{"id":1100309,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"LA RIOJA","nivel3":"AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"898748","fechaRecepcion":"2026-04-14","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concesión directa - canónica","presupuestoTotal":20000,"mrr":false,"descripcion":"CHP Cheque Innov.Micro Proyectos (Reg.MinimisP 717/2014)","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"GRAN EMPRESA"},{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"INDUSTRIA MANUFACTURERA","codigo":"C"}],"regiones":[{"descripcion":"ES230 - La Rioja"}],"descripcionFinalidad":"Investigación, desarrollo e innovación","descripcionBasesReguladoras":"Programa Cheque de Innovación","urlBasesReguladoras":"https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=31371278-1-PDF-564372-X","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":"2026-12-11","textInicio":"Desde apertura de convocatoria","textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":{"descripcion":"REG (UE) 717/2014 de minimis, Pesca y acuicultura","orden":null},"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1435045,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"2026_CONV_CHP_Cheque_Micro-Proyectos_resol_20260414.pdf","long":401348,"datMod":"2026-04-14","datPublicacion":"2026-04-14"}],"anuncios":[{"numAnuncio":208790,"titulo":"Resolución de 14 de abril de 2026 de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2026 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial Programa Cheque de Innovación Micro-Proyectos-CHP- en régimen de concesión directa (extracto).","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio)</p><p>Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las empresas personas físicas o jurídicas de dimensión Pyme y gran empresa, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.a) de la Orden reguladora.</p><p> </p><p>Serán además de aplicación, los requisitos y obligaciones para ser beneficiario, contemplados en los artículos 9 y 10 de la Orden reguladora.</p><p> </p><p>Quedan excluidas de la presente convocatoria:</p><p> </p><p>Asociaciones, federaciones, confederaciones, agrupaciones empresariales, sindicatos, colegios profesionales, entidades deportivas, consorcios, universidades, y entidades del sector público.</p><p>Las sociedades civiles, excepto las Sociedades Agrarias de Transformación.</p><p>Las comunidades de bienes.</p><p>Las empresas del sector de la producción agrícola primaria (agricultura y ganadería), salvo que también desarrollen actividades de transformación y/o comercialización al por mayor de los productos obtenidos.</p><p>Las empresas cuya actividad principal esté encuadrada en los C.N.A.E. 47. (Comercio al por menor) y C.N.A.E. 95. (Reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas).</p><p> </p><p>Segundo. Objeto:</p><p> </p><p>a) Serán subvencionables la realización de los siguientes Cheques, según se describe en el apartado primero, punto 2.a), de la convocatoria, cuyo objeto y condiciones particulares se describen en el Anexo I de la misma:</p><p> </p><p>a.1. Cheques (Pruebas de concepto – Proyectos de I+D+i)</p><p>a.2. Cheques (Diseño de producto)</p><p> </p><p>En ambos casos, podrán subvencionarse los gastos de consultoría experta externa y los costes de personal dedicado al proyecto en concepto de sueldos y salarios y Seguridad Social a cargo de la empresa.</p><p> </p><p>Tercero. Requisitos y condiciones generales.</p><p> </p><p>El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 5.000 euros.</p><p> </p><p>Sólo se admitirá una solicitud por beneficiario. Cada solicitud de Cheque incluirá solamente una única actuación.</p><p> </p><p>Las propuestas deberán de plantear novedad para la empresa, donde ésta de un salto cualitativo respecto a la situación de inicio, según lo descrito en el apartado primero, punto 2.b.2) de la convocatoria.</p><p> </p><p>Para la presente convocatoria se establece un tipo fijo de subvención del 50%, sometido al régimen de minimis, con los siguientes límites de gasto subvencionable por actuación:</p><p> </p><p>- 60.000 euros para los Cheques (Pruebas de concepto – Proyectos de I+D+i).</p><p>- 30.000 euros para los Cheques (Diseño de producto).                           </p><p> </p><p>Dentro de los límites anteriores y para cada uno de los tipos de gasto previstos, el importe de gasto máximo subvencionable de la consultoría experta externa no superará los 14.500 euros, y en el caso de los costes de personal no superará los 45.500 euros para los cheques Pruebas de concepto - Proyectos de I+D+i, y los 15.500 euros para los cheques Diseño de producto.</p><p> </p><p>Serán subvencionables los costes correspondientes realizados desde el 13 de diciembre de 2025, incluido.</p><p> </p><p>La modalidad de participación será individual.</p><p> </p><p>Cuarto.  Bases reguladoras: Orden EIE/69/2024, de 27 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial \"Programa Cheque de Innovación\", en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja nº ­­192, de 2 de octubre de 2024).</p><p> </p><p>Quinto.  Cuantía: Importe del crédito disponible: 800.000 euros.     </p><p> </p><p>Sexto.  Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, a las 9:00 horas.</p><p> </p><p>El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 11 de diciembre de 2026, a las 14.00 horas.</p><p> </p><p>Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.</p><p> </p><p>Séptimo. Tramitación telemática de los expedientes de subvenciones (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (B.O.R nº 29/2017, de 10 de marzo).</p><p> </p><p>- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.</p><p> </p><p>Octavo. Otros datos de interés:</p><p> </p><p>- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja www.ader.es.</p><p> </p><p>- Procedimiento de concesión. - La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.</p>","textoLeng":null,"url":"https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=39929287-1-PDF-576594","cve":null,"desDiarioOficial":"BOR. B.O. DE LA RIOJA","datPublicacion":"2026-04-17"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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