad de Madrid para 2026, subconcepto de gasto 48099, por importe de 3.332.326 euros.</p><p></p><p>2.\tLa cuantía estimada en el punto 1 de este apartado podrá incrementarse cuando</p><p>concurra alguna de las causas contempladas en el apartado 2.a) del artículo 58 del Real</p><p>Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,</p><p>de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p></p><p>La ampliación de la cuantía destinada a las subvenciones convocadas se realizará según el</p><p>procedimiento establecido en artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el</p><p>que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de</p><p>Subvenciones. En todo caso, la efectividad de la cantidad adicional quedará condicionada a</p><p>la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la</p><p>convocatoria.</p><p></p><p>3.\tEstas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del</p><p>Programa Operativo FSE+ 2021/2027, de la Comunidad de Madrid, para el año 2026.</p><p></p><p>Cuarto. Cuantía</p><p></p><p>1.\tLa cuantía de la subvención será un módulo de 1.300 euros por cada persona</p><p>participante que concluya un itinerario de inserción de 6 meses de duración. La cuantía de</p><p>la subvención se reducirá o incrementará proporcionalmente si la duración del itinerario</p><p>es menor o mayor a la indicada, sin que pueda ser inferior a 3 meses ni superior a 9</p><p>meses.</p><p></p><p>2.\tLas solicitudes se realizarán por la cuantía que resulte de multiplicar el número de</p><p>itinerarios previstos por la cuantía del módulo fijado en el apartado anterior en función</p><p>de la duración del itinerario.</p><p></p><p>Quinto. Número de itinerarios y periodo subvencionable</p><p></p><p>1.\tEl número mínimo de itinerarios por proyecto presentado será de 15 y el número máximo</p><p>de itinerarios será de 150.</p><p></p><p>2.\tEl periodo subvencionable para la ejecución de los proyectos aprobados será, como</p><p>máximo, de doce meses a contar desde la fecha que figure en la orden por la que se</p><p>resuelva la convocatoria.</p><p></p><p>Sexto. Publicidad de la convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>1.\tLa convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en forma</p><p>del presente extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que</p><p>publicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional de Publicidad de</p><p>Subvenciones.</p><p></p><p>2.\tEl plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el día</p><p>siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad</p><p>de Madrid.</p><p></p><p>Séptimo. Formularios.</p><p></p><p>Los modelos normalizados correspondientes a los formularios previstos en esta convocatoria</p><p>serán publicados en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/04/BOCM-20260504-50.PDF","cve":null,"desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-05-04"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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