{"id":1100447,"organo":{"nivel1":"ESTADO","nivel2":"MINISTERIO DEL INTERIOR","nivel3":"DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO"},"sedeElectronica":"https://sede.dgt.gob.es/es/otros-tramites/tramites-para-empresas/solicitud-de-subvenciones/","codigoBDNS":"898886","fechaRecepcion":"2026-04-14","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":550000,"mrr":false,"descripcion":"Resolución de la Dirección General de Tráfico que publica la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos a desarrollar por entidades cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o representación de víctimas de tráfico","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"}],"regiones":[{"descripcion":"ES - ESPAÑA "}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Orden INT/202/2018, de 28 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a programas a desarrollar por entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o repr","urlBasesReguladoras":"https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-2951","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Al día siguiente de la publicación del extracto en el B.O.E.","textFin":"20 días desde el día siguiente de la publicación del extracto en el BOE","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1435387,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"report_Resolución convocatoria subvenciones entidades victimas 2026.pdf","long":615162,"datMod":"2026-04-14","datPublicacion":"2026-04-14"}],"anuncios":[{"numAnuncio":208967,"titulo":"Extracto de la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Dirección General de Tráfico, por la que se publica la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos a desarrollar por entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes de tráfico.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios.</p><p>Podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objetivo institucional primordial sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de accidentes de tráfico, y que reúnan, además, los requisitos que se detallan en el artículo 3º de las bases reguladoras.</p><p>Tendrán igualmente la consideración de beneficiarios los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero.</p><p>También podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica que reúnan los requisitos establecidos en el primer párrafo de este apartado.</p><p>Segundo. Objeto.</p><p> </p><p>Las subvenciones se destinarán a financiar la realización de proyectos dirigidos a la población general o a colectivos de riesgo específico, cuyo objetivo sea la prevención de accidentes de tráfico o la reducción de sus consecuencias, primándose aquellos que se alineen con los ámbitos prioritarios de actuación que, a tal fin, se fijen por la Dirección General de Tráfico en cada convocatoria.</p><p>Se financiarán, también, proyectos de atención directa a las víctimas de accidentes de tráfico que incluyan acciones orientadas a minimizar el impacto de los accidentes tanto en el ámbito de la salud física y mental, como en los ámbitos de la orientación jurídica y la reinserción sociolaboral. Se excluirán de financiación todos los servicios telefónicos, telemáticos o presenciales cuyo objeto sea la información inmediata, orientación o derivación en materias psicológicas, sociales, médicas no clínicas o jurídicas, cuando estos servicios sean equivalentes a los ofrecidos por el número nacional de atención a víctimas de siniestros de tráfico, 018. Solo serán financiables las actuaciones especializadas que no dupliquen la función del número 018, tales como intervenciones profesionales individuales o grupales, terapias, asesoramientos técnicos, procesos de acompañamiento a víctimas, visitas hospitalarias y/o domiciliarias, entre otras.</p><p>Tercero. Bases reguladoras.</p><p>Las bases reguladoras de esta convocatoria se recogen en la Orden INT/202/2018, de 28 de febrero, (B.O.E. de 2 de marzo), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a programas a desarrollar por entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes de tráfico y de sus familiares.</p><p>Cuarto. Cuantía.</p><p>El total de la cuantía destinada a estas ayudas es de 550.000 euros. La cuantía individual asignada a cada beneficiario se establecerá en relación directa con el coste estimado y la puntuación que la comisión de valoración otorgue a los proyectos presentados.</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.</p><p>Sexto. Otros datos.</p><p>A la solicitud de subvención deberá acompañarse una memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante, una memoria con la descripción y estimación económica de cada uno de los proyectos para las que se solicita ayuda, así como la documentación adicional que se relaciona en la disposición 5ª, apartado cuarto, de la resolución de convocatoria.</p><p>Como máximo podrán presentarse cinco proyectos por solicitante, con un límite de 50.000 € de previsión de gastos para cada uno de ellos, siendo la cuantía máxima a otorgar por proyecto de 30.000 €.</p>","textoLeng":null,"url":"http://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?acc=Verificar&c=BOE-B-2026-11880","cve":"BOE-B-2026-11880","desDiarioOficial":"BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO","datPublicacion":"2026-04-17"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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