{"id":1101274,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"ARAGÓN","nivel3":"DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"899713","fechaRecepcion":"2026-04-17","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1900000,"mrr":false,"descripcion":"ORDEN AGA/696/2026, de 30 de abril, por la que se convocan subvenciones en materia de cooperación para el medio ambiente a grupos de cooperación en el ámbito de la sanidad vegetal y la gestión integrada de plagas, en el marco del PEPAC 2023-2027 para 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA","codigo":"A"}],"regiones":[{"descripcion":"ES24 - ARAGON"}],"descripcionFinalidad":"Agricultura, Pesca y Alimentación","descripcionBasesReguladoras":"Orden AGA/259/2026, de 6 de febrero, por la que se aprueban bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación para el medio ambiente a grupos de cooperación en el ámbito de la sanidad vegetal y la gestión integrada de plagas, PEPAC 2023-2027","urlBasesReguladoras":"https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1436872250202","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"El día siguiente de la publicación de la Orden en el BOA","textFin":"15 días hábiles después publicación oficial","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[{"descripcion":"FEADER - FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL "}],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1511773,"descripcion":"Orden modificación métodos biotecnológicos","nombreFic":"BOA AGA 1238_2026 Orden Modificación feromonas.pdf","long":176507,"datMod":"2026-08-21","datPublicacion":"2026-08-21"},{"id":1455279,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Orden BOA.pdf","long":439947,"datMod":"2026-05-15","datPublicacion":"2026-05-15"}],"anuncios":[{"numAnuncio":218922,"titulo":"EXTRACTO de la ORDEN AGA/XXX/2026, de 5 de agosto, por la que se modifica la Orden AGA/696/2026, de 30 de abril, por la que se convocan subvenciones en materia de cooperación para el medio ambiente a grupos de cooperación en el ámbito de la sanidad vegetal y la gestión integrada de plagas, en el marco del Plan Estratégico Nacional de la PAC, PEPAC 2023-2027, para el año 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero.- Cuantía de la subvención.</p><p>El procedimiento de concesión de las subvenciones a que se refiere esta orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva ordinaria regulada en el artículo 16.2 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, y siempre de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.</p><p>Las subvenciones previstas en esta orden estarán cofinanciadas, en los términos previstos, por el FEADER y la Administración de la Comunidad Autónoma. La cuantía total máxima estimada para esta convocatoria es de 1.900.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 14030/G/7161/770131/12204 PEP 2025/000237 (817.000 €) financiada por el FEADER y a la partida presupuestaria 14030/G/7161/770131/91001 PEP 2025/000237 (1.083.000 €) financiada por la Comunidad Autónoma.</p><p>Segundo.- Presentación de solicitudes.</p><p>5.         El plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones para la aplicación de técnicas de confusión sexual en el ámbito de la lucha contra Lobesia botrana en viña, y de la captura masiva o la atracción y muerte de adultos de Bactrocera oleae en olivar será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta orden en el “Boletín Oficial de Aragón”.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1463160790707","cve":null,"desDiarioOficial":"BOA. B.O. DE ARAGÓN","datPublicacion":"2026-08-21"},{"numAnuncio":210696,"titulo":"EXTRACTO de la ORDEN AGA/…./2026, de 30 de abril, por la que se convocan subvenciones en materia de cooperación para el medio ambiente a grupos de cooperación en el ámbito de la sanidad vegetal y la gestión integrada de plagas, en el marco del Plan Estratégico Nacional de la PAC, PEPAC 2023-2027, para el año 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero.- Entidades beneficiarias.</p><p>De conformidad con el artículo 10 de la Orden AGA/259/2026, de 6 de febrero, podrán ser beneficiarios de las subvenciones:</p><p>1.   Los grupos de cooperación que se constituyan con personalidad jurídica propia.</p><p>2. Cuando el grupo de cooperación carezca de personalidad jurídica, podrán ser beneficiarios los miembros del grupo siempre que tengan personalidad jurídica, se refleje en el documento vinculante su condición de beneficiarios y reúnan las siguientes condiciones: ser una agrupación o asociación de productores con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón, que tengan acreditada y oficialmente reconocida ante la autoridad competente su actividad en fines relacionados con la sanidad vegetal y la gestión integrada de plagas y que dispongan de personal con la cualificación necesaria.</p><p>3.  Los beneficiarios deberán cumplir las demás exigencias previstas en el artículo 10 de la Orden AGA/259/2026, de 6 de febrero.</p><p>Segundo.- Objeto.</p><p>Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones para la cooperación para el medio ambiente el ámbito de la sanidad vegetal y la gestión integrada de plagas, para el año 2026 en la Comunidad Autónoma de Aragón, amparadas por la intervención 7165 del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027 (en adelante PEPAC).</p><p>Tercero.- Bases reguladoras.</p><p>Orden AGA/259/2026, de 6 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación para el medio ambiente a grupos de cooperación en el ámbito de la sanidad vegetal y la gestión integrada de plagas, en el marco del Plan Estratégico Nacional de la PAC para el periodo 2023-2027.</p><p>Cuarto.- Cuantía de la subvención.</p><p>El procedimiento de concesión de las subvenciones a que se refiere esta orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva ordinaria regulada en el artículo 16.2 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, y siempre de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.</p><p>Las subvenciones previstas en esta orden estarán cofinanciadas, en los términos previstos, por el FEADER y la Administración de la Comunidad Autónoma. La cuantía total máxima estimada para esta convocatoria es de 950.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 14030/G/7161/770131/12204 PEP 2025/000237 (408.500 €) financiada por el FEADER y a la partida presupuestaria 14030/G/7161/770131/91001 PEP 2025/000237 (541.500 €) financiada por la Comunidad Autónoma.</p><p>Quinto.- Presentación de solicitudes.</p><p>5.         El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día de la publicación de esta Orden en el “Boletín Oficial de Aragón” y finalizará el 29 de mayo de 2026.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1447765800606","cve":null,"desDiarioOficial":"BOA. B.O. DE ARAGÓN","datPublicacion":"2026-05-15"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}