{"id":1102988,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"MADRID","nivel3":"DISTRITO DE MORATALAZ"},"sedeElectronica":"https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.c61bb691882ed9d32e202e2084f1a5a0/?vgnextoid=5a9d5d53be9a0210VgnVCM100000171f5a0aRCRD&vgnextchannel=5a9d5d53be9a0210VgnVCM100000171f5a0aRCRD&vgnextfmt=default","codigoBDNS":"901427","fechaRecepcion":"2026-04-24","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1700,"mrr":false,"descripcion":"Decreto de 23 de abril de 2026 del Concejal Presidente del Distrito de Moratalaz, por el que se aprueba las bases reguladoras del XXVII Certamen de Pintura Rápida de Moratalaz 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de creación artística y artes escénicas","codigo":"90"}],"regiones":[{"descripcion":"ES300 - Madrid"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP","urlBasesReguladoras":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/22/BOCM-20131122-34.PDF","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD","textFin":"HASTA EL 8 DE JUNIO DE 2026","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1449242,"descripcion":"Modificación de la convocatoria","nombreFic":"RESOLUCIÓN APROBACIÓN AJUSTE.PDF","long":156714,"datMod":"2026-05-06","datPublicacion":"2026-05-06"},{"id":1449241,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"BASES DE LA CONVOCATORIA XXVII Certamen de Pintura Rápida “Alfonso Cámara”. Moratalaz 2026.PDF","long":407352,"datMod":"2026-05-06","datPublicacion":"2026-05-06"}],"anuncios":[{"numAnuncio":211013,"titulo":"Extracto de la Decreto de 23 de abril de 2026 del Concejal Presidente del Distrito de Moratalaz, por el que se aprueba las bases reguladoras del XXVII Certamen de Pintura Rápida de Moratalaz 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios:</p><p></p><p>1ª Categoría Infantil: Hasta 11 años cumplidos</p><p>2ª Categoría Juvenil: Desde 12 años a 17 años cumplidos</p><p>3ª Categoría Adultos: A partir de 18 años</p><p></p><p>Podrán presentarse a la categoría de adultos todos los artistas de nacionalidad española y extranjera, residentes en España mayores de 18 años. Los participantes deberán tener cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del certamen. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no podrán concurrir las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en la citada disposición.</p><p></p><p>Los participantes en la categoría de adultos deberán acreditar mediante la presentación de la solicitud de inscripción, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases reguladores Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos.</p><p>En caso de no autorizar la consulta será necesario aportar la documentación.</p><p></p><p>Segundo. Objeto.</p><p>Promover e incentivar la creación artística y sus valores, ofreciendo a toda la ciudadanía la posibilidad de acercarse al arte de la pintura.</p><p></p><p>Tercero. Bases reguladoras.</p><p>Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 publicada en www.madrid.es.</p><p></p><p>Cuarto. Cuantía.</p><p>La cuantía total de los premios asciende a 1.700 euros, estableciéndose un primer premio en categoría adultos de 1.000 euros, un segundo premio en categoría adultos de 700.</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el día 8 de junio de 2026.</p><p></p><p>Sexto. Otros datos.</p><p></p><p>La solicitud se tramitará a través de la Sede Electrónica https://sede.madrid.es. Para ello, se cumplimentará el formulario de solicitud, acompañado de la documentación correspondiente, y se presentará por vía telemática, una vez completado y firmado electrónicamente por el representante legal de la entidad o agrupación, para lo cual será necesario disponer del certificado electrónico de representante de persona jurídica.</p><p></p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/13/BOCM-20260513-57.PDF","cve":"BOCM-20260513-57","desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-05-13"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}