{"id":1103068,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"OVIEDO","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE OVIEDO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"901507","fechaRecepcion":"2026-04-24","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":73000,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA ANUAL DE SUBVENCIONES, EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DESTINADAS A PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE INICIATIVAS SOCIALES DE INTERÉS PÚBLICO","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES","codigo":"O"}],"regiones":[{"descripcion":"ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Subvenciones para proyectos para el fomento de iniciativas sociales de interés público. Convocatoria plurianual","urlBasesReguladoras":"https://sede.oviedo.es/documents/25047/1520877/Texto+consolidado+iniciativas+soc+plurianual.pdf/3f3c61d5-d44a-4fbd-99ba-3fa1d7a0a564","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"AL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOPA","textFin":"20 DIAS HABILES DESDE LA PUBLICACION DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOPA","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1442486,"descripcion":"Certificado JGL aprobación convocatoria","nombreFic":"CERTIFICADO_ACUERDO_JGL_aprobacion_convocatoria.pdf","long":231054,"datMod":"2026-04-24","datPublicacion":"2026-04-24"},{"id":1442485,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"CONVOCATORIA_ANUAL_DE_SUBVENCIONES_2026.pdf","long":2822477,"datMod":"2026-04-24","datPublicacion":"2026-04-24"}],"anuncios":[{"numAnuncio":210038,"titulo":"Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 23 de abril de 2026, en la que se aprueba la convocatoria anual de subvenciones de concurrencia competitiva destinadas a proyectos para el fomento de iniciativas sociales de interés público de carácter anual. Convocatoria 2026. (Expte.: 4900-5501/2026/2)","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios </p><p>Podrán optar a ser beneficiarios de las subvenciones que se concedan por medio de esta convocatoria, las entidades sin ánimo de lucro, con sede social o delegación en el Concejo de Oviedo que, además de reunir los requisitos señalados en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones cumplan los establecidos en el art. 7 de la convocatoria.  </p><p>Segundo. Objeto </p><p>Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas para el desarrollo de proyectos de carácter social que por su naturaleza y volumen económico puedan desarrollarse en periodos de ejecución no superiores a un año.</p><p>En ningún caso podrán ser subvencionados:   </p><p>Proyectos que no se adecuen al objeto de la convocatoria </p><p>Actividades deportivas</p><p>Campañas y materiales de carácter partidista</p><p>Actividades que sean susceptibles de subvención por otras vías de financiación municipal. </p><p>Proyectos de Federaciones Confederaciones o agrupaciones de asociaciones, que hayan sido presentados en la misma convocatoria por asociaciones que estén integradas en dichas agrupaciones o federaciones.</p><p>Proyectos que no tengan vinculación, proyección o impacto directo sobre la población ovetense.</p><p>Proyectos que impliquen una duplicidad de las actividades o servicios que realiza el propio Ayuntamiento u otras administraciones públicas en el territorio, salvo que se consideren de carácter complementario. </p><p>Tercero. Bases reguladoras </p><p>Anexo a la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Oviedo, cuya última modificación fue publicada en el BOPA de 27 de diciembre de 2019.\t\t</p><p>Cuarto. Cuantía </p><p>La cuantía total máxima de las ayudas a conceder será de 73.000,00 €. No obstante, dicho importe podrá ser modificado, fijando una cuantía adicional máxima de 10.000,00€, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58.2 apartado a) 4º del Real Decreto 887/ 2006 de 26 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>La cuantía individualizada de cada subvención se determinará de acuerdo con los criterios establecidos en el art.13 de la Convocatoria y en función del importe solicitado, teniendo en cuenta los límites que se establecen en la Convocatoria en función de la puntación obtenida y comenzando por las entidades mejor valoradas hasta agotar el crédito presupuestario.</p><p>El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones de otros entes públicos, supere el 80% del coste del proyecto, debiendo financiarse el resto con aportaciones privadas, teniendo en cuenta que la justificación de la subvención deberá realizarse por la totalidad del gasto que supone el proyecto.</p><p>La justificación de la subvención deberá realizarse por la totalidad del gasto que supone el proyecto, en los términos que figuran en los art. 20 y 21 de esta convocatoria.</p><p>Quinto. Plazo de presentación. </p><p>20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P.A. \t\t\t</p><p>Sexto. Otros datos. </p><p>En virtud de lo dispuesto en el Art. 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Art. 42.2 d) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, las subvenciones concedidas se librarán de una sola vez con carácter previo a la justificación de las mismas, conforme a lo establecido en el procedimiento de gestión presupuestaria sin exigencia de garantía.</p>","textoLeng":null,"url":null,"cve":null,"desDiarioOficial":"BOPA. B.O. DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS","datPublicacion":"2026-05-04"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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