{"id":1101570,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"CANTABRIA","nivel3":"CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"900009","fechaRecepcion":"2026-04-20","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":9600,"mrr":false,"descripcion":"Orden IND/17/2026, de 17 de abril, por la que se convoca una beca de formación práctica dirigida a postgraduados en la Dirección General de Comercio y Consumo","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO","codigo":"S"},{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES13 - CANTABRIA"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Orden IND/61/2022, de 13 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para laconcesión de becas de formación práctica dirigidas a postgraduados en la Dirección General de Comercio y Consumo.","urlBasesReguladoras":"https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=376086","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOC","textFin":"15 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORA","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1438699,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"17 Orden_Convocatoria_Becas_2026_CONSUMO.pdf","long":206092,"datMod":"2026-04-20","datPublicacion":"2026-04-20"},{"id":1438702,"descripcion":"DECLARACIÓN RESPONSABLE","nombreFic":"17 ANEXO_II_Declaracion_Responsable.pdf","long":412604,"datMod":"2026-04-20","datPublicacion":"2026-04-20"},{"id":1438700,"descripcion":"SOLICITUD","nombreFic":"17 ANEXO_I_Solicitud.pdf","long":516041,"datMod":"2026-04-20","datPublicacion":"2026-04-20"}],"anuncios":[{"numAnuncio":209456,"titulo":"Extracto de la Orden IND/17/2026, de 17 de abril, por la que se convoca una beca de formación práctica dirigida a postgraduados en la Dirección General de Comercio y Consumo.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Objeto. </p><p>Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, una beca destinada a postgraduados para la formación y especialización práctica en la Dirección General de Comercio y Consumo realizando actividades, trabajos y estudios de formación y especialización práctica en los sectores de actividad propios de esta Dirección General. </p><p>Segundo. Campo de especialización.</p><p>Grupo I: área defensa de los consumidores y usuarios, funcionamiento de la Junta Arbitral de consumo, para titulados universitarios, graduados, cuyas enseñanzas hayan tenido una duración mínima de 4 años en Derecho: 1 beca</p><p>Serán cometidos del becario, bajo la dirección técnica de un tutor:</p><p>a)    Colaborar en actividades, trabajos y estudios de formación y especialización práctica en las tareas que desarrolla la Dirección General de Comercio y Consumo.</p><p>b)    La colaboración en acciones de asistencia a la dirección.</p><p>c)    Preparar documentación sobre temas específicos.</p><p>d)    Prestar cuantas otras funciones le sean encomendadas.</p><p>Tercero. Requisitos de los beneficiarios. </p><p>a) Poseer plena capacidad de obrar y ser residente legal en España en el momento de iniciar el disfrute de la beca.</p><p>b) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario. </p><p>c) Poseer una titulación de las exigidas para cada uno de los grupos indicados en el resuelvo segundo de esta orden.</p><p>En cualquier caso, se requerirá que no hayan transcurrido más de 3 años desde la expedición del título o, en su caso, desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición, hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. </p><p>Los títulos obtenidos en el extranjero deberán estar homologados o reconocidos oficialmente, así como tener plena validez en España. </p><p>d) Los solicitantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar un nivel B2, o superior, de castellano. </p><p>e)  No haber sido beneficiario de ninguna otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años. </p><p>Podrán acceder a la condición de beneficiario aquellas personas que hayan disfrutado de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria hasta completar el plazo máximo de dos años legalmente establecido.</p><p>f)  No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.</p><p>Cuarto. Bases reguladoras.</p><p>Orden IND/61/2022, de 13 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria de 26 de septiembre de 2022.</p><p>Quinto.- Cuantía.</p><p>La dotación de las becas será de ochocientos euros (800,00 €) brutos mensuales.</p><p>Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes. </p><p>Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria </p>","textoLeng":null,"url":"https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=434507","cve":"CVE-2026-3327","desDiarioOficial":"BOC. B.O. DE CANTABRIA","datPublicacion":"2026-04-28"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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