{"id":1099580,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"ALCÁZAR DE SAN JUAN","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN"},"sedeElectronica":"https://sede.alcazardesanjuan.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_HOME","codigoBDNS":"898019","fechaRecepcion":"2026-04-10","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":10500,"mrr":false,"descripcion":"BASES PARA LA VI CONVOCATORIA PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE TRANSFORMACIÓN DE PATIOS ESCOLARES EN CENTROS EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA E INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES","codigo":"R"},{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES422 - Ciudad Real"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Bases Ejecución del Presupuesto","urlBasesReguladoras":"https://alcazardesanjuan.es/","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"El día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P. de Ciudad Real","textFin":"20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el B.O.P. de Ciudad Real","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1432760,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"BASES CONVOCATORIA PATIOS ESCOLARES 2026.pdf","long":1337694,"datMod":"2026-04-10","datPublicacion":"2026-04-10"},{"id":1432758,"descripcion":"Anexo II. Memoria explicativa","nombreFic":"ANEXOII. MEMORIA EXPLICATIVA.pdf","long":180515,"datMod":"2026-04-10","datPublicacion":"2026-04-10"},{"id":1432752,"descripcion":"Anexo I. Solicitud","nombreFic":"ANEXO I. SOLICITUD.pdf","long":398865,"datMod":"2026-04-10","datPublicacion":"2026-04-10"}],"anuncios":[{"numAnuncio":208457,"titulo":"Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local de 24/03/2026 de aprobación de Bases para el desarrollo de Proyectos de Transformación de patios escolares en centros educativos de Ed. Infantil y Primaria e Institutos de Ed. Secundaria","tituloLeng":null,"texto":"<p>PRIMERA: OBJETO.</p><p>La finalidad de la presente convocatoria es la de financiar el desarrollo de proyectos encaminados a dinamizar y transformar los patios escolares en espacios inclusivos para el aprendizaje, el juego y el movimiento, para la construcción de relaciones y experiencias de calidad basadas en la igualdad y el respeto a la diversidad (cultura, étnica, etaria, funcional, etc) y adaptados a las necesidades e intereses del alumnado.</p><p>SEGUNDA: CUANTÍA DE LA DOTACIÓN ECONÓMICA A LOS PROYECTOS SELECCIONADOS Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO.</p><p>1. El gasto que implica esta convocatoria asciende a un total de 10.500 euros, con cargo a la anualidad de 2026, en la partida presupuestaria 323/63201.</p><p>2. La cuantía máxima que se financiará de cada proyecto seleccionado podrá alcanzar el cien por cien de los gastos presentados hasta un máximo de 5.000 euros.</p><p>3. Si una vez adjudicadas las cantidades correspondientes a cada proyecto seleccionado, el total adjudicado no alcanzara el presupuesto asignado, se procederá a aumentar el máximo subvencionable por proyecto hasta la adjudicación del total del presupuesto asignado a esta convocatoria.</p><p>Si se superase el presupuesto destinado a la presente convocatoria, se procederá al prorrateo entre los proyectos seleccionados.</p><p>TERCERA: PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.</p><p>La concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.</p><p>CUARTA: BENEFICIARIOS.</p><p>Pueden participar en esta convocatoria los centros educativos de Alcázar de San Juan que impartan enseñanzas de Educación Infantil y Primaria y Educación Secundaria.</p><p>Los solicitantes deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con este Ayuntamiento.</p><p>QUINTA: SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.</p><p>Los centros interesados deberán presentar la solicitud que figura como ANEXO I de la presente convocatoria, acompañada de la siguiente documentación:</p><p>Una memoria del proyecto que se presenta para participar en esta convocatoria según el modelo que figura como ANEXO II.</p><p>SEXTA: PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.</p><p>Las solicitudes para la obtención de las ayudas para la financiación de los proyectos objeto de esta convocatoria se presentarán junto con la documentación indicada en la Base anterior en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página Web del Ayuntamiento.</p><p>Las solicitudes se presentarán de forma telemática según el modelo que figurará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.</p><p>SÉPTIMA: SUBSANACIÓN DE DEFECTOS.</p><p>La comprobación de que la solicitud reúne los requisitos exigidos en esta convocatoria y de que se aporta la documentación a que se refiere la base Quinta competerá al órgano instructor –Jefa de Servicio de Servicios Sociales-, que podrá requerir la subsanación de conformidad con el artículo 23.5 de la Ley General de Subvenciones.</p><p>OCTAVA: CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES.</p><p>1. La selección de los proyectos se realizará en base a los criterios que se establecen a continuación y con la ponderación que en cada caso se determina:</p><p>a) Calidad técnica del diseño y compromiso de desarrollo. Hasta 40 puntos.</p><p>    1) Justificación de la actividad propuesta que identifica y describe la situación sobre la que pretende incidir. Hasta 9 puntos.</p><p>    2) Objetivos concretos y en relación con el objeto de la convocatoria. Hasta 9 puntos.</p><p>    3) Descripción de las diversas fases del desarrollo de la actividad. Hasta 10 puntos.</p><p>    4) Propuesta de evaluación de la actividad. Hasta 4 puntos.</p><p>    5) Compromiso a desarrollar el proyecto presentado independientemente de la ayuda concedida. Hasta 8 puntos</p><p> </p><p>b) Coordinación con organizaciones o agrupaciones tanto del propio centro como del municipio confirmando su implicación en el proyecto. Hasta 15 puntos.</p><p>    1) Alumnado/Infancia. Hasta 6 puntos.</p><p>    2) Ampa. Hasta 6 puntos.</p><p>    3) Asociaciones culturales, deportivas u otras. Hasta 3 puntos.</p><p>c) Número de personas destinatarias de la actuación en relación al alumnado total del centro. Hasta 10 puntos.</p><p>    1) 0-50%. 5 puntos.</p><p>    2) 50-100%. 10 puntos.</p><p>d) Incorporación en los programas formativos del centro de contenidos transversales en relación con la actividad física y la reducción del sedentarismo (conductas saludables, sostenibles y seguras). Hasta 10 puntos.</p><p>e) Atención especial a las desigualdades (socioeconómicas, de género, origen, funcionales u otras). Hasta 15 puntos.</p><p>    1) Colegio con más de un 20% de alumnado de otras nacionalidades: 5 puntos.</p><p>    2) Proyecto centrado en la implicación y aumento de la actividad física en niñas: 5 puntos.</p><p>    3) Proyecto centrado en la implicación y aumento de la actividad física en alumnado con diversidad funcional u otras: 5 puntos.</p><p>f) Participación del alumnado en el proyecto. Hasta 6 puntos.</p><p>    1) En la fase de diseño del proyecto. 2 puntos.</p><p>    2) En la fase de implantación del proyecto. 2 puntos.</p><p>    3) En la fase de evaluación del proyecto. 2 puntos.</p><p>g) En la convocatoria para el desarrollo de proyectos de transformación de patios escolares en centros educativos de educación infantil, primaria y secundaria del año 2025 el centro educativo presento proyecto sin obtener financiación. 4 puntos.</p><p>2. Únicamente podrán ser financiados aquellos proyectos que obtengan en el criterio a) como mínimo 15 puntos y una puntuación mínima total de 50 puntos.</p><p>NOVENA: COMISIÓN DE VALORACIÓN.</p><p>1. Las funciones de valorar las solicitudes, determinar las cuantías que el Ayuntamiento aportará a cada proyecto y proponer su concesión, las realizará una Comisión de Valoración.</p><p>2. La Comisión de Valoración estará compuesta por el/la Concejal/a de Educación que actuará como Presidente/a, un/a técnico de parques y jardines, un/a técnico de infancia, un/a técnico de servicios técnicos, un/a técnico del Centro de la Mujer y un/a técnico de educación que además desempeñará las funciones de secretaría del órgano.</p><p>3. El procedimiento de valoración de solicitudes y determinación de cuantías es el siguiente:</p><p>    a) A cada solicitud presentada en tiempo y forma se le asignará una puntuación conforme a los criterios y ponderaciones establecidos en el apartado CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES, punto 1.</p><p>    b) Las solicitudes que obtengan las puntuaciones mínimas establecidas en el apartado CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES, punto 2,  se ordenarán de mayor a menor en función de la puntuación obtenida.</p><p>    c) La determinación de la cuantía individual se realizará atendiendo a ese orden, teniendo en cuenta los límites previstos en el apartado CUANTÍA DE LA DOTACIÓN ECONÓMICA A LOS PROYECTOS SELECCIONADOS.</p><p>DÉCIMA: RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.</p><p>Una vez determinadas las cuantías, a la vista de la propuesta de la Comisión de Valoración, el órgano instructor formulará propuesta de resolución provisional que deberá especificar, respecto a cada propuesta individual, los proyectos seleccionados y no seleccionados.</p><p>La propuesta de resolución provisional se publicará en el tablón de anuncios y edictos electrónicos de la sede electrónica del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días hábiles para que los interesados puedan formular alegaciones.</p><p>Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.</p><p>La resolución de la presente convocatoria corresponderá a la Junta de Gobierno Local, previa fiscalización de la Intervención de Fondos.</p><p>El plazo máximo para la resolución y notificación será de tres meses desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes.</p><p>La notificación de la resolución se realizará a cada uno de los beneficiarios de las ayudas, en la forma establecida en la Ley 39/2015, sin perjuicio de la publicación en el tablón de edictos y página web municipal.</p><p>DÉCIMOPRIMERA: JUSTIFICACIÓN Y ABONO DE LAS CUANTÍA CONCEDIDAS.</p><p>1. Los proyectos seleccionados deberán presentar, por sede electrónica del Ayuntamiento, los presupuestos definitivos por el importe de la dotación económica concedida, en los 30 días siguientes a la fecha de comunicación de la resolución.</p><p>2. Las cuantías concedidas no se ingresarán directamente a las entidades solicitantes. La tramitación derivada de la propuesta y autorización del gasto para la adquisición de suministro, obra y/o servicio y para la facturación de la misma se realizará por el Ayuntamiento por el importe concedido para el desarrollo del proyecto presentado.</p><p>DÉCIMOSEGUNDA: PÉRDIDA DEL DERECHO A LA DOTACIÓN ECONÓMICA ASIGNADA.</p><p>Como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la dotación económica asignada, las siguientes circunstancias podrán dar lugar a la pérdida del derecho a la misma:</p><p>Según lo referido en la base Décimoprimera punto 1, la no presentación de los presupuestos definitivos por el importe de la dotación económica concedida en los 30 días siguientes a la fecha de comunicación de la resolución.</p><p>La no correspondencia de los gastos subvencionables indicados en la memoria explicativa del proyecto según el Anexo I de la convocatoria presentada en la solicitud con los presupuestos definitivos presentados tras la comunicación de la resolución. </p><p>DÉCIMOTERCERA: INFRACCIONES Y SANCIONES</p><p>Las personas que perciban subvenciones con cargo a esta convocatoria se someten al régimen de infracciones y sanciones tipificadas en el título IV de la Ley General de Subvenciones. Las sanciones se impondrán sin perjuicio de la obligación de reintegro.</p><p>DÉCIMOCUARTA: PROTECCION DE DATOS</p><p>Los datos facilitados por las personas solicitantes pasarán a formar parte de un fichero propiedad del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan con el objetivo de gestionar y resolver la concesión de la ayuda, de conformidad con lo expuesto en esta convocatoria.</p><p>Las personas solicitantes pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de sus datos, de conformidad con lo dispuesto en la LOPD, dirigiéndose por escrito al Ayuntamiento de Alcázar de San Juan. Calle Santo Domingo, 1.</p><p>DÉCIMOQUINTA: NORMATIVA SUPLETORIA</p><p>En lo no previsto en estas Bases se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; Bases de Ejecución del Presupuesto General de este Ayuntamiento para el ejercicio 2026 y demás normativa complementaria.</p>","textoLeng":null,"url":"https://se1.dipucr.es:4443/SIGEM_BuscadorDocsWeb/getDocument.do?entidad=005&doc=7484077","cve":"j/W2LuPfkDEsEW7H5Dsi","desDiarioOficial":"B.O.P. DE CIUDAD REAL","datPublicacion":"2026-04-13"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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