{"id":1078550,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"ARAGÓN","nivel3":"INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM)"},"sedeElectronica":"https://www. aragon.es/tramitador/- /tramite/programa-emprendedores-autonomos","codigoBDNS":"876989","fechaRecepcion":"2025-12-22","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":3425000,"mrr":false,"descripcion":"Convocatoria 2026 subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES","codigo":"O"},{"descripcion":"ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO","codigo":"S"},{"descripcion":"ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS","codigo":"J"},{"descripcion":"ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO","codigo":"U"},{"descripcion":"ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS","codigo":"L"},{"descripcion":"ACTIVIDADES INMOBILIARIAS","codigo":"M"},{"descripcion":"ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS","codigo":"N"},{"descripcion":"ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES","codigo":"R"},{"descripcion":"ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA","codigo":"P"},{"descripcion":"AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA","codigo":"A"},{"descripcion":"COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR","codigo":"G"},{"descripcion":"CONSTRUCCIÓN","codigo":"F"},{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"},{"descripcion":"HOSTELERÍA","codigo":"I"},{"descripcion":"INDUSTRIA MANUFACTURERA","codigo":"C"},{"descripcion":"INDUSTRIAS EXTRACTIVAS","codigo":"B"},{"descripcion":"ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES","codigo":"V"},{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"},{"descripcion":"SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN","codigo":"E"},{"descripcion":"SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO","codigo":"D"},{"descripcion":"TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN","codigo":"K"},{"descripcion":"TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO","codigo":"H"}],"regiones":[{"descripcion":"ES24 - ARAGON"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN EMC/1253/2025, de 12 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.","urlBasesReguladoras":"https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1413260340404","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"A partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. ","textFin":"30/10/2025","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[{"descripcion":"FSE+ - FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS"}],"reglamento":{"descripcion":"REG (UE) 2023/2831 de minimis, General","orden":null},"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1375973,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"CSVYO4PFZ05IG1B0XFIL Orden Convocatoria anticipada TAU 2026- FIRMA CONSEJERA.pdf","long":1012202,"datMod":"2025-12-22","datPublicacion":"2025-12-22"}],"anuncios":[{"numAnuncio":200102,"titulo":"Extracto de la Orden por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones reguladas en la Orden EMC/1253/2025, de 12 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Personas beneficiarias.</p><p> </p><p>1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta Orden aquellas personas físicas que, cumpliendo los requisitos previstos específicamente en la Orden EMC/1253/2025, de 12 de septiembre, para cada modalidad de subvención y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:</p><p> </p><p>a) Que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.</p><p>b) Que se incorporen al negocio familiar como personas autónomas colaboradoras.</p><p>c) Que estén incluidas en el régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y hayan disfrutado de la reducción prevista el apartado 1 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, a contar desde la fecha de efectos del alta, durante los doce meses naturales completos siguientes, siempre que el centro de trabajo o domicilio fiscal, en caso de carecer de aquél, esté ubicado en una localidad o núcleo de población aragonés.</p><p>d) Que formen parte, en su calidad de personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.</p><p> </p><p> </p><p>2. Se entenderá que las personas beneficiarias ejercen la actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón cuando su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Colegio Profesional correspondiente y en el Impuesto de Actividades Económicas se encuentre en el ámbito territorial de Aragón. Cuando la actividad emprendida careciese de centro de trabajo, la localidad donde radique el domicilio fiscal de la actividad deberá coincidir con la de empadronamiento de la persona solicitante.</p><p> </p><p>Segundo. Objeto.</p><p>La finalidad de estas subvenciones es apoyar el autoempleo y el emprendimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, fomentando para ello el establecimiento de personas desempleadas como personas trabajadoras autónomas, favoreciendo el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica y promoviendo el relevo generacional y la inserción laboral de familiares colaboradores.</p><p> </p><p>Tercero. Bases reguladoras.</p><p>Las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones se establecen en la Orden EMC/1253/2025, de 12 de septiembre, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo (“Boletín Oficial de Aragón”, número 189, de 30 de septiembre de 2025).</p><p> </p><p>https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1413260340404</p><p> </p><p>Cuarto. Cuantía.</p><p>1. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria están incluidas dentro del Programa FSE+ Aragón 2021-2027 y, por tanto, están financiadas en un 60% por fondos propios del Gobierno de Aragón y en un 40% por el Fondo Social Europeo Plus, de conformidad con lo establecido en los artículos 108.2.c) y 112.3.e) del RDC. Asimismo, el presente programa de fomento de empleo autónomo cuenta con financiación de fondos de empleo de ámbito estatal, transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.</p><p> </p><p>2. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a un millón ochocientos mil euros (1.800.000 €). Del importe total, 200.000 euros serán financiados con fondos de empleo de ámbito estatal y, el resto, que asciende a un total de 1.600.000 euros, será financiado en un 60% por fondos propios del Gobierno de Aragón y en un 40% por el Fondo Social Europeo Plus. Las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias denominadas “Programa de fomento de empleo de autónomos” del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo correspondiente al ejercicio 2026:</p><p> </p><p>Aplicación presupuestaria: G/51016/3221/470039/11202                                                                     </p><p>Crédito: 640.000 €</p><p> </p><p>Aplicación presupuestaria: G/51016/3221/470039/91001     </p><p>Crédito: 960.000€</p><p> </p><p>Aplicación presupuestaria: G/51016/3221/470039/33005                                                                     </p><p>Crédito: 200.000 €</p><p> </p><p>Quinto. Plazos de solicitud.</p><p>1. Los plazos para la presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones son los siguientes:</p><p>                a) Para la subvención al establecimiento como persona trabajadora autónoma, la subvención para el fomento del relevo generacional y la subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de personas trabajadoras autónomas colaboradoras: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.</p><p>                b) Para la subvención Cuota Cero: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se cumpla el periodo de los doce primeros meses naturales completos de disfrute de la reducción a contar desde la fecha de efectos del alta.</p><p>                c) Para la subvención por la contratación de la primera persona trabajadora por cuenta ajena por parte de una persona trabajadora autónoma: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el alta en la Seguridad Social de la persona contratada.</p><p>                d) Para la subvención financiera: en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del préstamo si éste se formalizase con posterioridad al inicio de actividad. Por el contrario, si el préstamo se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad, el plazo de seis meses se computará desde dicho inicio. En todo caso, tanto los gastos como los pagos de la inversión deben estar realizados en la fecha de solicitud.</p><p>                2. En aquellos supuestos subvencionables que, encontrándose dentro del ámbito temporal de la presente convocatoria previsto en el apartado quinto de esta orden, se hubieren producido con anterioridad a la publicación de la misma, el plazo de un mes para la presentación de solicitudes a los que se refieren las letras a), b) y c) del apartado anterior se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.</p><p>                3. Para la subvención financiera, en aquellos casos en los que el vencimiento del plazo de seis meses al que se refiere la letra d) del apartado primero quedase comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y la fecha de publicación de esta orden, el plazo de solicitud será de un mes a partir del día siguiente a dicha fecha.</p><p> </p><p>Sexto. Otros datos</p><p>1. Las solicitudes de subvenciones se dirigirán a la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, presentándose a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en la dirección electrónica: : https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/programa-emprendedores-autonomos o incluyendo en el buscador el trámite “Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo”.</p><p> </p><p>2. El uso del modelo de solicitud es obligatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1429630590404","cve":null,"desDiarioOficial":"BOA. B.O. DE ARAGÓN","datPublicacion":"2026-01-07"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}