{"id":1099783,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE PALENCIA","nivel3":"DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA"},"sedeElectronica":"https://sede.diputaciondepalencia.es/ ","codigoBDNS":"898222","fechaRecepcion":"2026-04-13","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":65000,"mrr":false,"descripcion":"Convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Palencia para apertura de Oficinas Municipales de Turismo y Puntos de Información Turística","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales","codigo":"91"},{"descripcion":"Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento","codigo":"93"}],"regiones":[{"descripcion":"ES414 - Palencia"}],"descripcionFinalidad":"Comercio, Turismo y Pymes","descripcionBasesReguladoras":"Ordenanza General para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Palencia","urlBasesReguladoras":"https://www.diputaciondepalencia.es/system/files/publicacion-pdf/20160530/ordenanza_general_subvenciones_mayo_2014.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DÍA SIGUIENTE AL DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP","textFin":"QUINCE DÍAS HÁBILES A CONTAR DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN BOP","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1433583,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Decreto aprobación bases apertura oficinas de turismo.pdf","long":970668,"datMod":"2026-04-13","datPublicacion":"2026-04-13"}],"anuncios":[{"numAnuncio":216100,"titulo":"Extracto del Decreto de 1 de julio de 2026 de la Presidenta de la Diputación Provincial de Palencia, por el que se aprueba la ampliación de la cuantía inicial de la Convocatoria de Subvenciones destinadas a Ayuntamientos de la provincia de Palencia para Apertura de Oficinas Municipales de Turismo y Puntos de Información Turística.","tituloLeng":null,"texto":"<p>AMPLIACIÓN DE LA CUANTÍA INICIAL DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA APERTURA DE OFICINAS MUNICIPALES DE TURISMO Y PUNTOS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA 2026. BDNS: 898222.</p><p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/898222 y en la página web de la Diputación Provincial de Palencia (https://www.diputaciondepalencia.es).</p><p>La Sra. Presidenta de la Diputación Provincial de Palencia ha dictado con fecha 1 de julio de 2026 la siguiente resolución.</p><p>Por Decreto de esta Presidencia, de fecha 10 de abril de 2026 (BOP núm. 45, de fecha 15 de abril de 2026), se aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Palencia para “Apertura de Oficinas Municipales de Turismo y Puntos de información Turística” 2026.</p><p> </p><p>El apartado 2 de dicha resolución contempla la posibilidad de asignar una cuantía adicional de crédito, con un máximo de 20.000,00 euros, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requiere de nueva convocatoria, de acuerdo con las reglas previstas en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p> </p><p>A la vista del Informe de Intervención en el que se pone de manifiesto la existencia de crédito disponible en cantidad suficiente para ampliar la cuantía de los fondos destinados a la financiación de la convocatoria indicada,</p><p>RESUELVO:</p><p>PRIMERO. - Ampliar la cuantía inicial de 65.000,00 € de los fondos destinados a la financiación de la precitada convocatoria en 10.500,00 euros, quedando fijada la cuantía total en 75.500,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 53.43202.46204.114.</p><p>SEGUNDO. - Dar publicidad a la ampliación de fondos de la cuantía total de la convocatoria, sin que ello implique la apertura de nuevo plazo para la presentación de solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.</p>","textoLeng":null,"url":null,"cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE PALENCIA","datPublicacion":"2026-07-03"},{"numAnuncio":208576,"titulo":"Extracto del Decreto de fecha 10 de abril de 2026 de la Presidenta de la Diputación Provincial de Palencia, por el que se convocan subvenciones destinadas a Ayuntamientos de la Provincia de Palencia para Apertura de Oficinas Municipales de Turismo y Puntos de Información Turística","tituloLeng":null,"texto":"<p>CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA APERTURA DE OFICINAS MUNICIPALES DE TURISMO Y PUNTOS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA.</p><p> </p><p>Primero.- Beneficiarios.-</p><p>Ayuntamientos de municipios de la provincia de Palencia con una población inferior a 20.000 habitantes que gestionen Oficinas Municipales de Turismo y Puntos de Información Turística o en cuya localidad se ubique un punto de información turística.</p><p> </p><p>Segundo.- Objeto.-</p><p>Colaborar económicamente con la Red Provincial de Puntos de Información Turística, en la financiación del gasto corriente –gastos de personal, y funcionamiento– derivado de la apertura de Oficinas Municipales de Turismo y Puntos de Información Turística ubicados en su localidad, siendo obligatoria la apertura del punto de información el fin de semana, es decir, sábado y domingo.</p><p> </p><p>Tercero.- Actuaciones subvencionables.-</p><p>-Retribuciones o remuneraciones del personal de atención al público de la oficina de turismo o punto de información turística.</p><p>-Cuotas correspondientes a la Seguridad Social relativas a la contratación del personal de atención al público de la oficina de turismo o punto de información turística.</p><p>-Gastos de funcionamiento (tales como electricidad, teléfono, conexión a Internet o similares), así como otros gastos imprescindibles para la prestación del servicio de atención al público.</p><p>-Los Ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones previstas en estas bases podrán presentar como justificación de las mismas las subvenciones concedidas a los CITs, asociaciones y entidades turísticas sin ánimo de lucro para colaborar en la apertura de puntos de información turística o en su caso, las facturas emitidas por dichas entidades en concepto de prestación del servicio de información turística contratado por el Ayuntamiento.</p><p> </p><p>Cuarto.- Cuantía.-</p><p>El crédito total para esta convocatoria es de 65.000,00 €. El importe de la subvención será el indicado en las bases. </p><p> </p><p>Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.-</p><p>El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado, domingo o festivo.</p><p> </p><p>Sexto.-</p><p>Los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Palencia (https://sede.diputaciondepalencia.es).</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.diputaciondepalencia.es/system/files/bop/2026/20260415-bop-45-Ordinario.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE PALENCIA","datPublicacion":"2026-04-15"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}