{"id":1068087,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"LA RIOJA","nivel3":"CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"866526","fechaRecepcion":"2025-11-04","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concesión directa - canónica","presupuestoTotal":2282998,"mrr":false,"descripcion":"BECAS COMPLEMENTARIAS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS FUERA DE LA C.A.R. CURSO 2025/2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO","codigo":"S"},{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES230 - La Rioja"}],"descripcionFinalidad":"Educación","descripcionBasesReguladoras":"Regula el procedimiento de concesion de becas complementarias para la realizacion de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autonoma de La Rioja","urlBasesReguladoras":"https://web.larioja.org/bor-portada/boranuncio?n=anu-539760","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"El dia siguiente a su publicacion en el BOR","textFin":"A los veinte dias habiles desde el dia siguiente de su publicacion en BOR","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1348065,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"BORr_135.pdf","long":305262,"datMod":"2025-11-04","datPublicacion":"2025-11-05"}],"anuncios":[{"numAnuncio":197138,"titulo":"Resolución 80/2025, de 30 de octubre, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2025/2026 (extracto)","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Convocatoria.</p><p>Se convocan becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso 2025/2026.</p><p>Segundo. Beneficiarios.</p><p>Estudiantes que se encuentren realizando estudios presenciales universitarios oficiales de Grado o de Máster Universitario habilitante para profesión regulada, en un centro o universidad española ubicado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.</p><p>Quedan excluidos del ámbito de aplicación de estas becas los supuestos previstos en el artículo 4 de la Orden DEA/39/2021, de 23 de junio.</p><p>Tercero. Objeto.</p><p>Financiación parcial de gastos corrientes derivados de la realización de enseñanzas presenciales que conduzcan a la obtención de un título universitario oficial de Grado o de Máster Universitario habilitante para profesión regulada, para aquellos estudiantes que, cumpliendo los requisitos establecidos en la Orden DEA/39/2021, de 23 de junio, se encuentren matriculados en un centro o universidad española, ubicado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Asimismo, formarán parte del objeto los estudios recogidos en la disposición adicional primera de la mencionada orden.</p><p>Cuarto. Bases reguladoras.</p><p>Orden DEA/39/2021, de 23 de junio (Boletín Oficial de La Rioja del 29 de junio), de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se regula el procedimiento de concesión de becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja.</p><p>Quinto. Cuantía total de la subvención.</p><p>2.282.998,00 euros, cantidad que se imputará a la partida presupuestaria 0800.3225.48000 correspondiente al ejercicio presupuestario del año 2026. En el supuesto en el que el crédito presupuestario que resulte aprobado en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026 fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, la Viceconsejería de Educación, Universidades y Formación Profesional podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria. Asimismo, la concesión de esta subvención queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la concesión. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>Sexto. Presentación de solicitudes.</p><p>La presentación de la solicitud deberá ser firmada electrónicamente por el solicitante.</p><p>Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.</p><p>Octavo. Otros datos de interés.</p><p>- Solicitud: se realizará mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=08207).</p><p>- Documentación: la prevista en el apartado décimo de la convocatoria.</p><p>- Requisitos de concesión: los previstos en los apartados tercero, cuarto, quinto y sexto de la convocatoria.</p><p>- Forma de pago: conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Orden DEA/39/2021, de 23 de junio.</p><p>- Justificación: mediante la presentación del resguardo de haber satisfecho el importe de la matrícula del curso 2025/2026.</p>","textoLeng":null,"url":"https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=37323532-1-PDF-572969","cve":null,"desDiarioOficial":"BOR. B.O. 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