{"id":1101132,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CARTAGENA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"899571","fechaRecepcion":"2026-04-17","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":18000,"mrr":false,"descripcion":"JUV  CONVOCATORIA DE BECAS DE COMPENSACIÓN 2026 PARA JOVENES TUTORIZADOS DEL ESPACIO JOVEN DE LA CONCEJALIA DE JUVENTUD","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades auxiliares a la educación","codigo":"85.6"}],"regiones":[{"descripcion":"ES62 - REGION DE MURCIA"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"LEY 38/2003 DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES Y LAS BASES DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL 2026","urlBasesReguladoras":"https:/www.boe.es/buscar/pdf/2003/BOE-A-2003-20977-consolidado.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL BORM","textFin":"HASTA VEINTE DIAS NATURALES DESPUES DE SU PUBLICACION","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1439776,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"C12.JUVENTUD.CONVOCATORIA BECAS COMPENSACION 2026 - SEFYCU 4134008.pdf","long":364950,"datMod":"2026-04-21","datPublicacion":"2026-04-21"}],"anuncios":[{"numAnuncio":209214,"titulo":"EXTRACTO DEL ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 18 DE MARZO POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE BECAS DE COMEPENSACION PARA JOVENES TUTORIZADOS DEL ESPACIO JOVEN DE LA CONCEJALIA DE JUVENTUD","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede  consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. </p><p>Podrá consultarse toda la información referente a las bases y convocatoria de las presentes becas en el siguiente enlace: Becas, Ayudas Subvenciones y Concursos del portal municipal</p><p></p><p>OBJETO</p><p></p><p>Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de las Becas de Compensación del Espacio Joven, destinadas a apoyar económicamente a personas jóvenes participantes en el Programa de Tutorización del Espacio Joven de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Cartagena, con la finalidad de favorecer la continuidad y finalización de procesos educativos, formativos o de cualificación profesional, así como la mejora de su empleabilidad.</p><p></p><p>Las subvenciones tendrán carácter finalista, personal e intransferible, debiendo destinarse exclusivamente a la finalidad y conceptos para los que hayan sido concedidas.</p><p></p><p>Procedimiento de concesión</p><p>El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en estas bases, hasta el agotamiento del crédito disponible.</p><p></p><p>Actuaciones subvencionables y gastos elegibles</p><p>Serán actuaciones subvencionables aquellas dirigidas a la obtención o mantenimiento de titulaciones educativas, formativas o de cualificación profesional, así como acciones orientadas a la mejora de la empleabilidad de las personas jóvenes.</p><p>Tendrán la consideración de gastos subvencionables, siempre que estén directamente relacionados con la actuación subvencionada y se realicen dentro del periodo establecido en la convocatoria, los siguientes:</p><p></p><p>a) Tasas y matrículas de centros educativos públicos o privados.</p><p>b) Costes de cursos de formación.</p><p>c) Gastos de material didáctico, hasta un importe máximo de 200 euros.</p><p>d) Gastos de transporte vinculados a la actividad formativa, hasta un importe máximo de 500 euros.</p><p></p><p> Convocatorias y plazo de presentación</p><p>Se establece una única convocatoria anual, pudiendo presentar solicitud todas aquellas personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el punto 4 de las presentes bases, vayan a realizar o estén realizando, entre el 01/09/2025 y el 31/08/2026, alguna de las acciones objeto de la convocatoria.</p><p>Las solicitudes de beca podrán presentarse a partir del día siguiente de la publicación de las presentes Bases en el Tablón Municipal, hasta el 05 de septiembre de 2026.</p><p></p><p>PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS. </p><p></p><p>Podrán obtener la condición de personas beneficiarias de estas ayudas las personas jóvenes con edades comprendidas entre los 16 y los 35 años que se encuentren incluidas en el Programa de Tutorización del Espacio Joven y que residan en el municipio de Cartagena.</p><p>Las personas solicitantes deberán cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:</p><p></p><p>    • Estar empadronadas en el municipio de Cartagena con una antigüedad mínima e ininterrumpida de tres meses.</p><p>    • Encontrarse en situación de necesidad socioeconómica que justifique la concesión de la beca como recurso idóneo y adecuado, circunstancia que deberá acreditarse mediante informe técnico emitido por el Espacio Joven.</p><p>    • Que los ingresos mensuales de la unidad familiar de convivencia sean inferiores a los límites establecidos en los criterios de valoración recogidos en la base séptima.</p><p>    • No haber percibido, ningún miembro de la unidad familiar, ayudas económicas municipales para la misma finalidad, salvo en supuestos excepcionales de necesidad sobrevenida debidamente acreditados mediante informe de los Servicios Sociales Municipales.</p><p>    • No disponer de otras ayudas, subvenciones o recursos económicos, propios o procedentes de otras Administraciones Públicas, que cubran total o parcialmente la finalidad para la que se solicita la beca, salvo que, previa valoración técnica, se considere necesaria su complementariedad.</p><p>    • Aceptar y cumplir las pautas y compromisos establecidos en el Programa de Tutorización del Espacio Joven.</p><p></p><p>5.- MODO DE PRESENTACIÓN</p><p></p><p>El procedimiento se iniciará siempre a solicitud de la persona interesada, conforme a lo dispuesto en la convocatoria anual.</p><p>El plazo de presentación será el que se determine en la convocatoria anual, computándose a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Tablón Municipal o medio que legalmente proceda.</p><p></p><p>La documentación exigida en la convocatoria deberá presentarse de manera telemática a través del trámite Juventud - Becas, Ayudas, Subvenciones y Concursos. En el texto del contenido de la instancia deberá indicarse:</p><p></p><p>    • Becas de Compensación 2026.</p><p>    • Finalidad de la beca solicitada, con indicación de los gastos subvencionables necesarios.</p><p>    • Importe final solicitado.</p><p></p><p>Documentación general a presentar: </p><p></p><p>    a) Fotocopia de DNI/NIE del solicitante. </p><p>    b) Fotocopia del carnet de familia numerosa, si es el caso, de la unidad familiar del solicitante. </p><p>    c) Fotocopia de la última Declaración de la Renta y del Patrimonio de la unidad familiar. En el caso de no tener obligación de presentarla se aportará la procedente certificación. En el caso de pensionistas, justificante de la pensión o pensiones de las que sean titulares los miembros de la unidad familiar. </p><p>    d) Para las personas desempleadas, certificado del SEF acreditativo de su situación de desempleo y percepción o no de prestación económica relativa a los miembros adultos de la unidad familiar. </p><p>    e) Certificado de la entidad bancaria de disponer de cuenta abierta a nombre del solicitante. </p><p>    f) Declaración jurada de otros ingresos recibidos por la unidad familiar, si los hubiere. </p><p>    g) Certificado del expediente académico del solicitante en los 2 últimos cursos realizados, en su caso. </p><p>    h) Resguardo de la matrícula de los estudios que cursa el solicitante, en su caso. </p><p>    i) Presupuesto detallado del material didáctico, que necesite para realizar los estudios, si se solicitaran estos conceptos de beca. </p><p></p><p>CRITERIOS DE VALORACIÓN</p><p></p><p>La concesión de las ayudas se realizará de acuerdo con los criterios objetivos de valoración que se detallan a continuación, hasta un máximo de 16 puntos:</p><p></p><p>    a) Ingresos económicos de la unidad familiar de convivencia (hasta un máximo de 4 puntos). A los efectos de estas bases, se entiende por unidad familiar la formada por una o varias personas que convivan en el mismo domicilio y estén unidas por vínculo matrimonial, relación análoga de afectividad o parentesco hasta el segundo grado.</p><p>    b) La puntuación se determinará en función del número de miembros de la unidad familiar y del nivel de ingresos, calculados conforme al Salario Mínimo Interprofesional vigente, mensual y prorrateado</p><p></p><p>    c) Condición de familia numerosa (hasta un máximo de 1 punto).</p><p>        ¿ Categoría general: 0,5 puntos.</p><p>        ¿ Categoría especial: 1 punto.</p><p>    d) Evolución del expediente académico de la persona solicitante en los dos últimos cursos realizados, cuando resulte aplicable (hasta un máximo de 3 puntos).</p><p>        ¿ Calificación media de suficiente (5): 1,5 puntos.</p><p>        ¿ Calificación media de bien (6): 2 puntos.</p><p>        ¿ Calificación media de notable (7 u 8): 2,5 puntos.</p><p>        ¿ Calificación media de sobresaliente (9 o 10): 3 puntos.</p><p>    e) Informe técnico del Espacio Joven relativo a la situación personal, social y educativa de la persona solicitante y a la idoneidad de la beca como instrumento de apoyo (hasta un máximo de 5 puntos).</p><p>    f) Informe técnico de los Servicios Sociales Municipales, cuando proceda, relativo a la situación socioeconómica y de vulnerabilidad de la persona solicitante o de su unidad familiar (hasta un máximo de 3 puntos).</p><p></p><p>La puntuación total obtenida determinará el orden de prelación de las solicitudes y la cuantía individual de la subvención, de conformidad con lo establecido en la base décima.</p><p>En caso de empate en la puntuación total, se priorizarán las solicitudes que obtengan mayor puntuación en el criterio relativo a los ingresos de la unidad familiar. De persistir el empate, se atenderá al orden de presentación de las solicitudes.</p><p></p><p>COMISIÓN DE VALORACIÓN Y PROPUESTA DE RESOLUCIÓN</p><p></p><p>La instrucción del procedimiento corresponderá al personal técnico del Espacio Joven. Se constituirá una Comisión de Valoración encargado de evaluar las solicitudes y formular propuesta de resolución, integrada por:</p><p></p><p>    • Presidencia: Jefatura del Programa de Juventud, o persona en quien delegue.</p><p>    • Vocalías: Responsable del Espacio Joven y personal técnico de los Servicios Sociales Municipales.</p><p>    • Secretaría: Personal técnico del Espacio Joven, con voz y sin voto.</p><p></p><p>CUANTÍA Y PAGO</p><p></p><p>La cuantía individual de la ayuda se determinará en función de la puntuación obtenida conforme a los criterios de valoración establecidos en la base séptima y de acuerdo con los porcentajes siguientes:</p><p></p><p>    • Entre 16 y 12,5 puntos:\t75 % de la cantidad solicitada</p><p>    • Entre 12 y 8,5 puntos:\t50 % de la cantidad solicitada</p><p>    • Entre 8 y 4,5 puntos:\t25 % de la cantidad solicitada</p><p>    • Entre 4 y 0 puntos:\t\t0 % de la cantidad solicitada</p><p></p><p>El abono de la ayuda se realizará directamente a la persona beneficiaria, o representante legal, mediante transferencia bancaria y en un único pago, una vez dictada la resolución de concesión. En ningún caso se admitirá el pago a terceros distintos de la persona beneficiaria. La tramitación de la gestión de los pagos se efectuará por procediendo ordinario, a través de la Tesorería General de la Corporación.</p><p></p><p>JUSTIFICACIÓN, CONTROL Y REINTEGRO</p><p></p><p>Las personas beneficiarias estarán obligadas a justificar la correcta aplicación de los fondos percibidos mediante la presentación de la documentación acreditativa de los gastos realizados, en los términos y plazos que se establezcan en la convocatoria, así como a someterse a las actuaciones de comprobación y control que resulten de aplicación, conforme a la normativa general de subvenciones. El incumplimiento de las condiciones dará lugar, en su caso, al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/1745/pdf","cve":"A-210426-1745","desDiarioOficial":"BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA","datPublicacion":"2026-04-21"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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